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ahora los Mapuches quieren ir a la Haya...

Tratados y acuerdos históricos en la cuestión mapuche
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BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL DE CHILE


Durante la Colonia, los parlamentos fueron sistemas de negociación de la paz entre las autoridades de España y las autoridades mapuche, en donde los mapuche debieron asumir múltiples obligaciones, sin embargo, donde también se reconocía la frontera en el río Bío Bío, la que ninguno podía cruzar sin el permiso del otro, diferenciando así los territorios y jurisdicciones de ambas partes.

Durante la formación de la república de Chile y la expansión territorial en el siglo XIX, Chile suscribe en algunos casos tratados y/o acuerdos con representantes mapuche como también con otros Estados. Estos documentos involucraron aspectos relativos a la soberanía, fronteras, sujeción de población indígena a leyes nacionales, entre otras, sin embargo, no fueron observados ni ratificados, primando finalmente la dictación de leyes de radicación, y la ocupación militar de la Araucanía, y una pérdida progresiva de tierras por parte de los mapuche.

Respecto a los acuerdos celebrados durante el período republicano (y en especial los tratados de Tapihue y de Tantauco), éstos están siendo utilizados en forma creciente por los mapuche como instrumentos para reivindicar derechos y exigir reparación de daños, tomado como referencia lo sucedido, y también por la importancia y la valoración que se les está dando a este tipo de tratados a nivel internacional y comparado.

Tabla de Contenidos
Introducción 2
I. Los parlamentos en la relación españoles/mapuche 2
II. Los mapuche en la formación de la República de Chile y la celebración de acuerdos y tratados durante el siglo XIX 4
1. Antecedentes generales de los tratados y acuerdos celebrados 4
2. El Tratado de Tapihue de 1825 y la posterior expansión territorial 5
3. El Tratado de Tantauco (1826) y las tierras Huilliche 7
III. Interpretaciones contemporáneas de los parlamentos y otros acuerdos 8
ANEXO 1 Cronología de Parlamentos celebrados con la Corona de España 11
Anexo 2 Cronología de los Parlamentos/acuerdos celebrados con la República de Chile 13





Introducción

Se analiza situación actual en torno al conflicto de tierras que existe entre Estado chileno y los mapuches, a la luz de los tratados y acuerdos históricos suscritos entre autoridades españolas, autoridades chilenas y autoridades mapuche, desde el año 1541.

El primer capítulo desarrolla brevemente la relación que llevaron los españoles con los mapuche a través de los parlamentos, introduciendo el sentido que tuvieron los mismos, y destacando alguno de los más relevantes, a modo de ejemplo.

El segundo capítulo informa sobre los acuerdos y parlamentos que se celebraron durante la formación de la República de Chile y el período de expansión territorial, dando cuenta de sus principales contenidos, el sentido que habrían tenido para mapuches y para chilenos, así como también las políticas que se llevaron a cabo los años siguientes a su realización. Se desarrolla con mayor profundidad los contenidos del Parlamento de Tapihue (1825) y el de Tantauco (1826), a razón de que ambos han sido relevados de manera creciente por dirigentes y autoridades mapuche en el marco del actual conflicto.

Finalmente, el tercer capítulo da cuenta del contexto internacional y comparado a partir del cual autoridades indígenas demandan la vigencia de los tratados y acuerdos históricos, describiendo los alcances y actuales interpretaciones indígenas de algunos de estos instrumentos.

I. Los parlamentos durante la colonia

La empresa de conquista iniciada el siglo XIV, es un período marcado por la violencia, la guerra y la destrucción de la sociedad indígena. Durante este período las poblaciones indígenas ubicadas al norte del río Bío Bío, terminaron por incorporarse a la lógica de los españoles (como mano de obra al sistema de producción español, denominado encomienda). Sin embargo, los mapuche que se encontraban al sur de dicho río se resistieron, y logran expulsar a los hispano -criollos de la zona de la Araucanía. Así, la Corona española se vio obligada a establecer una política de Parlamentos y tratados con los Mapuche, entendidos como sistemas de negociación de la paz entre las autoridades de España y las autoridades mapuche .

Refiriéndose a los parlamentos celebrados en la Araucanía, Bengoa los ha descrito como “un verdadero congreso en el que se reunían los sujetos que detentaban el poder y quienes lo legitimaban. Caciques gobernadores, lonkos, ulmenes y capitanejos establecían un diálogo directo con el gobernador del reino en presencia de los representantes de la audiencia, del cabildo, de la iglesia y del ejército, además de cientos de conas y milicianos, que en esos momentos actuaban como el “pueblo” que sancionaba con su presencia los acuerdos. A partir de este diálogo y de las discusiones que allí tomaban lugar, se establecían las reglas del juego fronterizo y se renovaba públicamente el consenso que regulaba el intercambio entre ambas sociedades” .

Se habrían celebrado entre 28 a 30 Parlamentos generales entre los mapuche y españoles durante la colonia - dentro de los cuales destacan el de Quilín de 1641 y 1647, y más tarde el de Negrete, en 1726, aunque existieron además muchos otros de carácter local y regional, siendo el último celebrado en 1803 (ver lista de parlamentos en anexo).

De este modo, vale resaltar que en el Parlamento de Quilín (1641), se reconoce la frontera del territorio Mapuche en el río Bío Bío y la autonomía de sus habitantes al sur de dicho deslinde; los españoles deben despoblar la ciudad de Angol y los mapuche se comprometen a no vulnerar la frontera, devolver a los prisioneros y dejar predicar a los misioneros en su territorio (..), y el de Negrete (1726) incluye entre sus disposiciones el reconocimiento del rey de España, el acuerdo de la construcción de fuertes en el lado sur de río Bío Bío, la aceptación del Bautismo y de la instrucción por parte de las misiones, el mantenimiento de los sistemas de justicia indígena en su propia jurisdicción, y la prohibición del ingreso de empresas españolas privadas dentro del territorio mapuche .

Conforme a León, los hispano-criollos y los mapuche les otorgaban una gran trascendencia política, y reconocían el carácter normativo que adquirían las decisiones que allí se elaboraban, en donde los mapuche debieron asumir múltiples obligaciones, sin embargo, donde también se reconocía la frontera en el río Bío Bío, la que ninguno podía cruzar sin el permiso del otro, diferenciando así los territorios y jurisdicciones de ambas partes .

II. Los mapuche en la formación de la República de Chile y la celebración de acuerdos y tratados durante el siglo XIX

1. Antecedentes generales de los tratados y acuerdos celebrados

Durante la formación de la República y la expansión territorial durante el siglo XIX, Chile suscribe en algunos casos tratados y/o acuerdos con representantes indígenas como también con otros Estados. Estos documentos involucraron aspectos relativos a la soberanía, fronteras, sujeción de población indígena a leyes nacionales, entre otras. Durante este período se habrían realizado 22 parlamentos/acuerdos desde 1811 hasta 1882 (ver anexo 2), es decir, durante la emancipación definitiva del dominio y la resistencia española, y en el proceso de expansión territorial que fue llevado a cabo a partir de la segunda mitad del siglo XIX. Algunos de ellos se habrían celebrado efectivamente, mientras que otros no, y sólo algunos cuentan con una constancia escrita de los acuerdos tomados, o bien con las firmas de parte de los mapuche autorizando tal o cual acuerdo .

Soledad Torrecuadrada sostiene que los tratados y acuerdos celebrados habrían sido para los mapuche instrumentos de paz y de amistad, y su contenido habría consistido en el establecimiento de normas para organizar la coexistencia en el mismo territorio de grupos indígenas y no indígenas. Por el contrario, la interpretación no-indígena de los mismos - en particular que se observa durante el período chileno - habría supuesto su consideración como instrumentos por los que los pueblos indígenas se sometían voluntariamente a la jurisdicción de los poderes no indígenas, cediéndoles sus tierras de manera incondicional, así como su autoridad sobre las mismas .

Para Contreras Painemal, lo anterior se entiende en el contexto del paradigma del Iluminismo, influenciado por el evolucionismo, que en la práctica implicaba que los mapuche deberían alcanzar la civilización, integrándose a ella para salir de su estado de salvajismo. De aquí, se presenta la idea de los parlamentos como “un fracaso”, debido precisamente al estado de “barbarie” en que vivían los mapuche .

2. El Tratado de Tapihue de 1825 y la posterior expansión territorial

El año 1923 se aprueba en el Congreso, la realización de un parlamento general con los mapuche –entonces llamados araucanos- con el objeto de hacer las paces, lograr la liberación de prisioneros de guerra, y para extender la línea de demarcación de la frontera, que en aquel entonces estaba fijada en el río Bío Bío. Un decreto aprueba un presupuesto para su celebración y para la redención de los prisioneros, e indica además el repoblamiento de algunas ciudades ubicadas al sur de la frontera .

Dicho parlamento se celebra en enero de 1825 en los llanos de Tapihue, representado por el Coronel Pedro Barnechea y el Lonko Francisco Mariluán, y tiene como resultado un tratado , que consta de 33 artículos, cuyos principales contenidos son:

a) El Estado se compone desde el despoblado de Atacama hasta los últimos límites de la provincia de Chiloé (Art. 2) y que todos sus habitantes serán tratados como ciudadanos chilenos (Art. 3) , y que quedan sujetos a las mismas obligaciones de éstos y a las leyes que se dicten (Art. 4).

b) El Tratado también reconoce al Bíobío como “la línea divisoria de estos nuevos aliados hermanos” (Art. 19, 20 y 22), y establece ciertas reglas de operación desde un punto de vista jurisdiccional:

- Se dispone el uso de un pasavante para quien pase de uno u otro lado, estipulando que el que no lo hiciere será castigado como infractor a la ley (Art. 22);

- Se establece que las autoridades mapuche, desde la ratificación del tratado no permitirán que ningún chileno exista en sus dominios, por convenir así a la paz, la unión y seguridad general y particular de estos nuevos hermanos (Art. 18); establece que el chileno que sea aprendido robando en tierra mapuche será castigado por el Cacique bajo cuyo poder cayere (Art. 19);

- Se declaran algunos boquetes habilitados para el cruce de la línea divisoria (Art. 23), y se establece que, una vez hecha la paz, se ordenará el retiro y la incorporación de los destacamentos del ejército chileno a sus respectivos regimientos (Art. 32).

Una vez celebrado y firmado el Tratado, éste es ingresado vía oficio al Congreso por el Supremo Gobierno el 21 de marzo de 1825, y por acuerdo, pasado en informe a la Comisión de Relaciones Exteriores . Sin embargo, con posterioridad a esta fecha no se encontraron más referencias ni al oficio ni al tratado en los cuerpos legislativos de la época .

En los años siguientes la política hacia los mapuche y el trato con la frontera del Bío Bío cambia sustancialmente: a partir de la segunda mitad del siglo XIX, se comienzan a dictar las primeras leyes de radicación de indígenas (1866 y 1874), en las que se da prioridad a los colonos extranjeros en la ocupación del territorio de la Araucanía , quedando los mapuche con sólo un 10% aproximadamente de sus tierras ancestrales.

En la década de los ochenta se produce el avance expansivo hacia el Sur de las líneas de fronteras establecidas en el río Malleco en el año 1866, concretándose la ocupación completa de la Araucanía por parte del ejército chileno .

De acuerdo al informe de la Comisión de Verdad Histórica y Nuevo Trato, este proceso expansivo del Estado fue, después de la conquista europea, el segundo gran hito de la historia de los pueblos originarios de Chile, y que dejó dolorosas consecuencias que se arrastran hasta el día de hoy. Algunas de éstas son reducción territorial, fragmentación social, pérdida patrimonial, pérdida de vigencia de sistemas normativos propios, pérdida de sus idiomas por políticas de castellanización forzosa, entre otras .

Una visión distinta es la del historiador Sergio Villalobos, quien sostiene que este proceso habría sido de mutua conveniencia, ya que los pueblos indígenas se habrían sentido atraídos por los bienes materiales y por la nueva situación creada por los dominadores, cayendo en la tentación, y adaptándose “de alguna manera a ella, transformando sus costumbres, y pasando a depender de su contenedor por las nuevas necesidades que han surgido” .

Pese a que las leyes 1866 y 1874 buscaban proteger la tierra de los indígenas, en la práctica el Estado no tuvo la capacidad de controlar los abusos que se dieron en la zona, los que llevaron a que muchos mapuches fueran despojados de sus tierras por diversas vías .

Durante las tres primeras décadas del siglo XX es cuando se producen las mayores usurpaciones de las tierras contenidas en los Títulos de Merced, empleándose por lo general, medidas de fuerza para arrebatarles las tierras a los indígenas, y hacia 1929 existían ante los tribunales 1.219 juicios por recuperación de tierras comunales .

A contar de 1927 y hasta 1989, la política indígena implementada por el Estado, con respecto al pueblo mapuche, es la de la división de las comunidades y el otorgamiento de títulos individuales de dominio , período en el que, de acuerdo a los estudios consignados en el informe de la CVHNT, se continúa con la usurpación de tierras indígenas bajo distintas modalidades.

Se afirma que en la apropiación de el territorio mapuche primero, y luego la forma en que se llevó a cabo el proceso de radicación y el reparto de sus tierras, está el origen de un conflicto que además de haber tenido efectos inmediatos en la sociedad mapuche de entonces, entrampó hasta nuestros días a numerosas comunidades en largos litigios con particulares .

3. El Tratado de Tantauco (1826) y las tierras Huilliche

Este tratado fue suscrito el 15 de enero de 1826 en Chiloé entre las autoridades militares patriotas –encabezadas por el general Ramón Freire - y el gobernador español Antonio Quintanilla, y puso fin a la guerra entre chilenos y españoles.

En él se reconoce la inviolabilidad y respeto, de los bienes y propiedades de todos los habitantes de la provincia (Art. 7), entre ellos, según Bengoa, las propiedades que habían sido reconocidas en dominio a las comunidades mapuche-huilliche por Títulos Realengos otorgados por la Corona Española . Por lo tanto, corresponde a una situación que afectó a los Mapuche Huilliche, pero sin que éstos hayan sido parte de, ni hayan sido mencionados en el instrumento en cuestión.

Durante los años 1829 y 1837 el Estado de Chile realiza la mensura de las tierras huilliche, pasando una gran porción de la isla a manos del Estado, el que inicia la venta y subasta de tierras junto a un proceso de poblamiento a través de la instalación de migrantes europeos .

Posteriormente, en el año 1900 el Fisco inscribió a su nombre –como “Dominio sin Título”– gran parte de los predios mapuche-huilliche, dejando como propiedad indígena solo algunos retazos ubicados en el borde mar, sectores en donde las familias tenían ubicadas sus viviendas y huertos . Todo lo demás, correspondiente a las tierras del interior, sectores de antigua ocupación indígena en ganadería, ramoneo y recolección de leña, fueron declarados fiscales.

Gran parte de la territorialidad mapuche-huilliche ingresó por esta vía al patrimonio estatal y fueron desconocidos los títulos de dominio otorgados por representantes de la Corona , debido a que el procedimiento de inscripción fiscal contempló el otorgamiento de un plazo para que se presentaran las oposiciones de los particulares que se sintieran perjudicados en sus derechos, sin embargo, de acuerdo a Bengoa, los mapuche-huilliche no presentaron oposición dado el desconocimiento que tuvieron del proceso, la incomprensión del mismo, la lejanía y el difícil acceso a los centros de información .

III. Interpretaciones contemporáneas de los parlamentos y otros acuerdos

Varios referentes organizacionales e intelectuales mapuche, han asumido a los parlamentos de la Colonia como una fuente de legitimación de sus demandas territoriales y culturales. Desde una perspectiva histórico- jurídica, sostienen que los que tuvieron lugar durante la Colonia suponen un reconocimiento del estatus independiente del pueblo mapuche y de su territorio, dado que en ellos se reconoce una frontera entre la Corona Española y los mapuche, y que deben ser considerados como un tratado internacional .

Respecto a los acuerdos celebrados durante el período republicano (y en especial los tratados de Tapihue y de Tantauco), éstos están siendo utilizados en forma creciente por los mapuche y huilliche como instrumentos para reivindicar derechos y exigir reparación de daños, invocando el status de sujetos de derecho que les ha otorgado la legislación internacional, y también la valoración y la resignificación que les está otorgando a estos instrumentos algunos organismos internacionales y a nivel comparado .

Al respecto, un estudio presentado a las Naciones Unidas en 1999 plantea que los tratados y acuerdos deben ser tomados como un asunto de importancia independientemente de su validez jurídica, ya que también tienen importantes consecuencias políticas y éticas, producto de “la deuda que ha contraído la humanidad con estos pueblos, debiendo compensarlos por razones de equidad y de justicia histórica” . Por lo mismo, se recomienda otorgar igual valor o peso a la interpretación que hacen los pueblos indígenas de tales documentos. En esta misma línea, la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas (2007) en su artículo 37, reconoce por una parte, la urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas, mientras reconoce también el derecho de estos pueblos, a que los tratados y arreglos concertados con los Estados o sus sucesores, y que sean reconocidos, observados y aplicados.

En este marco, el “Tratado de Tapihue” es citado por dirigentes y autoridades para reivindicar derechos al territorio y a la autonomía, invocando que en él se reconoce a autoridades mapuche, y reconoce un territorio mapuche, aludiendo especialmente a sus artículos 18, 19 y 20.
Respecto al Tratado de Tantauco, para el Consejo de Caciques de Chiloé (huilliches), los títulos Realengos otorgados por la Corona española y reconocidos en él, se han transformado en la principal prueba de la posesión histórica del territorio y de la existencia misma de éste, y han pasado a constituir el fundamento documental de sus demandas reivindicativas hasta el presente .


ANEXO 1 Cronología de Parlamentos celebrados con la Corona de España

1.- 1541 Parlamento con Pedro de Valdivia en Santiago
2.- 1550 Parlamento con Pedro de Valdivia en Concepción
3.- 1551 Parlamento con Pedro de Valdivia en La Imperial
4.- 1593 Parlamento con Oñez de Loyola
5.- 1605 Parlamento en Concepción con el Gobernador García de Ramón
6.- 1605 Parlamento de Paicavi
7.- 1610 Parlamento con las parcialidades de Tucapel y Arauco
8.- 1612 Parlamento de Catiray
9.- 1615 Paces ofrecidas por los Indios de Valdivia y Osorno
10.- 1641 Parlamento de Quilin
11.- 1647 Parlamento de Quillin
12.- 1649 Parlamento de Quillin
13.- 1650 Parlamento con el gobernador Acuña en Nacimiento
14.- 1651 Parlamento con el Gobernador Acuña en Boroa
15.- 1651 Parlamento General de Boroa
16.- 1652 Parlamento de Toltén
17.- 1671 Parlamento General de Malloco
18.- 1674 Parlamento celebrado en Concepción con el Gobernador Henríquez
19.- 1682 Parlamento de la Imperial celebrado con el Gobernador Garro
20.- 1683 Parlamento de la Imperial celebrado con el Gobernador Garro
21.- 1692 Parlamento General de Yumbel
22.- 1693 Parlamento en Concepción
23.- 1694 Parlamento General de Choque-Choque
24.- 1700 Parlamento de Maquegua
25.- 1716 Parlamento con los Caciques Mayupilquian y Yati
26.- 1716 Parlamento General de Tapihue
27.- 1721 Parlamento de Tapihue con el Gobernador Cano de Aponte
28.- 1724 Parlamento de Paz con los Caciques de la costa y los llanos
29.- 1726 Parlamento General de Negrete
30.- 1735 Parlamento de Tapihue con el Gobernador Manuel de Salamanca
31.- 1738 Parlamento General de Tapihue
32.- 1739 Parlamento de Negrete
33.- 1742 Tratado de Paz con los Indios Pampas
34.- 1746 Parlamento General de Tapihue
35.- 1756 Parlamento General de Salto del Laja
36.- 1759 Parlamento con el Gobernador Amat en Concepción
37.- 1760 Parlamento de Santiago con Embajadores Mapuches
38.- 1764 Parlamento General de Nacimiento
39.- 1765 Parlamento con el Cacique Gobernador Caticura.
40.- 1768 Parlamento con Curiñancu en Concepción
41.- 1770 Tratado de Paz entre Manuel Pinazo y los Aucas
42.- 1770 Parlamento con los Pehuenches y Llanistas
43.- 1771 Parlamento General de Negrete
 
http://voces.latercera.com/2014/01/28/pedro-cayuqueo/hablemos-de-tratados/

¿Hablemos de Tratados?

Han transcurrido 24 horas del fallo en La Haya y aún no logro entender cómo fue que Chile ganó perdiendo. Escucho nuevamente al Presidente Piñera en cadena nacional y por más que trato, imposible.Con lo del “triángulo terrestre del hito 1 equidistante de la línea de base” como que me perdí. Chile, país de eufemismos.

Un diplomático de carrera con quien hablo del tema en Ginebra -estoy cubriendo por estos días en Suiza el examen de Chile ante la ONU- reconoce, sin anestesia, que se trató de una derrota diplomática de proporciones.“Ningún mandatario quiere entregar un país con menos territorio que el que recibió.Reconocerlo sería un suicidio político”, agrega. Ok. Esta explicación me hace mucho más sentido. Estamos, a fin de cuentas, ante una victoria de la diplomacia peruana y ante una derrota de la diplomacia chilena. Todo lo demás, cantinfleadas. Caso cerrado.Se levanta la sesión.

Más allá de las implicancias geopolíticas del fallo y su incidencia en la rotación de la Tierra -sospecho que los únicos reales perdedores serán, una vez más, los peces-, lo acontecido en La Haya no deja de llamar mi atención como periodista y ciudadano mapuche. En especial este súbito apego chileno por la “inviolabilidad de los Tratados”, principio reafirmado en el reciente litigio con Perú por el Presidente Piñera, sus ministros, cuerpo diplomático y -por sobre todos ellos- el diputado PPD Jorge “Adiós al Séptimo de Linea” Tarud. “Si ponemos en duda los tratados, ese es un camino que no queremos recorrer”, recalcó el propio mandatario chileno en 2013 a propósito de otro vecino incómodo para La Moneda, Evo Morales, quien acusó a Piñera de “ignorar” la historia al afirmar que era “imposible” dar a Bolivia una salida soberana al mar.Morales, ni tonto ni perezoso, no se quedó sólo en el lamento. En abril de 2013 demandó también a Chile ante La Haya.

Si de “inviolabilidad de los Tratados” se trata, hablemos entonces de Tapihue, tal vez el principal Parlamento o “Koyang” celebrado entre los mapuche y la recién conformada República de Chile,acontecimiento histórico del cual, de seguro, muchos no tienen ni la más remota idea. Este tuvo lugar en las riberas del río Tapihue, al este de Yumbel, entre el 10 y el 14 de enero de 1825, durante el gobierno del general Ramón Freire. Tuvo como finalidad poner fin a las hostilidades mapuche derivadas de su alianza con los realistas españoles y acordar el estatuto que regularía sus relaciones con el Chile independizado. Por el lado chileno, y enviado por el Congreso, actuó el Coronel de la Frontera, Pedro Barnechea, mientras que los mapuche fueron liderados por el reconocido Lonko Mariluan.No se trató de una tomatera colectiva, como gusta todavía caricaturizar este tipo de encuentros la historiografía oficial chilena. Fue, a todas luces, un acuerdo de alta diplomacia del cual constan numerosas actas y registros.

FOTO2

¿Qué acordaron en Tapihue autoridades chilenas y el pueblo mapuche? Ni más ni menos que la ratificación del río Biobío como la frontera entre ambos pueblos, límite emanado a su vez de otro Parlamento,el de Quillen, celebrado en las márgenes del río del mismo nombre un 6 de enero de 1641 .Así lo establecía el artículo 18 de Tapihue, al consignar que “los caciques no permitirán que ningún chileno exista en los terrenos de su dominio por convenir así al mejor establecimiento de la paz”. Tan moderno era el tratado que incluía desde acuerdos de extradición (“Queda obligado de ultra Biobío a entregar todo oficial o soldado enemigo y que casualmente se abrigue en sus territorios”. Art. 8) hasta el tratamiento de prisioneros de guerra (“Cada cacique entregará al gobierno las familias que hayan sido conducidas allí prisioneras en la pasada guerra,quedando el gobierno con la obligación de hacer lo mismo con cuantas personas de la tierra hubiesen en sus dominios”. Art 9).

Sabemos que los tratados modernos, casi siempre, norman relaciones comerciales. Tapihue no fue la excepción. “Nuestros comerciantes serán tratados fraternalmente cuando se internen en sus terrenos”, establecía el artículo 18. El 28, por su parte, señalaba que “todos los comerciantes que hagan sus giros sobre las provincias de Valdivia o Chiloé, tendrán el pase y auxilio necesario, mostrando el pasavante a los Caciques Gobernadores”.Si, leyó bien, pasavante, figura usada hasta el día de hoy en zonas limítrofes y que permite el tránsito de productos libres de impuesto.Así lo establecía el Artículo 22 de Tapihue, al indicar que “la línea divisoria no se pasará para esta ni para aquella parte sin el respectivo pasavante, y el que lo haga sin este requisito será castigado como infractor de la ley”. Y viceversa, “queda obligado el gobierno a facilitarles (a los mapuche) el paso para este y el otro lado del Biobío a fin de evitar incomodidades en su comercio, que podrán extender hasta lo últimode la República con la condición de pedir el correspondiente pasaporte por medio del comisario al Jefe de Frontera” (Art.30).

Volviendo al reciente fallo de La Haya, los mapuche no podríamos estar más de acuerdo con aquello de la “inviolabilidad de los tratados”. Y es que Tapihue sólo es uno de la veintena de acuerdos firmados por nuestros antepasados con la Corona Española y la República. Tratados que a juicio del Relator de Naciones Unidas, Sr. Miguel Alfonso Martínez Cobo, eran relaciones contractuales entre naciones soberanas, con numerosas implicancias en el actual derecho internacional. “El origen, causas y desarrollo de estos instrumentos jurídicos podría compararse, prima facie, y desde ciertos puntos de vista, a los de ciertos tratados indígenas en los territorios británicos y franceses de Norteamérica”, concluye el relator en un Informepresentado a la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de las Minorías el año 1999 .La comparación que Martínez realiza de los Parlamentos Mapuche con los países del Commonwealth no es trivial. En el caso de Nueva Zelanda, el Tratado de Waitangi entre Maoríes y la Corona Británica constituyó la base sobre la cual se cimentaron las actuales y avanzadas políticas indígenas de la isla.¿Y si en Chile transitamos por el mismo camino? Mucho mejor que llegar a un juicio en La Haya. Se me ocurre.[DOUBLEPOST=1443300771,1443300529][/DOUBLEPOST]http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0719-12432011000200007&script=sci_arttext
 
el tratado es previo a la haya, la que solo ve litigios entre paises...asi que no a lugar...y que la chancha deje la banda colgada antes de ganarse una patada en el culo.
 
el tratado es previo a la haya, la que solo ve litigios entre paises...asi que no a lugar...y que la chancha deje la banda colgada antes de ganarse una patada en el culo.

y que carajo estamos viendo con los Bolivianos???


ya da miedo , este pacto huevón

salirse y olvidar

listo lo mejor...
 
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¿ Y ustedes creen que van a apoyar a unos indios alcohólicos ?
 
Leí el titulo y me imagine una vieja guatona, con ambas manos apoyadas en sus ovaladas caderas diciendo eso, con tono chillón.
 
tanto webeo:porqueami:, si van a la Haya obligarán a :idolo:Chile negociar con los Mapuches.

les daremos becas Indígenas y atención primaria de salud gratuita, ah y una que otra platita pa que no webeen.
o eso ya se lo dan?
 
Pataleos inútiles. De nada les va a servir.

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La mejor manera de terminar con el hueveo de los indios borrachines qliaos en el sur es enviar milicos a la zona :tank::malosi:
:protesta:¡MILITARIZACIÓN DE LA ZONA MAPUCHE AHORA!:protesta:
:protesta:¡QUE TORTUREN Y LUEGO QUEMEN EN UNA HOGUERA:enlahoguera:AL CHUCHESUMADRE DE AUCÁN HUILCAMÁN!:protesta:
:protesta:¡MANDEN DE UNA VEZ POR TODAS A LA CONCHESUMADRE AL TRIBUNAL QLIAO DE LA HAYA, MANGA DE POLÍTICOS REQLIAOS CALLAMPEROS SACOS DE WEAS!:protesta:
 
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