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Suprema reitera que funcionarios públicos pueden recurrir a la justicia

de la jara

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Suprema contradice a Tribunal Constitucional y vuelve a señalar que funcionarios públicos pueden recurrir a la justicia

Máxima instancia judicial ordenó a Municipio a pagar remuneraciones a trabajadora a contrata desvinculada. Pronunciamiento es opuesto a lo manifestado por el TC.

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La discusión en torno a los funcionarios públicos pueden recurrir a la justicia por temas laborales volvió a instalarse sobre la mesa en los últimos días.Si hace unos meses hizo noticia el Tribunal Constitucional por emitir un fallo que dejó sin tutela laboral a los citados trabajadores, lo cual significa -a juicio de la entidad- que no pueden recurrir a instancias judiciales por despidos arbitrarios, discriminación, violación a la libertad de expresión, entre otras causas, debido a que no se regulan bajo las reglas del Código del Trabajo.Ahora, en fallo unánime la Suprema acogió un recurso de unificación de jurisprudencia y ordenó a la Municipalidad de Valparaíso a pagar las remuneraciones a una trabajadora a contrata desvinculada, "por haberse vulnerado su derecho a no ser discriminada con ocasión de la cesación de sus servicios a contrata", dice el fallo. Replicando una postura que la Suprema ha señalado desde 2014.El fallo en cuestión, generó debate al interior de los abogados del sector."No comparto el pronunciamiento de la Corte Suprema. En esta materia, el Código del Trabajo es tremendamente claro al señalar que sus normas no se aplican a los funcionarios de la Administración del Estado, sea centralizada o descentralizada, ni al Congreso Nacional ni al Poder Judicial. Más allá del fondo del asunto, la ley es imperativa en este punto, y para estimar jurídicamente viable lo que señala la Corte Suprema se requiere una modificación legal al Código del Trabajo. No hay competencia, a mi juicio, de los tribunales laborales para conocer de este tipo de asuntos", planteó Jaime Salinas, director del área laboral en Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría.

Una opinión en la misma línea entregó Luis Lizama, director del Departamento de Derecho del Trabajo de la Universidad de Chile, quien agregó que "este fallo lo que hace es ratificar que estamos ante un conflicto sin solución, porque no hay en el sistema jurídico chileno un órgano competente para resolver esta contienda que se presenta. Ambos con las mismas reglas llegan a conclusiones distintas".Para Salinas existe una forzada interpretación de normas "sobre la base de una supuesta indefensión de los funcionarios públicos que no es tal, al tener éstos la vía del recurso de protección, la nulidad de derecho público y las reclamación directa ante la Contraloría".A juicio del abogado, lo más complejo del caso, es el impacto en la certeza jurídica que pueden generar las visibles opiniones contrarias entre el TC y la Suprema. "Es pésimo para la certeza jurídica, que debe primar en un estado de derecho, el hecho que exista esta contraposición de opiniones a nivel de este tipo de autoridades. Lo único que genera es incertidumbre y eventualmente, fallos contradictorios, juicios tremendamente dilatados en el tiempo, y una aplicación de justicia lejana al hecho mismo que se busca conocer y eventualmente reparar", acotó Salinas.

https://www.df.cl/noticias/economia...y-vuelve-a-senalar-que/2019-06-07/144521.html
 
Contraloría establece que mujeres que trabajan a honorarios en el Estado tienen derecho a fuero maternal
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El organismo fiscalizador modificó un antiguo criterio que operaba en la administración pública, donde la protección a la maternidad cubría sólo a las trabajadoras de planta y contrata.


La Contraloría General de la República determinó que todas las mujeres que trabajan en organismos del Estado en la modalidad “a honorarios” podrán acceder al derecho de fuero maternal, que está garantizado por ley para todas las trabajadoras.

El organismo fiscalizador anuló “toda jurisprudencia en contrario”, y de este modo, modificó un antiguo criterio que operaba en la administración pública, donde la protección a la maternidad cubría sólo a las trabajadoras de planta y contrata.

De acuerdo al dictamen, publicado por Radio Bío Bío, el beneficio no podrá ser menoscabado ni siquiera en las cláusulas integradas en los contratos firmados con la institución correspondiente, y su promulgación se basó en una consulta realizada por el Departamento de Previsión Social y Personal de la entidad.

En ella se revisó precisamente un dictamen de 2018 que dejaba fuera a las trabajadoras a honorarios, ya que el Estatuto Administrativo señalaba que no tenían la calidad de funcionarias públicas, por lo que Contraloría determinó que en Chile existen una serie de legislaciones que protegen el derecho a cuidar el embarazo y posteriormente el descanso y crianza maternal.

Lo anterior se encuentra contenido en el Código del Trabajo, y en tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado en 1989 y el Convenio 103 de la Organización Internacional del Trabajo de 1999.

“De lo indicado se desprende que en la actualidad, las mujeres que prestan servicios a honorarios para la Administración en las condiciones señaladas, y que coticen para los distintos regímenes de protección social, tienen derecho a acceder a las coberturas que ellos otorgan y, por tanto, a invocar los beneficios que correspondan a la maternidad derivados de aquella cobertura, en razón de lo cual, tales derechos no pueden ser restringidos en los respectivos contratos de honorarios”, señala el documento.

Además especifica que “el fuero constituye un resguardo del que goza la madre trabajadora desde el embarazo hasta un año después de expirado el descanso de maternidad, excluido el permiso post natal parental, para mantener su fuente laboral y asegurarle un medio de subsistencia económica para el debido cuidado tanto de ella como de su hijo y, asimismo, permanecer adscrita al sistema de seguridad social”.

Actualmente cerca del 40% de los funcionarios públicos lo hace bajo la modalidad a honorarios, y se estima que cerca de la mitad serían mujeres.

https://www.cnnchile.com/pais/contraloria-mujeres-honorarios-fuero-maternal_20190612/
 
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