Cago el forazo:
"La normativa sanciona a personas que públicamente, o a través de cualquier medio apto para su difusión pública, inciten “directamente al odio en contra de un grupo de personas o de un miembro de tal grupo, basado en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad y expresión de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad”