Buena perrito
Exiliado
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Lógicamente no se puede llamar propiedad de alguien, algo que está sujeto a un crédito hipotecario y a derecho de embargo por parte del banco. Una propiedad no debe ser embargable ni tampoco debiese estar sujeta a pago en sí misma.
Considerando que el banco tiene potestades sobre ese inmueble, entonces legalmente no debería considerarse ese inmueble como propiedad del que obtuvo el crédito. ¿Es así?
Segundo, para concepto de becas, créditos y gratuidad, es posible que esta weá no solo se considere como propiedad, sino también que son objeto de ingresos (por arriendo de los mismos), cuando ese ingreso viene inherentemente ligado a un egreso como el pago del crédito hipotecario como consecuencia. O sea, si no es por el pago del crédito, el banco embarga y el ingreso se esfuma. Al final, de facto, la weá jamás debería ser considerada dentro de los ingresos familiares, o si es que sí, debería considerarse como un ingreso sujeto inapelablemente a un egreso, porque en la realidad es así. Ni siquiera se puede decir, ya, entonces que se venda el departamento, porque no se puede, o bien, el dinero iría al banco, no a la familia.
¿Hay alguna consideración de este tipo al momento de quintilizar a una familia?, si no es así, país conchetumadre mal hecho
Considerando que el banco tiene potestades sobre ese inmueble, entonces legalmente no debería considerarse ese inmueble como propiedad del que obtuvo el crédito. ¿Es así?
Segundo, para concepto de becas, créditos y gratuidad, es posible que esta weá no solo se considere como propiedad, sino también que son objeto de ingresos (por arriendo de los mismos), cuando ese ingreso viene inherentemente ligado a un egreso como el pago del crédito hipotecario como consecuencia. O sea, si no es por el pago del crédito, el banco embarga y el ingreso se esfuma. Al final, de facto, la weá jamás debería ser considerada dentro de los ingresos familiares, o si es que sí, debería considerarse como un ingreso sujeto inapelablemente a un egreso, porque en la realidad es así. Ni siquiera se puede decir, ya, entonces que se venda el departamento, porque no se puede, o bien, el dinero iría al banco, no a la familia.
¿Hay alguna consideración de este tipo al momento de quintilizar a una familia?, si no es así, país conchetumadre mal hecho




quiero que la ley sea a mi pinta