barnavas
Me creo Shark
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SANTIAGO.- Durante un mes el abogado Raúl Meza Rodríguez no podrá litigar en el denominado caso Tsunami, ni ejercer su profesión, luego que la Corte Suprema lo condenara por graves faltas denunciadas por la Clínica Las Condes en el marco de una demanda de responsabilidad ética.
Pese a que Meza no pertenece al Colegio de Abogados, el máximo tribunal del país señaló que esto no lo exime de acatar las normas que existen en la ley que rige a estos profesionales, ya que "reflejan el deber ser esencial del cumplimiento de su vocación".
El fallo, al cual tuvo acceso Emol, esgrime un precedente para el actuar de aquellos abogados que están en el registro colegiados, así como también los que no.
Meza tomó notoriedad en el caso Tsunami por haber pedido la prisión preventiva de los imputados –la que fue rechazada por desproporcional- y por insistir en que la ex Presidenta Michelle Bachelet declare como imputada.
Incitación a demandar
El litigio que involucra a este polémico querellante de la investigación que dirige la fiscal Solange Huerta, se inició en el 2003 cuando la clínica antes mencionada lo demandó luego de "descubrir" que el defensor estaba incitando a pacientes que habían tenido problemas a realizar demandas.
Incluso se menciona en el proceso judicial que Meza instó a una familia a realizar grabaciones con cámaras ocultas con un médico del recinto, imágenes que fueron ampliamente difundidas por la televisión.
Asimismo, se cuestiona que en ese caso el abogado intentó "por medio de esta publicidad crear una especial imagen en la opinión pública sobre los hechos que se ventilaban ante los tribunales de justicia, manifestando sus aprehensiones y sentimientos personales, al margen de su opinión profesional sobre los referidos hechos".
Esta "conducta profesional impropia", calificada por la Suprema como "actos desdorosos, abusivos y contrarios a las normas de ética vigentes" hizo que la justicia decidiera acoger la demanda de los afectados, en este caso la Clínica Las Condes.
Estos últimos, junto a la suspensión por un mes, pidieron que se establezca un monto por concepto de daño moral. A lo que también el máximo tribunal dio curso, pese a que no se trata de una persona natural la afectada.
"La actora fue menoscabada por el actuar impropio del demandado, acciones que deterioraron su prestigio, las cuales tienen aspectos patrimoniales y extrapatrimoniales, siendo estos últimos los que corresponde resarcir, cuyo monto debe discutirse", dice el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que fue confirmado por la Suprema.
Una vez que quede ejecutoriado este dictamen, que es inapelable, comienza a regir el plazo de 30 días en que el abogado Raúl Meza no podrá litigar ante tribunales, lo que le impide ejercer en el caso Tsunami o pedir la inhabilitación de la investigación a la fiscal Huerta por no acceder a sus requerimientos contra la ex Presidenta Bachelet.
http://www.emol.com/...tas-eticas.html
La anterior noticia es reciente, pero el tema es antiguo y data del 2009:
SANTIAGO.- Con un fallo unánime de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones, el abogado Raúl Meza, se transformó en el primer profesional de su carrera condenado a la suspensión del ejercicio de su trabajo y al pago de una indemnización por los daños que perjudicaron la imagen de la Clínica Las Condes.
El histórico fallo en contra del autodenominado “fiscal de Antinegligencia Médica” se sustentó en las graves faltas éticas cometidas por Meza, como inducir a sus clientes a ocupar cámaras ocultas y abusar de los medios de comunicación para respaldar sus causas.
De ese modo, el condenado difundía imágenes editadas y publicitaba sus argumentos por medios de comunicación y no en los procesos respectivos.
Además, la resolución se refirió al engaño público en que incurrió, por denominarse “fiscal médico”, ya que dicho cargo es un organismo público inexistente, pretendiendo así equiparar su empresa privada con las instituciones gubernamentales.
Pero esta vez, no es el primer caso en que el abogado se ha visto envuelto en un escándalo de este tipo, ya que en otras ocasiones amenazó y le exigió a las clínicas privadas, altas sumas de dinero para llegar a acuerdos económicos.
La “operación” del abogado
Meza había desarrollado una completa estructura para captar a los clientes, recurrir a los medios y negociar con sus contrapartes. Todo al mismo tiempo, mientras amenazaba a los centros médicos, con los supuestos contactos que tenía en televisión.
De hecho, el padre del menor Diego Poblete, el menor que falleció meses después de haber recibido un trasplante hepático, se habría contactado con Meza, para querellarse por la tardanza del hospital de la VIII Región, en entregar el diagnóstico de su hijo y por la serie de complicaciones que sufrió el niño en hospital Luis Calvo Mackenna.
En tanto, otro paciente del Centro Médico Aurora, Roberto Muñoz, declaró que recibió una llamada de un sujeto identificado como Patricio López, quien lo contactó para ofrecerle interponer una querella en contra de un doctor, a cambio de beneficios económicos.
“Yo le respondí que no me interesaba ya que había quedado muy bien de la vista, pero este tipo insistió y me comentó que él trabajaba con un abogado y me recalcó el tema de los beneficios que podía obtener”, dijo Muñoz
http://www.emol.com/...-profesion.html
¿Qué es lo importante de ésto?
Más allá de las cuestiones políticas que estén de por medio, lo relevante es:
1) La publicidad de estas causas: Es típico que estas causas se oculten, sea porque no aparecen en la prensa, sea por que cuando quieres buscar la sentencia es imposible hallarla, pero la encontré, al menos la de la Corte de Apelaciones, que fue confirmada por la C. Suprema.
Acá está el link de la sentencia:
http://www.poderjudi...414&secre=CIVIL
En cuanto a la sentencia de la C.S., "misteriosamente", no está disponible para bajar:
http://www.poderjudi...2=CORTE SUPREMA
"Místeriosamente".
2)Que se sancione a abogados no colegiados. Hasta antes de la sentencia, perseguir la suspensión de un abogado no colegiado era casi imposible, a menos que se le imputara un delito relativamente grave. Con esta sentencia, si bien no se modifica la ley, se abre la posibilidad de buscar que sean suspendidos pese a no pertenecer a la colegiatura, lo que se hace muy necesario en estos días.