kuv
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Mira, derrepente no es bueno hablar cuando no se tiene idea. El delito de secuestro no prescribe, es por eso que con Ley de Amnistía y todo, que se dictó en un contexto de transición a un régimen democrático desde una dictadura, los jueces pudieron perseguir a quienes cometieron los asesinatos. Lo hicieron porque era la única herramienta para perseguir a los que cometieron asesinatos. No veo por qué la consideras una ficción jurídica si es un delito estableciso en el Código Penal desde el siglo XIX. En segundo lugar le informo que cuando existen delitos de lesa humanidad estos son imprescriptibles, en virtud de los tratados internacionales que están vigentes en Chile (que, le informo, tienen igual valor que la Constitución). Por eso que la ley de amnistía se dejó sin efecto, para perseguir a los agentes del Estado que sistemáticamente asesinó a cientos de personas. Tu pensamiento es tan ridículo como si justo antes de la segunda guerra mundial se hubiera firmado una Ley de Amnistía por los crímenes de lesa humanidad. Comprendes lo hueón de esto?
No entiendo por qué repites lo de cosa juzgada. La cosa juzgada en materia penal implica que a una persona no se la puede condenar (o enjuiciar) dos veces por un mismo hecho. Cada asesinato de miembros de la oposición es un hecho distinto, un delito de asesinato distinto. Si aparecen nombres nuevos en las listas que la justicia ordenó entregar, entonces no hay infracción a este principio.
¿De qué sirve ahora? Al parecer para ti no sirve de nada, lo que es aceptable, pero para la familia que no supo en 40 años qué pasó con su ser querido asesinado o quién cometió el crimen, creeme, que importa una vida.
Heee... es ficción porque no hay nadie secuestrado en la actualidad, difícilmente podría estar alguien secuestrado 40 años.
Claro, crímenes de lesa-humanidad, sin embargo, Chile nunca suscribió el tratado de imprescriptibilidad de 1968, tan solo dictó una ley en ese sentido en 2009, y como supongo sabrás, la ley no se aplica retroactivamente, menos la ley penal en donde prima el principio pro-reo. Además, tu ejemplo burdo de la segunda guerra mundial me da la razón a mi , ¿por qué algunos delitos son de lesa humanidad y otros no?, ¿las bombas atómicas no fueron crímenes de lesa humanidad?. Eso tiene claramente un trasfondo político.
Y la cosa juzgada es porque la mayoría de los militares que estuvieron implicados en delitos ya habían sido juzgados anterirmente por Tribunales militares o civiles, pero después los jueces han reabierto y resucitado los casos como han querido.
La cuestión es que a la hora de juzgar a los militares la justicia se la pasan por la raja, ¿bueno o malo eso?, cada cual tendrá su opinión.