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Solo en el tercermundo: Inmueble con crédito hipotecario como propiedad del deudor

Buena perrito

Exiliado
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2017/04/27
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Lógicamente no se puede llamar propiedad de alguien, algo que está sujeto a un crédito hipotecario y a derecho de embargo por parte del banco. Una propiedad no debe ser embargable ni tampoco debiese estar sujeta a pago en sí misma.

Considerando que el banco tiene potestades sobre ese inmueble, entonces legalmente no debería considerarse ese inmueble como propiedad del que obtuvo el crédito. ¿Es así?

Segundo, para concepto de becas, créditos y gratuidad, es posible que esta weá no solo se considere como propiedad, sino también que son objeto de ingresos (por arriendo de los mismos), cuando ese ingreso viene inherentemente ligado a un egreso como el pago del crédito hipotecario como consecuencia. O sea, si no es por el pago del crédito, el banco embarga y el ingreso se esfuma. Al final, de facto, la weá jamás debería ser considerada dentro de los ingresos familiares, o si es que sí, debería considerarse como un ingreso sujeto inapelablemente a un egreso, porque en la realidad es así. Ni siquiera se puede decir, ya, entonces que se venda el departamento, porque no se puede, o bien, el dinero iría al banco, no a la familia.

¿Hay alguna consideración de este tipo al momento de quintilizar a una familia?, si no es así, país conchetumadre mal hecho :ohno:
 
Filo con eso. De hecho, esa debería ser la razón para no considerar inmuebles con crédito, como propiedades, o el pago de los arriendos, como ingresos familiares
Que chistosa tu manera indirecta de no querer decir que te negaron la gratuidad o la ficha de proteccion social..

De partida ese "gasto" que tienes, no es un simple gasto por consumo, simo que es un aumento de patrimonio, por lo que podria verse como que estuvieras invirtiendo mes a mes.

Aparte que la plusvalía de las propiedades te la quedas tú, independiente que esté con crédito la casa.

Además, que probablemente no sabes, si tienes una propiedad sin hipotecas, y tienes alguna deuda algo cotota, unos cuantos millones, puedes ser demandado por esa deuda y el juez te puede embargar la casa igual, y sino regularizas se va a remate.. por lo que el embargo de una propiedad no es solamente con una casa hipotecada, además que el dueño de la casa eres tú, solo que hay otra obligación paralela con el banco.

Enviado desde mi SM-J510MN mediante Tapatalk
 
Que chistosa tu manera indirecta de no querer decir que te negaron la gratuidad o la ficha de proteccion social..

De partida ese "gasto" que tienes, no es un simple gasto por consumo, simo que es un aumento de patrimonio, por lo que podria verse como que estuvieras invirtiendo mes a mes.

Aparte que la plusvalía de las propiedades te la quedas tú, independiente que esté con crédito la casa.

Además, que probablemente no sabes, si tienes una propiedad sin hipotecas, y tienes alguna deuda algo cotota, unos cuantos millones, puedes ser demandado por esa deuda y el juez te puede embargar la casa igual, y sino regularizas se va a remate.. por lo que el embargo de una propiedad no es solamente con una casa hipotecada, además que el dueño de la casa eres tú, solo que hay otra obligación paralela con el banco.

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Dueño, no, porque hay un particulares con derechos sobre él.

Lo de la plusvalía, en parte, porque es eventual y a futuro, en la actualidad no es garantía de nada.
 
Dueño, no, porque hay un particulares con derechos sobre él.

Lo de la plusvalía, en parte, porque es eventual y a futuro, en la actualidad no es garantía de nada.
pero que onda men? postulaste a algun credito estudiantil para el proximo año o algo asi y no te lo quieren dar porque tu familia tiene algunos vienes que estos qlos catalogan como del weon mas abc1?
 
pero que onda men? postulaste a algun credito estudiantil para el proximo año o algo asi y no te lo quieren dar porque tu familia tiene algunos vienes que estos qlos catalogan como del weon mas abc1?
Básicamente, un miembro de mi familia no tendría gratuidad, a pesar de tener a mi viejo sin pega hace un año pero con bienes raíces sujetos a créditos hipotecarios. Estos últimos se les considera "propiedades" y nos terminan catalogando por tener buena situación económica, a pesar de no estar pagados (no ser propiedad propiamente tal), constituir un ingreso neto nulo e incluso negativo al momento de considerar que el ingreso por concepto de arriendos es menor al costo de las hipotecas y estar prácticamente 1 año sin ingresos mi viejo. La situación la afirmamos apenas y con cuea le tirarán CAE o una beca de 1 palo para una carrera de 4-5.
 
Última edición:
Que chistosa tu manera indirecta de no querer decir que te negaron la gratuidad o la ficha de proteccion social..

De partida ese "gasto" que tienes, no es un simple gasto por consumo, simo que es un aumento de patrimonio, por lo que podria verse como que estuvieras invirtiendo mes a mes.

Aparte que la plusvalía de las propiedades te la quedas tú, independiente que esté con crédito la casa.

Además, que probablemente no sabes, si tienes una propiedad sin hipotecas, y tienes alguna deuda algo cotota, unos cuantos millones, puedes ser demandado por esa deuda y el juez te puede embargar la casa igual, y sino regularizas se va a remate.. por lo que el embargo de una propiedad no es solamente con una casa hipotecada, además que el dueño de la casa eres tú, solo que hay otra obligación paralela con el banco.

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Efectivamente, es una inversión, cuyos beneficios se verán en 30 años más. De todos modos, mi comentario no iba con respecto al egreso, sino a la calificación de ingreso "normal" familiar, a uno que depende completa y directamente del egreso/inversión, o sea, a uno que en realidad da saldo neto 0 o negativo y no aporta al ingreso libre o normal de la familia.

Así es, como el acreedor no tiene derechos sobre la propiedad sin hipoteca, debe recurrir a un intermediario para el posible embargo. Caso distinto al acreedor del crédito hipotecario, que tiene derechos exigibles, por contrato, sobre el inmueble sin tener que recurrir a tribunales. De este modo, claramente estamos hablando de propiedad de distinto orden, a tal nivel que ni siquiera debiesen ser considerados propiedades los bienes hipotecados.

Nop, dueño no, cuando hay terceros con derechos por contrato sobre el bien del cual supuestamente se es dueño.
 
Hermanito, si bien su "lloriqueo" es normal, tenga en cuenta estos puntos:
- Hijos estudiando en Universidad, sin importar el año, le suman más puntos que la chucha a la ficha.
- Si estudiaste un semestre o 4 años, sin titularte, igual suma puntos a la ficha.
- No importa si una mujer gana 5 o 10 millones, si es "madre soltera" obtiene mucha ayuda estatal y municipal, desde casa "hacia arriba".
- Si eres extranjero, todo es gratis y las rubias tetonas se pelean para culiar contigo.

Así es nuestro chile :banderachilena:
 
Básicamente, un miembro de mi familia no tendría gratuidad, a pesar de tener a mi viejo sin pega hace un año pero con bienes raíces sujetos a créditos hipotecarios. Estos últimos se les considera "propiedades" y nos terminan catalogando por tener buena situación económica, a pesar de no estar pagados (no ser propiedad propiamente tal), constituir un ingreso neto nulo e incluso negativo al momento de considerar que el ingreso por concepto de arriendos es menor al costo de las hipotecas y estar prácticamente 1 año sin ingresos mi viejo. La situación la afirmamos apenas y con cuea le tirarán CAE o una beca de 1 palo para una carrera de 4-5.

hermanito, digale a su hermano o hermana que trabaje aunque sea con permiso notarial en un patio de comida unos 6 meses o lo maximo antes de postular a las hueas, pidanle a un amigo de la familia o que se yo si les puede firmar un contrato ante notario donde dice que le arrienda una pieza a su hermano o hermana, con esos simples pasos se acredita que vive solo y se mantiene solo como un weon pobre total, le daran la huea al tiro.

Para seguir con el beneficio tendria que seguir en un part time o algo asi. Al menos yo segui esa tecnica 1 año luego paso a ser cierta cuando me fui a vivir solo por lo cual me piden mis 6 ultimas liquidaciones, el contrato de arriendo, y la fotocopia de carnet y me renuevan los beneficios.
 
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