Análisis de caso
I. Protección - 20673 - 2023 (Ica Valparaíso)
- 17/07/2023: Wolfenson interpone RP a favor de exuniformado que afirma haber sido desvinculado anticipadamente tras un sumario administrativo. Se solicita a la Corte que se ordene a la parte recurrida la reincorporación inmediata del recurrente y el pago de las remuneraciones devengadas por el tiempo que no estuvo en funciones.
- Parte recurrente con domicilio en la dirección comodín.
- 18/07/2023: Ministros resuelven declarar INADMISIBLE el recurso porque ninguno de los hechos expuestos corresponde con actos arbitrarios u omisiones de acuerdo al artículo 20 de la CPR que regula los recursos de protección.
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II. Protección - 6141 - 2024 (Ica Valparaíso)
- 07/10/2024: Wolfenson interpone RP a favor de la misma parte recurrente del recurso anterior, el texto es diferente pues expone los hechos de otra manera y el recurrente figura con la dirección comodín.
- 08/10/2024: Ministros resuelven la INCOMPETENCIA de la Corte pues la documentación de respaldo presentada por la parte recurrente demuestra que está domiciliado en la Región Metropolitana y que todos los hechos expuestos ocurrieron en dicha región. Se remiten los antecedentes a ICA Santiago.
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III. Protección - 20620 - 2024 (Ica Santiago)
- 09/10/2024: Ingreso de RP a la Corte tras ser remitido por ICA Valparaíso.
- 11/10/2024: Ministros emiten resolución ordenando a la parte recurrente que aclare CUÁNDO, CÓMO y DÓNDE tomó conocimiento del acto donde alega haber sido vulnerado en sus derechos, es decir, el momento en que tomó recibo de su desvinculación. Plazo de cinco días bajo apercibimiento de archivar el RP.
- 21/10/2024: Ministros resuelven ARCHIVAR el recurso porque la parte recurrente no cumplió con lo solicitado el 11/10.
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IV. Protección - 26478 - 2024 (Ica Santiago).
- 17/12/2024: Wolfenson interpone RP con el mismo libelo del recurso anterior.
- 19/12/2024: Ministros emiten resolución ordenando a la parte recurrente que aclare CUÁNDO, CÓMO y DÓNDE tomó conocimiento del acto donde alega haber sido vulnerado en sus derechos, es decir, el momento en que tomó recibo de su desvinculación. Plazo de cinco días bajo apercibimiento de archivar el RP.
- 23/12/2024: Wolfenson ingresa escrito con lo solicitado por la Corte el 19/12.
- 23/12/2024: Módulo de atención al cliente de sistema SITCORTE informó a la Corte de lo siguiente:
- Protección - 20673-2023 (Valpo) declarado inadmisible.
- Protección - 20640-2024 (Stgo) remitido por Valpo por incompetencia (6141-2023) fue archivado.
- Protección - 26478-2024 (Stgo) en tramitación.
- Se señala que todos tienen la misma parte recurrente y recurrida.
- 27/12/2024: Ministros resuelven declarar ADMISIBLE el recurso luego del escrito presentado por Wolfenson. Se da plazo de 5 días a la parte recurrida para ingresar sus descargos.
- 27/12/2024: Ministros resuelven acumular los antecedentes del actual recurso al expediente de Protección - 20620 - 2024 (Ica Santiago).
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V. (III). Protección - 20620 - 2024 (Ica Santiago)
- 27/12/2024: Se ordena DESARCHIVAR el recurso tras resolverse la acumulación de los antecedentes del rol Protección - 26478 - 2024.
- 15/01/2025: La parte recurrida ingresa sus descargos. Solicita rechazar el recurso al no haber ningún derecho constitucional vulnerado según el artículo 20 CPR.
- 08/04/2025: Wolfenson ingresa escrito con nuevos antecedentes.
- 09/05/2025: Relator certifica que solamente el abogado de la parte recurrida participó en los alegatos.
- 09/05/2025: Ministros fallan RECHAZANDO el recurso de protección:
- Se menciona que la Resolución Exenta (REX) que resolvió la desvinculación del recurrente fue con fecha 25/07/2024.
- Se menciona que la parte recurrente alega la ilegalidad de la REX 25/07/2024 como al acto de vulneración de derechos.
- Los recursos de protección tienen plazo de presentación de 30 días corridos desde la ejecución del acto de vulneración de derechos.
- Que el presente RP fue presentado el 09/10/2024 excediendo los 30 días corridos.
- Es IMPROCEDENTE aceptar el argumento de la parte recurrente de que el acto de vulneración de derechos es PERMANENTE, es decir, para obviar los 30 días corridos que establece la Constitución.
- Dado todo lo anterior se falla RECHAZAR POR EXTEMPORÁNEO.
