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Castilla: A Ministra Del Medioambiente No Le Gustó Fallo De La Corte Suprema

Hartomes

Vac@
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Frente al fallo de la Corte Suprema que deja parado el proyecto de la central termoeléctrica Castilla por presentar estudios de impacto ambiental por separado, la ministra del medioambiente María Ignacia Benítez dice textualmente:

“el fallo se acata, pero no comparto el razonamiento del fallo. No estoy aquí para defender un proyecto determinado, sino que estoy por defender la institucionalidad ambiental” (...)
“el criterio que utilizaba la Corte hace unos tres años atrás era opinar sobre la legalidad del proceso, pero no decía cómo tenía que solucionarlo. Al variar estos criterios, claro que se generan incertidumbres y se debilita a la institucionalidad ambiental”.

Estos dichos que se quejan de la judicialización de este tipo de temas se suman a los dichos del Presidente con inversionistas extranjeros en Australia, en donde reconoce las inquietudes de los empresarios por la falta de "seguridad jurídica" a la hora de presentar proyectos de inversión.

Ministra Benitez
Piñera

En fin... Parece que la "institucionalidad" se malacostumbró a dejar que el empresariado haga las cosas a la pacotilla en vez de seguir la ley tanto en la letra como en el espíritu.
 
Esta misma es quien dijo hace un tiempo atrás que no importaba el medio ambiente sino que se cumpla la legislación ambiental vigente.
 
esa vieja debe ser de las que mas plata corta por concepto de coimas
 
Exacto, tanto los políticos como los empresarios se acostumbraron a weas chantas y resumidad

sigo estando a favor de una planta que potabilice el agua en el norte, se matan dos pájaron de un tiro, se genera energía y hay agua
 
Ta bien wn, los proyectos hay que hacerlos si o si, lo importante es que las empresas cumplan las condiciones o exigencias del mismo

:monomeon: medio ambientalistas al peo
 
Esta clarisimo pos, si cualquier weon quiere invertir, sea chileno o extranjero, quiere las reglas del juego claras antes de realizar la inversion... y eso se da desde una pichanga de barrio hacia arriba.. si los weones cambian el proceder en el trayecto, nadie va a querer hacer niuna wea en Chilito..
 
esa vieja es una verguenza, una conchadesumadre con todas sus letras.
 
La Corte falló bien, es decir, la institucionalidad funcionó en pleno.

Lo único que está fallando es el constante ataque que hacen los miembros del Poder Ejecutivo al Poder Judicial, es más, se extrañan aquellos tiempos en los que el ejecutivo no comentaba las resoluciones judiciales.
 
Analicemos por parte lo que dijo la Ministra:

“no comparto el razonamiento del fallo. No estoy aquí para defender un proyecto determinado, sino que estoy por defender la institucionalidad ambiental”.

Como autoridad no es eticamente correcto que polemice con el poder judicial, porque esta diciendo "nuestro poder judicial es deficiente en materia de fallar temas de derecho ambiental" o "nuestras leyes no son claras". Ella es parte del aparato del estado y esta descalificando al estado, habiendo liderado la reforma de la ley 19300 por la ley 20417.

“El fallo habla de fraccionamiento de proyectos. La reforma a la Ley dice que el fraccionamiento de proyectos sólo está prohibido cuando se utiliza como una manera de no ingresar un tema al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), o sea que un proyecto que se fracciona para no ingresar algunas de las partes. Ahí se prohíbe el fraccionamiento. La Ley también impide que tú eludas la forma de ingresar, es decir, que tú ingreses un proyecto a través de una declaración y no un estudio”, señaló.

Efectivamente eso dice la ley, pero cualquier alumno de 2º año de ingeniería ambiental de la mas humilde de las universidades sabe que la evaluación "por parcelas" disminuye dramáticamente la valoración de los impactos, pues afecta la variable "extension del daño" y desintegra aquellos impactos a las relaciones entre compartimentos y elementos ambientales. Eventualmente castilla se podría haber dividido en 100 partes y el impacto total (en el papel) no seria mas grave que un peo de yegua.

“la reforma a la Ley en ese sentido estableció que los proyectos nunca ingresan con un nivel de detalle tan profundo”. Creo importante que los proyectos ingresen al sistema de evaluación ambiental con la cantidad suficiente de información y calidad que permita la evaluación de todos los impactos que puede generar. Es potestad del servicio decir que este proyecto no tiene los requisitos mínimos de información. Lo hace y lo ha hecho en muchos casos desde el 2010 a la fecha. Por eso el razonamiento del fallo incurre en errores y eso es complicado. Sustituir al organismo técnico no corresponde, porque la institucionalidad queda en entredicho (…) si el fallo dice que esto es contaminante y no molesto, o que el proyecto debe tramitarse en uno solo, ¿entonces dónde queda el organismo técnico? Esa decisión corresponde al SEA y la Superintendencia de Medio Ambiente lo debe fiscalizar para que así sea”, concluyó.

Osea bajo su lógica no son necesarios los recursos de protección ante hechos ilegales realizados por el estado, ya que la institucionalidad es "perfecta". La historia del derecho ambiental esta llena de ejemplos donde el mismo estado ha cometido errores garrafales y solo por la vía de la reclamación en tribunales se ha resarcido el error. Bajo la logica de la ministra el poder judicial "no tiene idea de lo que habla", luego los peritos en medioambiente y contaminacion que tienen todos las cortes de apelaciones estan de mas "por que el poder judicial no sabe".



Que quieran que les diga... la ministra claramente no esta para cuidar el patrimonio ambiental de chile como dice la politica ambiental de chile. Ella esta ahi para decir "una parte del estado en chile, al cual represento, no funciona".

Francamente impresentable.
 
Peor, y tristemente desapercibidas, pasaron las palabras del intendente de la región del Bíobio que dijo que afectaba la certeza jurídica que cualquier persona pudiera interponer recursos de protección.

Y pensar que el ejecutivo (y el intendente es el ejecutivo en regiones) envió al Congreso un proyecto de reforma procesal civil donde su primer artículo (toda una revolución para los procesalistas ) es -adivine- el derecho a la tutela jurisdiccional.

País penca, penca.
 
ea vieja es mas weona q el trote de las vacas, weon. Si solo con escucharla hablar se nota q es una estupida.
 
y el poder judicial se pronunció

del tenor de las declaraciones de la señora Ministra del Medioambiente puede concluirse que éstas no han importado crítica, sino quconstituyen derechamente una intromisión indebida e inaceptable en las atribuciones que exclusiva y excluyentemente la Constitución Política entrega a los tribunales de justicia.
En efecto, las afirmaciones más arriba transcritas van inequívocamente dirigidas en el sentido de desconocer a la jurisdicción competencia para revisar la legalidad de los actos de la Administración, en este caso específico, de la autoridad ambiental.

... el Pleno de la Corte Suprema manifiesta su total, absoluto y decidido rechazo a las declaraciones de la señora Ministra del
Medioambiente, que han sobrepasado la sola crítica y constituyen afectación de la independencia y autonomía de los tribunales en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, las que se hallan constitucionalmente garantizadas y que se erigen como condiciones indispensables para el mantenimiento de la estabilidad democrática y el Estado de Derecho.

http://www.elmostrad...tra-Benitez.pdf

Más claro echarle agua. A lo menos un tirón de orejas se ganará la vieja entrometida no?

http://www.elmostrad...lo-de-castilla/

http://www.elmostrad...filo-de-la-ley/
 
Vieja de mierda impresentable.
¿Cuándo será el día que para el Ministerio de Medio Ambiente tengamos un Doctor en Ciencias? :idolo: Adriana Hoffmann, el tiempo te está dando la razón.
 
"defender la institucionalidad ambiental"


Permiso....












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y ni se arruga la perra culia :risa:
 
Art. 76 Constitución Política, parte final:

La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar.

--El art.76 debe entenderse en CONTEXTO: no podrá calificar el fundamento del mandato judicial para dilatar el cumplimiento.

--La ministra NUNCA ha dicho que NO CUMPLIRÁ o DILATARÁ el MANDATO JUDICIAL.

Verdes al peo con dislexia.

La crítica de la Suprema es POLÍTICA.
 
¿Y a esta vieja culiá todavía no le piden la renuncia como ministra del Medio Ambiente? No por criticar al Poder Judicial, sino por no salvaguardar los intereses que representa la cartera de su Ministerio :nonono:
 
Art. 76 Constitución Política, parte final:

La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar.

--El art.76 debe entenderse en CONTEXTO: no podrá calificar el fundamento del mandato judicial para dilatar el cumplimiento.

--La ministra NUNCA ha dicho que NO CUMPLIRÁ o DILATARÁ el MANDATO JUDICIAL.

Verdes al peo con dislexia.

La crítica de la Suprema es POLÍTICA.

o sea decir que "el poder judicial no tiene las capacidades tecnicas para decidir si el proyecto ambientalmente contamina o no" ¿no esta calificando al poder judicial?...

sentido comun po weon!...
 
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