Claudinux001
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Ojalá no se enteren ni Elon Musk ni Cristiano Ronaldo...esos son buenos clientes del bufete de Wolfenstein
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Es discrecional de la Corte, pero al ojo calculo que unos 2 o 3 palitroques, tampoco es taaanto como para dejarlo en la quiebra y que pierda "su" yate estacionado en EEUU.Cuando hablamos de "ejemplar condena en costas", ¿cuánto podría tener que llegar a pagar el saco de mierda ese? Como para que vaya pidiéndole platita al papá
Pd. Qué pasa si no paga? (Altamente probable)


Wolfie: Papi, dame plata...
Don Wolfo: Qué cagá te mandaste ahora?
Wolfie: Tengo que pagar las costas de un juicio porque... porque... me aweoné.
Don Wolfo: Puta el csm aweonao!!!
Wolfie: papi, no me peguí!!!

Si yo fuera el viejo, me andaría con cuidado, basta que el cabeza de Mahindra te haga una de estas:Wolfie: Papi, dame plata...
Don Wolfo: Qué cagá te mandaste ahora?
Wolfie: Tengo que pagar las costas de un juicio porque... porque... me aweoné.
Don Wolfo: Puta el csm aweonao!!!
Wolfie: papi, no me peguí!!!

Se lo culiaron parado al cabeza de brocoliHay respuestas para Wolfito.
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Se cacha que es una limosina de las viejas. Ya nadie anda en esas weas.


Tienen el resumen de la demanda a usuarios del foro cuyo nombre ni dirección salen?


Osito rulo, comparta el escritoooooooCipadritos el informe enviado por la abogada Soledad Recabarren Galdames es oro puro.![]()

PRIMERA PARTECipadritos el informe enviado por la abogada Soledad Recabarren Galdames es oro puro.![]()

Resumen:PRIMERA PARTE
Análisis informe enviado por la abogada a la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
1. Domicilio:
- La abogada señala que el recurrente vulnera el artículo 59 del Código Civil al dar una dirección que no corresponde a su residencia habitual.
- La dirección en Valparaíso corresponde a un departamento que sólo se publicita para fines de arriendos vacacionales o meses corridos según se demuestra en varias publicaciones de portales inmobiliarios.- En los expedientes de dos recursos de protección presentados por Wolfenson se demostró por parte de los recurridos que la dirección de Valparaíso correspondía a terceros.- La abogada destaca que Wolfenson declaró su dirección en Santiago para efectos de notificaciones y envíos de documentos relacionados con el presente recurso de protección.- El domicilio electoral de Wolfenson se encuentra en la Región Metropolitana.- La abogada remata con que el propio Wolfenson en su recurso declaró que "su oficina está a pasos de la mía", es decir, es la admisión involuntaria de que su "centro de operaciones y domicilio" se encuentra en la Región Metropolitana.- La abogada señala que Wolfenson incurre en un ABUSO PROCESAL al declarar domicilio en Valparaíso porque desnaturaliza la jurisdicción territorial y el objetivo de todo recurso de protección es que sea visto en la jurisdicción correcta.- Se señala que Wolfenson ya había presentado un recurso de protección "prácticamente idéntico" en la RM y que fue declarada inadmisible.- Todos los hechos mencionados por Wolfenson en su recurso de protección acontecen en la Región Metropolitana.- La abogada señala que Wolfenson vulneró el artículo 20 de la Constitución porque se garantiza que las partes de un recurso deban ejercer sus derechos en la Corte respectiva y que ante cualquier vulneración esta deberá ser corregida.- La abogada señala que las competencias relativas de las Cortes están en función de factores territoriales, los que a su vez lo están con el concepto de domicilio según lo dispuesto en el artículo 59 del Código Civil.- Finalmente la abogada declara que la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso es incompetente para analizar este recurso.2. Abusos jurídicos:
- La abogada declara que el recurrente infringe el artículo 3°, inciso 2° de la Ley N°20.886 en lo relativo al principio de la buena fe procesal.
- La abogada señala que Wolfenson intentó eludir su recurso de protección presentado en Santiago que fue declarado inadmisible siendo prácticamente idéntico al actual presentado en Valparaíso a través de la incorporación tanto de la señalada como del Colegio de Abogados lo que carece de toda justificación procesal.- La abogada trae a colación otros recursos donde se han declarado inadmisibles porque se trató de la misma cosa juzgada como en el caso actual (Santiago y Valparaíso).- La abogada destaca que Wolfenson pretende que se litigue la misma cosa jurídica dos veces a través de maniobras de encubrimiento. Además el derecho determina que la inadmisibilidad impide la doble litigación.- Se destaca que Wolfenson interpone recursos de protección sobre cosas ya juzgadas.- La abogada presenta documentación donde se demuestra que Wolfenson infringe el principio de la buena fe procesal de forma reiterada.- Recursos de protección 22258-2023 (Santiago) - 15215-2023 (Valparaíso) y 15578-2023 (Santiago) - 23398-2023 (Valparaíso), siendo cada par prácticamente los mismos y declarados todos inadmisibles.- La abogada declara que Wolfenson tiene una estrategia sistemática de presentar recursos a expensas de que las Cortes se vean sobrecargadas de trabajo y se generen potencialmente decisiones jurídicas contradictorias con el derecho.- Se pone de manifiesto de que Wolfenson tiene configurado un modus operandi de "fraude procesal" a través de buscar que sus recursos sean litigados más de una vez y vulnerando los principios jurídicos de "buena fe, economía procesal y seguridad jurídica".- La abogada enfatiza que si la Ilustrísima Corte de Apelaciones no acepta su incompetencia sería validar las "maniobras procesales ilícitas" de Wolfenson.3. Infracciones al Código de Ética del Colegio de Abogados.
- La abogada destaca que la afiliación a la asociación gremial es voluntaria, pero sus integrantes se deben ajustar a una serie de deberes y principios contenidos en el Código de Ética de una manera rigurosa y fiel.
- Se destaca que el esquema de "fraude procesal" de Wolfenson infringe los artículos 95 y 96 del Código de Ética al no informar a las respectivas cortes de que presentó recursos idénticos y que fueron declarados inadmisibles en el momento de interponer los segundos.
- Se menciona que dicha práctica llevó a que los segundos litigios fueran confusos lo que implica violar el principio de "imparcialidad de la administración de justicia".
- Se menciona que también se violó el deber de seguir las reglas de procedimientos al declarar domicilios ficticios con el afán de eludir una potencial inadmisibilidad.
- La abogada señala que resulta contradictorio que alguien afiliado de forma voluntaria intente desconocer los deberes y principios implicados en dicha afiliación.






