• ¿Quieres apoyar a nuestro foro haciendo una donación?, entra aquí.

Absuelven Al Asesino De Jaime Mendoza Collío

pagan_Doll

Hincha Huevas
Registrado
2006/01/17
Mensajes
64.763
La Corte Marcial determinó que el actuar del cabo primero Miguel Jara fue "en legítima defensa".



Un quinto disparo impactó por la espalda a Jaime Mendoza y salió por el pecho, causándole la muerte en el lugar al comunero que participaba de la toma al predio.

Por la espalda... Así con la legítima defensa.

Noticia acá
 
que vergüenza wn...

de todas maneras si un wn que pone una bomba no va a la cárcel no se puede esperar mucho más.
 
el titulo no corresponde, si hasta la justicia le dio la razón, legitima defensa

UN TERRORISTA MENOS...
 
La Corte Marcial revocó la condena de presidio dictada contra el cabo primero de Carabineros Miguel Patricio Jara Muñoz por su participación en la muerte de Jaime Mendoza Collío, miembro de una comunidad mapuche que en agosto de 2009 ocupaba ilegalmente el fundo "San Sebastián", en Ercilla, Región de La Araucanía, y quien falleció baleado en el desalojo realizado por la policía uniformada.

En primera instancia, el 11 de noviembre de 2011, el Tribunal Militar de Valdivia había condenado al funcionario policial a la pena de cinco años y un día de presidio, como autor del delito de violencia innecesaria con resultado de muerte, pues un disparo de su arma de servicio le provocó la muerte a Mendoza.

La Corte Marcial estimó, sin embargo, que Jara "actuó en legítima defensa". Para este tribunal de segunda instancia -el caso aún puede llegar a la Corte Suprema vía casación-, es clave comprender que el carabinero había sido atacado por los ocupantes del predio. "¿Qué otra defensa cabía a un carabinero que, solo como estaba, se ve atacado por un grupo indeterminado de personas que le lanzan piedras y le disparan con escopeta al menos en dos oportunidades?", se pregunta la resolución adoptada por los ministros Juan Cristóbal Mera, Joaquín Billard, Felipe Cunich, Juan Hargous y Juan Carlos Gutiérrez. "Claramente -añade el fallo-, su reacción fue la única posible, la de adoptar una posición de defensa y protección de su persona y hacer uso de su arma de fuego, disparando inicialmente tres veces al aire, posteriormente un cuarto tiro también al aire y finalmente un quinto, al verse atacado nuevamente, dirigido este último al grupo de atacantes, con el luctuoso resultado que se conoce en estos autos". Al reconstruir los hechos, la sentencia indica que luego de la toma del fundo "San Sebastián", la fiscalía de Angol ordenó a Carabineros desalojar el predio y detener a los ocupantes en caso de flagrancia.

Por la espalda

Tal instrucción se materializó a las 14:30 horas del 12 de agosto de 2009, con la llegada al predio de personal de Fuerzas Especiales y del GOPE. Estos últimos, dice la resolución, se separaron en dos grupos. Jara iba en uno de ellos, y en un momento se adelantó persiguiendo a un grupo de personas que le lanzaron elementos contundentes y le dispararon con escopetas. El policía recibió un impacto en su visor y otro en su chaleco táctico. Jara respondió disparando de la manera antes descrita con su pistola Jericho 9 milímetros. Luego de percutar el arma cuatro veces al aire, y como aún era objeto de tiros de escopeta, agrega el fallo, el carabinero hizo un quinto disparo contra los agresores, "causándole la muerte a uno de ellos".

La Corte Marcial desestimó versiones de otros mapuches que aseguraron que ninguno de ellos estaba armado. Según el tribunal, Jara "fue víctima de una emboscada" y al menos uno de los ocupantes del fundo, Luis Mendoza Millape, disparó una escopeta. Sobre las imputaciones hechas contra Jara porque la bala que mató a Mendoza entró por la espalda y salió por el pecho, los jueces afirman que, según los peritajes, es "absolutamente verosímil entender que al ver que el cabo Jara se aprestaba a defenderse, Jaime Mendoza Collío girara, siendo en ese momento alcanzado por la bala".

La noticia completa y no intencionadamente editada y citada como lo hace la autora del tema :cafe3:
 
Por la espalda... Así con la legítima defensa.

:zippymmm:
No sé yo, pero creo que la mayoría si ve un arma o se mea o sale arrancando como marica, lo cual explicaría el disparo en la espalda.
Si me atacan 20 wns y tengo un arma, no haré los disparos a las piernas, lo haré a matar y ojalá en la cabeza, ya que una bala en el abdomen puede demorarse como 20 minutos en causar la muerte.
Si se probó que los wns lo atacaron, es defensa se mire por donde se mire, ya que los mapuches tampoco son santos.
Si los aweonaos creyeron que no es un acto de terrorismo poner una bomba en una "propiedad privada" de uso público, entonces con menor razón esto es asesinato.

Menos abertura de piernas con la todo lo que sea actosh shoshiales y más uso del cerebro :up:
 
Así con los pensamientos tendenciosos de la autora del tema, justifica al terrorista Pitronello, pero sentencia la acción homicida del funcionario policial.

Ambos casos deberían haber sido castigados, pero tanto como la -callampera- justicia chilena como cierta parte de los "zurdeques" y "fachos de pobla", no piensan así.

Shile :awesomehands:
 
[background=rgb(38, 38, 38)]Tal instrucción se materializó a las 14:30 horas del 12 de agosto de 2009, con la llegada al predio de personal de Fuerzas Especiales y del GOPE. Estos últimos, dice la resolución, se separaron en dos grupos. Jara iba en uno de ellos, y en un momento se adelantó persiguiendo a un grupo de personas que le lanzaron elementos contundentes y le dispararon con escopetas. El policía recibió un impacto en su visor y otro en su chaleco táctico. Jara respondió disparando de la manera antes descrita con su pistola [/background][background=rgb(38, 38, 38)]Jericho [/background][background=rgb(38, 38, 38)]9 milímetros. Luego de percutar el arma cuatro veces al aire, y como aún era objeto de tiros de escopeta, agrega el fallo, el carabinero hizo un quinto disparo contra los agresores, "causándole la muerte a uno de ellos".

dfdlq0.jpg
[/background]


Algo para reir en medio de esta mierda de tema tendencioso :cafe3:
 
Así con los pensamientos tendenciosos de la autora del tema, justifica al terrorista Pitronello, pero sentencia la acción homicida del funcionario policial.

Ambos casos deberían haber sido castigados, pero tanto como la -callampera- justicia chilena como cierta parte de los "zurdeques" y "fachos de pobla", no piensan así.

Shile :awesomehands:

Uno fue contra un BANCO, el otro contra una PERSONA.La cosa es simple personas > propiedad.
 
Estaba claro que lo iban a proteger, siendo este actuar abalado por el gobierno, ya hemos visto su actuar con niños y mujeres, sembrando el terror y odio en estas zonas.

Lamentablemente acá no hay buenos abogados ni dinero para invertir en juicios justos, ni mucho menos apellidos europeos de por medio.

Ni siquiera fue considerada la versión de los otros mapuches en el lugar, pero por el contrario seguramente todas las versiones de los carabineros en el lugar del homicidio.


Debe ser penoso para los mapuches ser considerados y tratados como animales en su propia tierra.

En este país ya se ha instaurado la justicia para ciudadanos de 1º y 2º categoría bajando un peldaño más para ciudadanos mapuches, 3º categoría.
 
Entonces, según la autora de este tema, ¿Que debió haber hecho el policía?, además le pregunto sobre sí vé a una persona sacar un arma ¿Que haría? -yo personalmente me doy vuelta y corro lo mas lejos que pueda-.
 
no tiene nada de raro que sea legitima defensa y le llego el disparo por detroit, si disparan con escopetas y arrancan, no creo que corran de espaldas despues de tirar al bulto o a la masa de pacos o vehiculos.
 
Entonces, según la autora de este tema, ¿Que debió haber hecho el policía?, además le pregunto sobre sí vé a una persona sacar un arma ¿Que haría? -yo personalmente me doy vuelta y corro lo mas lejos que pueda-.

Si al ver el arma, la persona se voltea y corre... consideras aún necesario el disparo? :huh:
 
Estaba claro que lo iban a proteger, siendo este actuar abalado por el gobierno, ya hemos visto su actuar con niños y mujeres, sembrando el terror y odio en estas zonas.
Debe ser penoso para los mapuches ser considerados y tratados como animales en su propia tierra.

Esos dos puntos, los comparto.
Los wns se han pasado, se han ido al porcino :chancho: pero ten en cuenta que haya pasa casi lo mismo que sucede en poblaciones flaites donde se protege al "delincuente", y por lo mismo en otro tema puse "espero que tal como usan la fuerza en terreno mapuche, se use la misma fuerza y operativo contra delincuentes y narcotraficantes", de 50 narcos que tienen identificados, con cuea atrapan a 10 y con 2 hacen el show que sale en la tele a lo DEA.
Ladrones de cuello y corbata que salen impunes y siguen robando, a los cuales no les hacen redadas, con cuea hay 2 personas de la PDI, ya que no andan en los cacharros de los verdes, y sería todo, y además pareciera escolta para que no los dañen :nonono:

En este caso en particular, al verde es bien poco lo que se le puede atribuir, por lo que expuse en mi anterior post, turba que ataca a una o dos personas, si el wn quiere salir casi ileso no le queda otra que disparar. El año pasado vimos como un montón de cobardes atacó a un verde, el paco solo tenía la luma, en Santiago por algún motivo no les dejan usar armas :zippymmm: , y lo agredieron incluso con fierros y palos. Eso es defensa personal.
 
Si al ver el arma, la persona se voltea y corre... consideras aún necesario el disparo? :huh:

Jajajjajajaj pensé lo mismo cuando leí su comentario.

Y la respuesta es claramente lo que diferencia a un ser humano pensante, de un animal cegado por su ira y poder.
 
Volver
Arriba