Bartender89
Pendejit@
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art. 1 Los hombres nacen libres e iguales en dignidad y Derechos.
art. 2 Los derechos establecidos en esta constitución solo podrán ser limitados por una ley de quórum calificado.
art. 3 El estado se compondrá de 3 poderes, Un ejecutivo con jefe de gobierno y un jefe de estado. Un legislativo unicameral compuesto por 64 miembros elegidos democráticamente que durarán 5 años en el cargo y su remuneración nunca podrá exceder la de dos ingresos mínimos remuneracionales.
Y un poder judicial dirigido por un comité de abogados formado por 9 profesionales con al menos 20 años de experiencia en el ejercicio de la profesión, electo democráticamente y cuya duración será de 9 años, renovados en parcialidades de a 3, quienes se encargarán de proponer las ternas y quinas respectivas a los otros poderes para el nombramiento de los ministros de tribunales superiores de justicia
art. 4 la constitución reconoce y ampara el derecho de propiedad en todas sus características y atributos. El patrimonio es un atributo fundamental de la personalidad de entes físicos y jurídicos. El estado no podra apropiarse de los bienes de los particulares, sino a través de un proceso expropiatorio, contradictorio y con el respectivo pago de la indemnización respectiva
Art. 5 La constitución reconoce y ampara la existencia de las fuerzas armadas y de orden como elementos fundamentales de la República, y les encarga el cuidado de sus fronteras y de la seguridad exterior e interior del estado. Los habitantes de la República deben respeto y obediencia a las fuerzas armadas en el ejercicio de sus funciones.
Quienes desobedezcan las directrices y órdenes emanadas de las autoridades castrenses en el legítimo ejercicio de sus deberes constitucionales serán declarados traidores de la patria y podrán ser sometidos a penas privativas de libertad desde los 20 años a la prisión perpetua efectiva
art. 2 Los derechos establecidos en esta constitución solo podrán ser limitados por una ley de quórum calificado.
art. 3 El estado se compondrá de 3 poderes, Un ejecutivo con jefe de gobierno y un jefe de estado. Un legislativo unicameral compuesto por 64 miembros elegidos democráticamente que durarán 5 años en el cargo y su remuneración nunca podrá exceder la de dos ingresos mínimos remuneracionales.
Y un poder judicial dirigido por un comité de abogados formado por 9 profesionales con al menos 20 años de experiencia en el ejercicio de la profesión, electo democráticamente y cuya duración será de 9 años, renovados en parcialidades de a 3, quienes se encargarán de proponer las ternas y quinas respectivas a los otros poderes para el nombramiento de los ministros de tribunales superiores de justicia
art. 4 la constitución reconoce y ampara el derecho de propiedad en todas sus características y atributos. El patrimonio es un atributo fundamental de la personalidad de entes físicos y jurídicos. El estado no podra apropiarse de los bienes de los particulares, sino a través de un proceso expropiatorio, contradictorio y con el respectivo pago de la indemnización respectiva
Art. 5 La constitución reconoce y ampara la existencia de las fuerzas armadas y de orden como elementos fundamentales de la República, y les encarga el cuidado de sus fronteras y de la seguridad exterior e interior del estado. Los habitantes de la República deben respeto y obediencia a las fuerzas armadas en el ejercicio de sus funciones.
Quienes desobedezcan las directrices y órdenes emanadas de las autoridades castrenses en el legítimo ejercicio de sus deberes constitucionales serán declarados traidores de la patria y podrán ser sometidos a penas privativas de libertad desde los 20 años a la prisión perpetua efectiva