TERCERA PARTE
Sigo con mis osbervaciones y comentarios, ojala les guste y les sirva para debatir con uno del apruebo.
33. Artículo 127
Inciso 1. La naturaleza tiene derechos. El Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos.
Observación: La naturaleza la están considerando como un sujeto y no como objeto, comprendo que necesitan vivir ya que habitan el planeta, es un tema complejo pero no es suficiente para resguardarlo y protegerlo, la constitución de Ecuador lo plasmo en su articulo 71, y Bolivia con la ley de los derechos de la madre tierra el año 2010. No hay que olvidar que la constitución fija lineamientos de como deberíamos relacionarnos con el medio ambiente, ya que aquí se podría incluir rios, bosques, montañas, glaciares y lagos., donde no hay que olvidar que esto no soluciona el problema de fondo, se debería de tomar como ejemplo a Nueva Zelandia cuando se le dio persona jurídica a un rio el año 2017, o iniciáticas de protección como lo hizo Colombia ese mismo año, deteniendo proyectos mineros.
Que dice Articulo 71 Constitución Ecuador
Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.
Concordancias: LEY DE HIDROCARBUROS, 1978, Arts. 1 LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO, Arts. 27
34. Artículo 129
Inciso 1. Es deber del Estado adoptar acciones de prevención, adaptación y mitigación de los riesgos, las vulnerabilidades y los efectos provocados por la crisis climática y ecológica.
Observación: La crisis climática es global, y no local, se deberían aplicar medidas concretas de reforestación, como lo fue con el programa de arborización creado el año 2010 a través de la Conaf.
35. Artículo 130
El Estado protege la biodiversidad, debiendo preservar, conservar y restaurar el hábitat de las especies nativas silvestres en la cantidad y distribución adecuada para sostener la viabilidad de sus poblaciones y asegurar las condiciones para su supervivencia y no extinción
Observación: Mismo comentario del articulo anterior.
36. Artículo 131
Inciso 1. Los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato.
Observación: Deberia de reconocerse de forma mas autónoma, que se fije un delineamiento mas claro, de la relación de estos con el ser humano, además la sintinencia Es la capacidad de tener experiencias. No es la mera capacidad de percibir estímulos o reaccionar a alguna acción, Pueden afectar al ser para bien o para mal. Una forma similar de definir la sintiencia, por lo tanto, es la capacidad de ser dañado.
Hay distintos tipos de criterios que nos sirven para evaluar si un ser es sintiente. Estos incluyen consideraciones de los siguientes tres tipos: (1) conductuales, (2) evolutivas y (3) fisiológicas.
En España el año 2021 ya lo implementaron en El nuevo Código Civil. La norma reconoce expresamente a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad.
Esta norma no se limita al cambio de estatus jurídico, sino que establece limitaciones en el régimen jurídico de la propiedad con el fin de proteger los animales y salvaguardarlos de prácticas abusivas durante la tenencia, convivencia, pérdida y hallazgo y venta de los animales
La pregunta aquí es , cuales animales?
(Los animales de Rodeo, peleas de Gallos, carreras de galgos, venta de animales, ganados torturados, animales salvajes, animales que habitan en zonas urbanas (ej. palomas, gorriones, cotorras, estorninos, gaviotas, ratones, ratas, murciélagos, ardillas) o suburbanas (ej. comadrejas, carpinchos, zorros, ciervos, coyotes, jabalíes), animales asilvestrados, perros y gatos en situación de calle, ratones, ratas, palomas, animales de granja, etc) como aquellos que merecen protección jurídica ante la industria ganadera, la investigación científica, la industria de los cosméticoses un término amplio ,
Quienes se verían afectados: Gente de Rodeo, Mataderos, industria productiva de alimentos, como la ganadera, pesquera o avícola, la gente de campo y uno mismo que le gusta los asados.
Cual es el otro problema que podria presentar
1. Aumento desconciderado de ciertas especies en desmedro de otras, destruyendo su habitat
2. Aumento de plagas ,
EJEMPLOS:
Magallanes con el castor y Valdivia con el Vison
3. Aumento de ratones y huarenes, no olviden la plaga que tuvo Australia
4. Al prohibir la caza, que pasaria con la ley de caza del SAG....por algo esta esta institución
37. Articulo 134, para que colocar todo el texto.
.Observación: Desde mi punto de vista se relaciona con Articulos 107 y Bienes Nacionales.
38. Artículo 135
Inciso 1. El Estado debe impulsar medidas para conservar la atmósfera y el cielo nocturno, según las necesidades territoriales.
Observación: se relaciona a proteger el espacio aéreo o mas bien la astronomía?, ya que esto comprende desde el aire que respiramos hasta el cielo a través del cual ven el espacio, un articulo complejo de analizar, ya que esto va mas alla de nuestro país.
39. Artículo 139
Inciso 1. Chile es un país oceánico que reconoce la existencia del maritorio como una categoría jurídica que, al igual que el territorio, debe contar con regulación normativa específica, que incorpore sus características propias en los ámbitos social, cultural, medioambiental y económico
Inciso 3. Una ley establecerá la división administrativa del maritorio, su ordenación espacial, gestión integrada y los principios básicos que deberán informar los cuerpos legales que materialicen su institucionalización, mediante un trato diferenciado, autónomo y descentralizado, según corresponda, sobre la base de la equidad y justicia territorial.
Observación: Como divides administrativamente el maritorio o territorio marítimo?, en que quedo la línea de costa, relieve costero, el mar territorial, zona contigua, alta mar o mar presencial, zona económica exclusiva, plataforma continental….un punto interesante para ver y analizar, ya que podría transgreder la CONVEMAR (Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar) al acual el pais es parte de esa Convención.
40. Artículo 145
Inciso 1. El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, con excepción de las arcillas superficiales, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estén situadas
Observación: Hasta aquí el estado se hace cargo de la salud, educación, aguas, de donde van a sacar tanta plata!
Supongo de que aquí..y BHP Billiton, Anglo American se retiran del país, caga luksic y pasan al estado 33 Minas de Cobre, Oro y Plata controlando 40 minas a lo largo del país, me pregunto que va pasar con la pequeña y mediana minería que apoya ENAMI...interesante pregunta.
41. Artículo 160
Inciso 1. El sufragio es universal, igualitario, libre, directo, personal y secreto. Es obligatorio para quienes hayan cumplido dieciocho años y voluntario para las personas de dieciséis y diecisiete años y para las chilenas y los chilenos que vivan en el extranjero. Su ejercicio constituye un derecho y un deber cívico
Observación: Discrepo que 16 y 17 años voten, son muy manipulables, y se podria decir que en los colegios se haga politica...bueno...ya se hace.
42. CAPÍTULO V
BUEN GOBIERNO Y FUNCIÓN PÚBLICA
Articulo 165 a 180
Observación: En la práctica están hablando del estatuto administrativo ( Ley 18.834) Y la Dirección Nacional del Servicio Civil, que se origino a través de la ley N° 19.882 del Nuevo Trato Laboral para Administración Publica, en la que se creo ese organismo y el Sistema de Alta Dirección Pública
43. Articulo 181
1. Los cuerpos de bomberos de Chile.....
Observación: Lo mejor de la Constitución que se les reconozca, pero solo una duda, serán pagados o seguiran siendo voluntarios?
44. Artículo 186
El Estado fijará una política nacional portuaria, orientada por los principios de eficiencia en el uso del borde costero; responsabilidad ambiental, con especial énfasis en el cuidado de la naturaleza y bienes comunes naturales; participación pública en los recursos que genere la actividad; vinculación con el territorio y las comunidades en las cuales se emplacen los recintos portuarios; reconocimiento de la carrera profesional portuaria como trabajo de alto riesgo, y colaboración entre recintos e infraestructura portuaria para asegurar el oportuno abastecimiento de las comunidades.
Observación: Desde mi punto de vista, este articulo está un poco relacionado al articulo 134 y 139, talvez puede estar mal ubicado.
45. Del articulo 187 al 250
Observación:
Sigo insistiendo que se relaciona con articulo 7 que mencione en la primera parte , y se contrapone a la transitoria 16, 17, 18 , 19, 20 y 28, ya que aqui se debe rediseñar todo el pais, con un nuevo proceso de regionalización.
Hasta aqui mis comnetarios y observaciones por hoy
Saludos.