• ¿Quieres apoyar a nuestro foro haciendo una donación?, entra aquí.
Estado
No está abierto para más respuestas.
La Corte Suprema acaba de mear al mechero, porcino, acosador y esquizo Borih en rr.ss y website institucional:



El Pleno de la Corte Suprema, reunido hoy 3 de enero, emitió la siguiente declaración pública, referida a las expresiones pronunciadas por el Presidente de la República:


Atendidas las expresiones efectuadas por el Presidente de la República, reproducidas en algunos medios de comunicación los días 1° y 2 de enero del actual, en que cuestiona los fundamentos y la regularidad de un proceso judicial afinado (caso Mateluna), la Corte Suprema se ve en la necesidad de recordar lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 76 de la Constitución Política de la República, que establece:

“La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”




:awesomehands:


"El país está andando..." :lol2:
 
Empezando bien el año, metiendose en una polémica con la corte suprema :clapclap:



La Corte Suprema salió a decir casi exactamente lo mismo que postee acá. Y así hay weones que dicen que no nos calentemos la cabeza.

"La actual constitución política prohíbe al presidente de la república ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, y revisar los fundamentos o contenidos de las resoluciones (de tribunales). La misma constitución le confiere al presidente la atribución especial de conferir indultos particulares
(Art. 32 no 14 de la CPR 80-2005). Artículo 32 de la CPR 80-2005. .- Son atribuciones especiales del Presidente de la República: 14º.- Otorgar indultos particulares en los casos y formas que determine la ley. El indulto será improcedente en tanto no se haya dictado sentencia ejecutoriada en el respectivo proceso. Los funcionarios acusados por la Cámara de Diputados y condenados por el Senado, sólo pueden ser indultados por el congreso;

Articulo 76 de la CPR 80-2005. La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos. Reclamada su intervención en forma legal y en negocios de su competencia, no podrán excusarse de ejercer su autoridad, ni aun por falta de ley que resuelva la contienda o asunto sometidos a su decisión. Para hacer ejecutar sus resoluciones, y practicar o hacer practicar los actos de instrucción que determine la ley, los tribunales ordinarios de justicia y los especiales que integran el Poder Judicial, podrán impartir órdenes directas a la fuerza pública o ejercer los medios de acción conducentes de que dispusieren. Los demás tribunales lo harán en la forma que la ley determine. La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar. Click para expandir

La ley 18.050 sobre indultos particulares, principal arma del gobierno para "justificar la decisión", señala que pueden omitirse los requisitos para el indulto particular.
Ley 18.050 Artículo 6.°- En casos calificados y mediante decreto supremo fundado, el Presidente de la República podrá prescindir de los requisitos establecidos en esta ley y de los trámites indicados en su reglamento, siempre que el beneficiado esté condenado por sentencia ejecutoriada y no se trate de conductas terroristas, calificadas como tales por una ley dictada de acuerdo al artículo 9° de la Constitución Política del Estado.

Dado que la interpretación de la Constitución es sistemática y armónica, ambas normas (el Art. 76 y el art 32 no 4) deben interpretarse en conjunto. Y, más aún, dado que las disposiciones constitucionales prevalecen por sobre las Leyes ordinarias o especiales, estás últimas deben siempre acatar, acomodarse o ajustarse a las prescripciones de la Constitución.

Expuesto eso, el tema de debate es: los fundamentos esgrimidos por el presidente de la república en "el decreto supremo fundado" para hacer uso de la facultad de indultar particularmente a Jorge Mateluna pueden o no ser considerados como una "revisión de los fundamentos o contenido de las resoluciones" de los tribunales establecidos por la Ley.

Ello porque el Presidente ha cuestionado el rol de los tribunales que conocieron y juzgaron el caso, y ha invocado "la insuficiente revisión y ponderación de la prueba" y "y la inocencia de Jorge Mateluna" como razones para el ejercicio de la facultad. Más aún Mateluna es reincidente, por ende requiere aún mayor justificación para la aplicación del indulto.

Es decir, la revisión vía decreto buscaría controvertir lo establecido en sentencia firme y ejecutoriada, y dar al condenado el carácter de inocente y por ende de "absuelto" del delito por el cual fue condenado. Lo que iría más allá del indulto particular.
Y aquí surgen preguntas nuevas preguntas sobre la legalidad y constitucionalidad de dicho decreto supremo fundado..."



Allende partió igual con pequeñas escaramuzas que llenaron el saco del poder judicial, la contraloría, y el congreso.
 
ya pero, ahora qué? XDD

Su comunicado tiene la misma sustancia que la cuestionada "querella para quienes resulten responsables"
Distinto sería haberlo retenido en Chile, mandando a Abott a penquearlo todo el día por pasarse por donde quiso al poder judicial.
Así como todo el año pasado, va a hacer lo que quiera, y no va a pasar nada.
En este caso, la Corte Suprema le está diciendo en pocas palabras que está vulnerando la Constitución.

Pero vaya a saber uno qué entendió el qlo :lol2:
 
A mí me faltan 11 puntos para la carrera que quiero piden 700 cómo mínimo y saque 689 bueno a postular ojalá bajé el puntaje de corte con el resto del weonaje que tomo clases online y entre jabonado
¿Pueden postular con el mejores puntaje obtenidos en cada prueba de entre las pruebas del año antepasado, las de mitad del año pasado y las de fin del año pasado? De ser así lo más lógico es que los puntajes de corte suban, especialmente en las carreras que todos quieren
 
¿Pueden postular con el mejores puntaje obtenidos en cada prueba de entre las pruebas del año antepasado, las de mitad del año pasado y las de fin del año pasado? De ser así lo más lógico es que los puntajes de corte suban, especialmente en las carreras que todos quieren

Pta parece... Yo no hice matemáticas 2 y me tomaron el puntaje de la PDT.

Yo quiero tradu inglés japonés son 41 cupos y es la única carrera rezo porque a los otakus qlos les vaya como el forro si no tendré que ser profe de ingles y enseñar el verbo to be por siempre.
 
ya pero, ahora qué? XDD

Su comunicado tiene la misma sustancia que la cuestionada "querella para quienes resulten responsables"
Distinto sería haberlo retenido en Chile, mandando a Abott a penquearlo todo el día por pasarse por donde quiso al poder judicial.
Así como todo el año pasado, va a hacer lo que quiera, y no va a pasar nada.

Y que quieres que le manden matones? Estas weas son antecedentes que se van juntando para que cuando sea el momento oportuno se le acuse constitucionalmente. Es lo único que se puede hacer y esperar.
 
yo me tiraba varias minitas de ese círculo y son todas buenas pal pico, aburridas de aliades chupapene

Yo me tiraba una zurda lista del pueblo hasta hace no mucho tiempo, tenía tremendo poto, y era limpia sin mal olor alguno. Tiesa para la verga como una diosa, ahí quedan sus ideas feminazistas…



:maestro:
 
La Corte Suprema acaba de mear al mechero, porcino, acosador y esquizo Borih en rr.ss y website institucional:



El Pleno de la Corte Suprema, reunido hoy 3 de enero, emitió la siguiente declaración pública, referida a las expresiones pronunciadas por el Presidente de la República:


Atendidas las expresiones efectuadas por el Presidente de la República, reproducidas en algunos medios de comunicación los días 1° y 2 de enero del actual, en que cuestiona los fundamentos y la regularidad de un proceso judicial afinado (caso Mateluna), la Corte Suprema se ve en la necesidad de recordar lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 76 de la Constitución Política de la República, que establece:
“La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”




:awesomehands:


"El país está andando..." :lol2:


Si esto ya era grave, se acaba de convertir en gravísimo. No es la primera vez que este vómito de chancho se pasa la CPR por la raja, la misma en la que se basa para llenarse ese hocico de cerdo que tiene con que "indultar es una facultad presidencial". Claro, es una facultad que le da la CPR, así como también le prohíbe meterse en las atribuciones de los otros poderes del Estado.

Esto es la izquierda, este es el sueño totalitario de estos excrementos humanos, tratar de suprimir todos los poderes del Estado y gobernar como monarcas absolutos. Este weón es más nefasto que Maduro, porque entiendo que al menos el otro sdw trabajó como camionero o microbusero. Este weón no es más que un chinche al que le han hecho demasiadas felaciones los estropajos que ha metido con fórceps y sueldos millonarios en su cagá de gabinete.

NI UN MILÍMETRO A ESTE CSM, ESTO ES PARA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL.
 
Si esto ya era grave, se acaba de convertir en gravísimo. No es la primera vez que este vómito de chancho se pasa la CPR por la raja, la misma en la que se basa para llenarse ese hocico de cerdo que tiene con que "indultar es una facultad presidencial". Claro, es una facultad que le da la CPR, así como también le prohíbe meterse en las atribuciones de los otros poderes del Estado.

Esto es la izquierda, este es el sueño totalitario de estos excrementos humanos, tratar de suprimir todos los poderes del Estado y gobernar como monarcas absolutos. Este weón es más nefasto que Maduro, porque entiendo que al menos el otro sdw trabajó como camionero o microbusero. Este weón no es más que un chinche al que le han hecho demasiadas felaciones los estropajos que ha metido con fórceps y sueldos millonarios en su cagá de gabinete.

NI UN MILÍMETRO A ESTE CSM, ESTO ES PARA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL.
¿Cuál es la gracia de que exista una constitución si el presidente se la pasa por la raja y no la pasa nada con ello?
 
El peor enemigo de boric es su propia persona, la falta de experiencia, la falta de educación, la falta de modales, esa poca tolerancia a la frustración, es el ejemplo de lo que pasa cuando se le da de todo a un niño y este simplemente no aprovecha su posición para nutrirse, es cosa de tiempo para que nos arrastre a todos al abismo de la imbecilidad o si es que ya estamos ahi..
 
Si esto ya era grave, se acaba de convertir en gravísimo. No es la primera vez que este vómito de chancho se pasa la CPR por la raja, la misma en la que se basa para llenarse ese hocico de cerdo que tiene con que "indultar es una facultad presidencial". Claro, es una facultad que le da la CPR, así como también le prohíbe meterse en las atribuciones de los otros poderes del Estado.

Esto es la izquierda, este es el sueño totalitario de estos excrementos humanos, tratar de suprimir todos los poderes del Estado y gobernar como monarcas absolutos. Este weón es más nefasto que Maduro, porque entiendo que al menos el otro sdw trabajó como camionero o microbusero. Este weón no es más que un chinche al que le han hecho demasiadas felaciones los estropajos que ha metido con fórceps y sueldos millonarios en su cagá de gabinete.

NI UN MILÍMETRO A ESTE CSM, ESTO ES PARA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL.
Si no tiene a nadie en contra...puede hacer la wea que se le pare la raja con CHANHUAN Y MARACAYA HIJOS DE PERRA
 
¿Cuál es la gracia de que exista una constitución si el presidente se la pasa por la raja y no la pasa nada con ello?

No pasa nada porque tiene una oposición cobarde que aún no entiende que esta weá dejó de ser política el 18-O y se convirtió en una guerra sin cuartel. Mientras exista una derecha ayudista este país está absolutamente cagado.
 
:monomeon:niños tea
:monomeon:padres de ñiños tea
:monomeon:mascotistas

Eso cilantrito, vamos deconstruyéndonos normalizando el convertir la excepcionalidad en la regla.
Últimamente los zurdos han agarrado esa bandera de lucha y le están dando duro a la lucha por los derechos de los niños TEA. Ya se hacen marchas por ellos pero si uno se pone a ver detenidamente, las organizan colectivos que tienen el perfil octubrista.

Recuerdo haber visto por ahí algunas fotos de la última marcha que hicieron por ahí en 2021 y se vieron banderas mapuches y negras, sloganes con la palabra "DIGNIDAD" y esas weas comunes en los octubristas.

Incluso yo mismo he visto murales con el estilo Ramona Parra.
 
Estado
No está abierto para más respuestas.
Volver
Arriba