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Votación plebiscito Nueva Constitución 17 Diciembre

Votacion plebiscito NC 17 Diciembre

  • A favor

    Votos: 320 54,1%
  • En contra

    Votos: 156 26,4%
  • Nulo

    Votos: 20 3,4%
  • En blanco

    Votos: 4 0,7%
  • Pico pal que lee

    Votos: 92 15,5%

  • Votantes totales
    592
artículo 76 del proyecto constitucional
Sólo son materias de ley:

r) las que limiten, regulen, complementen o restrinjan los derechos y libertades fundamentales establecidos en está Constitución.

Si el Congreso quiere cambiar derechos que nos protegen por una ley simple, puede hacerlo incluso días donde vayan a trabajar pocos

Confundes reforma constitucional con límites legales a los derechos fundamentales. El quórum de reforma es de 3/5 y está en el artículo 215 inciso 2° del proyecto constitucional.

La norma que citas es la reserva de ley, esa letra permite a la ley limitar derechos contenidos en la constitución pero no reformarlos. Eso también pasa en la constitución actual y cualquier constitución: leyes de impuestos limitan el derecho de propiedad, leyes con penas de cárcel limitan la libertad, etc.
 
No obtendrá la derecha más que los 4/7 para modificar la Constitución de Lagos a su antojo?

Se podria apostar a un proximo Congreso con mayoria CHV y Republicanos. Dado el pesimo gobierno esta dificil que la izquierda obtenga grandes mayorias. El bajo quorum actual beneficia al proximo Congreso. Es la oportunidad perfecta para sacar las reformas que se necesiten y de paso subir los quorums. No hace falta una nueva constitucion, solo una buena campaña de la derecha.
Por aquí va.

Los 4/7 los puede usar la izmierda como la derecha. Es tanto el pavor q le tiene la derecha cobarde a los zurdos que, creen q sólo la izmierda tiene la potestad de usar esos 4/7.

Es más importante la elección parlamentaria q la presidencial. Por esto, lo ideal es q a la derecha le crezcan bolas y trate de obtener esos 4/7 en las próximas elecciones. Ahí hay q jugar las fichas. Así, hacen todas las reformas constitucionales que se les cante la gana, y después vuelven a subir el quórum a 2/3 una vez enchulada la CPR de Lagos/Pinochet.

Dicho de otro modo, fue la misma izmierda la q le está dando la posibilidad a la derecha de hacer reformas constitucionales por 4/7 y no por los 2/3 que era más difícil. Sólo tienen q dominar el Congreso para las próximas elecciones. Y el panorama político hoy para lograr aquello, nunca fue tan auspicioso.

¿Cuales son entonces los inconvenientes? Varios:

- en la derecha hay puros mongólicos de políticos, sin capacidad para razonar.

- Chile Guano es la perra de la izmierda, y esbirros de organizaciones internacionales como la ONU, el World Economic Forum, la UE, la Comisión de Venecia, y entes varios. No son más que Globalistas pro-agenda 2030.


- el Partido Recuckblicano sólo vive para alabar al mesías que tienen, y rendirle culto. El mismo que se cagó para la 2da vuelta presidencial, y le delegó la campaña a Chile Guano. Viven para adorar a JAK. Son una UDI 2.0. No tienen 1 sólo weon mas o menos vivo que se anticipe a los hechos.

Son tan imbéciles que aún no cachan que va a ganar el "el contra". Se van a comer tremenda derrota. Los van a reventar entre los mass media y los políticos. Se van a hacer un picnic con estos breas.

Viven en una burbuja culiá donde entre todos se dan palmaditas en la espalda. Y todos con la obligación de besarle el culo a un weón que le extirparon las bolas cuando fue a EE.UU.


Ejem...

Mas claro o con peras y manzanas?



Cimpita, además de la explicación de más arriba sobre los 4/7, complemento:

- El Jamones cree q el problema de Chile es democrático y Constitucional. Está más perdido a la chucha. Ese guatón aún no entiende q el problema de Chile es de corte bélico/guerra interna.

- Jamones no es Abogado (Constitucionalista), Cientista Político, Historiador, nada. No tiene un título acorde para sustentar nada. Es un chancho ql que está jugando a la política con un súper sueldo.

- este pobre hueón era un portero de motel en Europa sin título profesional igual q el loco Borih que, pasó a ser diputado de la república. Cree que pq gana mas de 20 millones de pesos entre dieta + asignación parlamentaria, se volvió inteligente de golpe.

A este weón lo va a dejar la mina cuando deje de ser diputado, vivir en barrio alto, y ganar el camión de plata q gana gracias a nosotros.

Entonces volverá a trabajar de recepcionista o portero de motel en Austria, ganando 800 euros al mes, donde la plata se le va a ir toda en pensión de alimentos. No le va a quedar otra que seguir hablando weás en YT desde Europa, y abrirse un Patreon para pagarse una pieza en la tierra de las cecinas.
 
Confundes reforma constitucional con límites legales a los derechos fundamentales. El quórum de reforma es de 3/5 y está en el artículo 215 inciso 2° del proyecto constitucional.

La norma que citas es la reserva de ley, esa letra permite a la ley limitar derechos contenidos en la constitución pero no reformarlos. Eso también pasa en la constitución actual y cualquier constitución: leyes de impuestos limitan el derecho de propiedad, leyes con penas de cárcel limitan la libertad, etc.
La constitución actual no tiene la r) en el art. Además son más verbos los mencionados además de limitar, lo cual ya permite una interpretación distinta de la cual aprovechar.

Que el artículo r) exista ahora en está nueva constitución ya da mayor posibilidad por ejemplo para "regular" la propiedad privada. Que se entiende por regular? Eso dejemoslo al juez
 
La constitución actual no tiene la r) en el art 75. Además son más verbos los mencionados además de limitar, lo cual ya permite una interpretación distinta de la cual aprovechar.

Que el artículo r) exista ahora en está nueva constitución ya da mayor posibilidad por ejemplo para "regular" la propiedad privada. Que se entiende por regular? Eso dejemoslo al juez
Los mismos verbos ya están en la constitución actual en el 19 n°26, la ley siempre limita, regula o complementa derechos fundamentales. Si no se pudiera hacer sería poco práctico, los derechos serían absolutos o la constitución tendría que ser larguísima para cubrir cada hipótesis posible. Se remiten a la ley límites, no contenido.
 
Se podria apostar a un proximo Congreso con mayoria CHV y Republicanos. Dado el pesimo gobierno esta dificil que la izquierda obtenga grandes mayorias. El bajo quorum actual beneficia al proximo Congreso. Es la oportunidad perfecta para sacar las reformas que se necesiten y de paso subir los quorums. No hace falta una nueva constitucion, solo una buena campaña de la derecha.
Eso mismo pensaba camarada pero puta, me acuerdo después que para la berta y lalo promedio le digan: "X será gratis y de calidad" y prenden al tiro. Tendría que hacerse un trabajo monumental por parte de la derecha en general, incluyo a los cobardes de CHV para que el zurderío quede en ese 30% o incluso menos.

Seguimos 🌳
 
Es muy difícil que funcione el plan de que el próximo congreso sea de derecha por la sencilla razón de que los senadores duran en su cargo hasta 2030 y el Senado está lleno de maracos de Chile Vamos, que son precisamente los que entregaron el quorum de 2/3 que tenía la actual constitución porque estaban con la pera. Aunque se llene de diputados republicanos, no veo a los senadores de chile vamos acordando con ellos reponer los 2/3, son muy gei para eso.

Y para 2030 ya era, el péndulo vuelve a la izquierda y serán ellos los que tengan más probabilidades de lograr los 4/7. Lo más seguro es votar A Favor ahora.
 
Última edición:
Los mismos verbos ya están en la constitución actual en el 19 n°26, la ley siempre limita, regula o complementa derechos fundamentales. Si no se pudiera hacer sería poco práctico, los derechos serían absolutos o la constitución tendría que ser larguísima para cubrir cada hipótesis posible. Se remiten a la ley límites, no contenido.
Art19
La constitución política garantiza el pluralismo político. Son inconstitucionales los partidos, movimientos u otras formas de organización cuyo objetivo, acto o conductas no respeten los principios básicos del régimen democrático y constitucional, procuren el establecimiento de un sistema totalitario, como asimismo aquellos que hagan uso de la violencia, propugnan o inciten a ella como método de acción política. Corresponderá al Tribunal Constitucional declarar está inconstitucionalidad.

26° La seguridad de los preceptos legales que por mandato de la Constitución regulen o complementen las garantías que establece o que limiten en los casos que ella autoriza, no podrán afectar los derechos en su esencia, ni imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio.


Repito de nuevo el artículo 76 del proyecto

SOLO SON MATERIAS DE LEY:

r) las que limiten, regulen, complementen o restrinjan los derechos y libertades fundamentales establecidos en está Constitución.

Una cosa es reformar con los quórum, otra muy simple y peor es poder reformar con LEY SIMPLE, como establece el proyecto.

En las materias de ley de la Constitución vigente no existe el r)

Segundo, ambos artículos son distintos, la interpretación es diferente. Sin sentencias previas podrían hacer lo que quisieran ahora.

Ustedes miran en menos el cambio de parrafo, de verbos, y hasta de artículos. Creen que por ponerlo después se mantiene o está todo seguro. La hermenéutica constitucional es tan o más importante que la Constitución misma, porque es la Constitución aplicada.
 
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