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Finiquito por renuncia?

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Se cobra desde el día de ingreso hasta el día de renuncia o hasta el último día trabajado?

Pensando en la vacaciones proporcionales: trabajé tres meses en una obra de construcción y si es hasta el último día trabajado (un día lunes) no me pagan un fin de semana, pero si es hasta el día de renuncia (un día jueves) si me pagan el fin de semana

En la inspección le dan la razón a la empresa, que es hasta el último día trabajado, pero me parece que no están de acuerdo a la ley y me quieren sentar
 
No es troleo cipadrito. No entiendo por ejemplo que pasa si renunció un mes después de no asistir a un trabajo, todo ese tiempo no me pagarán días trabajados evidentemente, pero si me pueden pagar cotizaciones o no?

Por eso, cuando estoy cortado? El día de renuncia o el último día de trabajo?
 
No es troleo cipadrito. No entiendo por ejemplo que pasa si renunció un mes después de no asistir a un trabajo, todo ese tiempo no me pagarán días trabajados evidentemente, pero si me pueden pagar cotizaciones o no?

Por eso, cuando estoy cortado? El día de renuncia o el último día de trabajo?
hola, habria que ver tu contrato quizas era a plazo fijo, porque es por obra y ademas nadie contrata fijo al primer mes, lo segundo es que las cotizaciones se pagan al mes siguiente por lo trabajado, no se pagan un mes adelantado, asi que, si tu contrato era fijo te van a pagar exactamente los dias que fuiste y que hay firma en el libro + vacaciones proporcionales, si dejaste de ir e informaron a la inspeccion y despues cualquier dia renunciaste no te van a pagar ningun dia de vacacion proporcional porque no corresponde por abandono de trabajo. saludos.
 
No es troleo cipadrito. No entiendo por ejemplo que pasa si renunció un mes después de no asistir a un trabajo, todo ese tiempo no me pagarán días trabajados evidentemente, pero si me pueden pagar cotizaciones o no?

Por eso, cuando estoy cortado? El día de renuncia o el último día de trabajo?
:lol3:
Simple... Revisa el contrato, es por día trabajado o por un periodo de tiempo:avion:
 
hola, habria que ver tu contrato quizas era a plazo fijo, porque es por obra y ademas nadie contrata fijo al primer mes, lo segundo es que las cotizaciones se pagan al mes siguiente por lo trabajado, no se pagan un mes adelantado, asi que, si tu contrato era fijo te van a pagar exactamente los dias que fuiste y que hay firma en el libro + vacaciones proporcionales, si dejaste de ir e informaron a la inspeccion y despues cualquier dia renunciaste no te van a pagar ningun dia de vacacion proporcional porque no corresponde por abandono de trabajo. saludos.
1. Se convirtio en contrato indefinido según paso el tiempo,es decir, para efectos del finiquito se paga un contrato indefinido

2. Abandono de trabajo si no me equivoco es cuando dejas el lugar de un momento a otro, no cuando dejas de ir. Yo dejé de ir, pero aún así me sugirieron que renunciará y lo hice

Vale igual
 
abandono de trabajo es cuando dejas de IR de un momento a otro ....
...no cuando dejas de IR
... pero yo dejé de IR ...

:risa: el conchesumadre imbecil

un mes poh weon...

por cierto, se estan perdiendo las buenas costumbres


Se cobra desde el día de ingreso hasta el día de renuncia o hasta el último día trabajado?

Pensando en la vacaciones proporcionales: trabajé tres meses en una obra de construcción y si es hasta el último día trabajado (un día lunes) no me pagan un fin de semana, pero si es hasta el día de renuncia (un día jueves) si me pagan el fin de semana

En la inspección le dan la razón a la empresa, que es hasta el último día trabajado, pero me parece que no están de acuerdo a la ley y me quieren sentar
 
ooo pero wn .... tenís que sacar el zapato rojo , esa wea le gana al abandono de trabajo , pero solo hasta 1 mes y medio, luego el pato amarillo es hasta dos, saludos.

@El Virus @fauno @Mr Blonde
 
y aqui murió sin pena ni gloria, puta la wea y pintaba pa bueno :risa:
 
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