Hipotéticamente, si yo pintara al óleo sobre tela una imagen de la pendeja siendo penetrada por un mandingo, que diferencia hay con una imagen creada por ia vs una fotografía real, penalmente hablando.
Mm, sin ser experto es difícil diferenciar IA de foto real digital, en el fondo ambas son pixeles y en última instancia código binario. No son la realidad, son representaciones.
Para los posibles delitos no sé si es relevante la diferencia. La afectación de la dignidad es evidente y también podríamos decir que es pornografía infantil, independiente si son dibujos, IA, diseño digital, etc.





Ray Velcoro

wiu wiu wiu