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Protestas a nivel nacional no paran, #chiledespertó , Piñera con la pera.

Estado
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Aca esta el video...y el heroe del pueblo se enfrenta sin armas ni armaduras contra la escoria de verde, les gana y mas encima se les escapa.
Heroes verdaderos :lol3:

Viste el video, no ?
Porque los carabineros lo dejan arrancar
 
En chile, creas una sociedad familiar con tu señora e hijos. Le dices a tu empleador que te fije un sueldo mas bajo y le pague una boleta por asesoria a esa empresa. Luego tu señora y tus hijos pueden retirar utilidades y si no tienen ingresos altos obtienen el credito del impuesto de primera categoria. Desde la reforma el credito se redujo a 65% y ya es menos conveniente.

En un pais que tenga rentas territoriales a diferencia de chile que usa el principio de renta mundial, creas una sociedad personal o con tu familia, le dices a tu empleador que te fije un sueldo menor y que le pague facturas por servicios de asesoria a esa empresa, la tasa de retencion en Chile es 15% o 20% dependiendo del pais. En el pais de origen no pagas de impuestos por ganancias en el exterior.
Desde la resolucion 120 del 2016 es mas dificl, pero todavia se puede hacer.

en el primero basicamente estarias trasapasando la carga impositiva a tu señora e hijos, ademas es dificil dimensionar si es efectivo sin saber montos.

en el segundo creo que estas malinterpretando el concepto de "renta mundial" ya que si tu vives en Chile y el servicio se presto en Chile, por mas que crees una sociedad en el exterior, la fuente de la renta es Chilena, por lo que paga impuesto aca en Chile no en el extranjero.

art.10 LIR
“Se considerarán rentas de fuente chilena, las que provengan de bienes situados en el país o de actividades desarrolladas en él cualquiera que sea el domicilio o residencia del contribuyente.”
 
en el primero basicamente estarias trasapasando la carga impositiva a tu señora e hijos, ademas es dificil dimensionar si es efectivo sin saber montos.

en el segundo creo que estas malinterpretando el concepto de "renta mundial" ya que si tu vives en Chile y el servicio se presto en Chile, por mas que crees una sociedad en el exterior, la fuente de la renta es Chilena, por lo que paga impuesto aca en Chile no en el extranjero.

art.10 LIR
“Se considerarán rentas de fuente chilena, las que provengan de bienes situados en el país o de actividades desarrolladas en él cualquiera que sea el domicilio o residencia del contribuyente.”

Asumiendo que tu mujer e hijos tengas ingresos personales bajos, eludes impuestos por tus ingresos laboreles.

Articulo 59
"...
Estarán afectas a este impuesto, con una tasa de 15%, las remuneraciones pagadas a personas naturales o jurídicas, por trabajos de ingeniería o técnicos y por aquellos servicios profesionales o técnicos que una persona o entidad conocedora de una ciencia o técnica, presta a través de un consejo, informe o plano, sea que se presten (346) en Chile o el exterior. Sin embargo, se aplicará una tasa de 20% si los acreedores o beneficiarios de las remuneraciones se encuentran en cualquiera de las circunstancias indicadas en la parte final del inciso primero de este artículo, lo que deberá ser acreditado y declarado en la forma indicada en tal inciso.(347)(350)"
 
70 dias y piñera sigue gobernando ahi quedaron sur. Detes
:bowen:
 
Asumiendo que tu mujer e hijos tengas ingresos personales bajos, eludes impuestos por tus ingresos laboreles.

Articulo 59
"...
Estarán afectas a este impuesto, con una tasa de 15%, las remuneraciones pagadas a personas naturales o jurídicas, por trabajos de ingeniería o técnicos y por aquellos servicios profesionales o técnicos que una persona o entidad conocedora de una ciencia o técnica, presta a través de un consejo, informe o plano, sea que se presten (346) en Chile o el exterior. Sin embargo, se aplicará una tasa de 20% si los acreedores o beneficiarios de las remuneraciones se encuentran en cualquiera de las circunstancias indicadas en la parte final del inciso primero de este artículo, lo que deberá ser acreditado y declarado en la forma indicada en tal inciso.(347)(350)"

Compadre, el impuesto adicional se aplica a contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, para hacer lo que tu habias planteado varios post atras, de partida no deberias vivir en Chile, ni que la empresa por la cual estas prestando servicios este domiciliada en Chile o bien que la Matriz no este en Chile. Hay varios papers de la U. de Chile que tratan de tributacion internacional, estudialos y no te dediques a pegar articulos sin saber de que tratan!. POR FAVOR.

"
A modo de ejemplo, si la expresión “pago” se encuentra contenida en el
número de que se trate del art. 59, ello implica que habrá nacido el Impuesto Adicional
respectivo (que afecta por cierto al contribuyente sin domicilio ni residencia en Chile)."

https://www.google.com/url?sa=t&rct...1086/42631/0&usg=AOvVaw2eKqyWytlxLTx3Bo8EcxgJ
 
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