Esa es la respuesta estimado. Por mucho que el receptor trabaje con bancos, está legalmente obligado a informar de todo lo que se le diga cuando va a la casa. O sea, si cuando vayan a notificar alguien de la casa dice "ese sujeto arrendó y ya no vive acá" debería bastar para que la búsqueda sea negativa y no tendrás que hacer ni tercería ni nada. Eso es así porque para que notifiquen dejando el aviso en la casa es necesario que el receptor certifique que el demandado vive ahí y que se encuentra en el lugar del juicio. Al Decirles que no vive ahí se les cae uno de los requisitos.
Leía además que alguno hablo que tienes 3 días para hacer la tercería. Eso es falso. Tienes para presentarla desde el embargo e incluso hasta el mismo día del remate de los bienes, así que tiempo hay.
Eso de las cartas de "asesoría legal a personas" es una idea copiada del extranjero que empezó hace unos años. A grandes rasgos hay oficinas de abogados que están revisando los ingresos de los juzgados todos los días buscando gente que la hayan demandado los bancos y antes de incluso darle curso a la demanda, van y le ofrecen la "asesoría" al sujeto que posiblemente nunca va a necesitar el servicio, pues la causa puede que la retiren, que no le den curso, o que la archiven. De esas, mandan miles, a ver si alguno cae. Generalmente, su calidad profesional deja harto que desear.