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Legalidad de letrero "No Estacionar"

ntro2

Berto, Down, me cagaron con los puntos y el tazón
Registrado
2009/07/09
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4.829
Hola, un amigo me hizo esta consulta y no supe que responderle así que lo consulto acá ya que tiene que ver con la ley de tránsito, él tiene un local comercial y al lado está la entrada de su vehículo particular, quiere poner un letrero en esa entrada que diga "No estacionar, excepto clientes" para mantener ese espacio libre para que su clientela estacione mientras compra, si el letrero dijera sólo "No estacionar" no hay problema porque es salida de auto y la ley de tránsito prohíbe estacionar en ellas, pero la frase "excepto clientes" me merece dudas porque no se si será legal hacer eso, ¿qué opinan?
 
Consulta en la municipalidad. En algunas zonas ponen letreros para demarcar en caso de estacionamientos especiales, como a funcionarios de ciertos edificios. A lo mejor en forma privada tambien se puede
 
Me sumo a la pregunta... Hay alguien más para llamar, que o sean los pacos culiaos, cuando hay un weón estacionado en tu salida de vehículos?... Por que los pacos no están ni ahí y ni van.
 
Según se, la Ley de tránsito dice que uno no puede estacionar en un portón, así como no estar sobre las lineas amarillas en los cruces, etc.

Sobre clientes, ahí me cagaste
 
Si la municipalidad aceptó que ese local pusiera un letrero en el que se detalla que solo se permite estacionar a clientes, entonces está bien. Para salir de dudas llama a tu municipalidad y hazle la consulta respectiva nombrando el local donde está ese cartelito, si el dueño del local no fué autorizado le van a pasar una multa :troll:
 
Si la municipalidad aceptó que ese local pusiera un letrero en el que se detalla que solo se permite estacionar a clientes, entonces está bien. Para salir de dudas llama a tu municipalidad y hazle la consulta respectiva nombrando el local donde está ese cartelito, si el dueño del local no fué autorizado le van a pasar una multa :troll:
Las municipalidades son las que dan autorización para eso. Ahí se debe consultar.
 
buena pregunta, y me sumo a la duda
 
gracias, voy a decirle que consulte en la muni.
 
Me sumo a la pregunta... Hay alguien más para llamar, que o sean los pacos culiaos, cuando hay un weón estacionado en tu salida de vehículos?... Por que los pacos no están ni ahí y ni van.


la ley de transito prohibe estacionarse en las salidas de vehiculos, si encontray un weon atravezado en el ingreso a tu casa, solo debes llamar a los verdes y le dejaran su partecito piola en el parabrisa.


Ahora, mientras no aparezca el "no estacionar" o el letrero "reservado a xxxxx desde 8:00 a 18:00 hrs", o salga individualizadas otras patentes, y no sea salida de autos, puedes estacionarte.

Ojo que todos esos letreros reservados, le pagan a la municipalidad anualmente este derecho y es una paja de tramite.
 
la ley de transito prohibe estacionarse en las salidas de vehiculos, si encontray un weon atravezado en el ingreso a tu casa, solo debes llamar a los verdes y le dejaran su partecito piola en el parabrisa.


Ahora, mientras no aparezca el "no estacionar" o el letrero "reservado a xxxxx desde 8:00 a 18:00 hrs", o salga individualizadas otras patentes, y no sea salida de autos, puedes estacionarte.

Ojo que todos esos letreros reservados, le pagan a la municipalidad anualmente este derecho y es una paja de tramite.

Weón o no sabes leer o tu comprensión lectora es como el hoyo...

Me sumo a la pregunta... Hay alguien más para llamar, que no sean los pacos culiaos, cuando hay un weón estacionado en tu salida de vehículos?... Por que los pacos no están ni ahí y ni van.

Los pacos no van a poner partes por mal estacionamiento por que los llames, a no ser que estén muy aburridos, o que anden justo por ahí o que sean conocidos tuyos... Los que generalmente poner estos partes son los inspectores municipales, pero no hay como chucha ubicarlos para que saquen los partes y los weones se aburran de estacionar en la entrada de vehículos.

Saludos.
 
Es el art. 160 de la ley de tránsito , sin embargo , el criterio de Carabineros es multar cuando la persona afectada en la entrada y salida de vehículos los llama y les solicita multar a quien infringe la ley.

Es muy interesante porque si bien la ley llama a multar sin hacer distinciones , es muy difícil que Carabineros multe al propietario del portón, cuando este estorba en su propia salida. Tanto Carabineros e inspectores municipales están facultados para eso y te digo .. la regla general es que sin queja . en estos casos, no multan y es por eso que tu amigo cree que puede.
 
no se puede solo porque quieres, pero existen de esos "permisos especiales" que se pagan en la muni y puedes "reservar" estacionamientos. Es una paja pero si se puede para evitar que el inspector municipal te tenga de casero.
 
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