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Constitución Chilena vs Constitución Francesa.

Goalkeeper

Papito corazón!! paga la pensión!!
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Macho
Tanto que hablan los soyeros veneco chavistas pro rusos comunistas frente amplistas sobre la "ASAMBLEA CONSTITUYENTE", "CAMBIO DE CONSTITUCIÓN".

Aquí les traigo del mejor tolueno, con una comparativa de constituciones políticas, entre chile, un país culiao cagón y francia un país culiao poderoso.

Constitución Francesa, primer párrafo:

"El pueblo francés proclama solemnemente su adhesión a los derechos humanos y a los principios de la soberanía nacional tal y como fueron definidos por la Declaración de 1789, confirmada y completada por el Preámbulo de la Constitución de 1946, así como a los derechos y deberes definidos en la Carta del Medio Ambiente de 2003."

Constitución Chilena, primer párrafo:

"Artículo 1°. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.2 La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos. El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece. Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional."

Constitución chilena Artículo 9:
"Artículo 9°. El terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos."

Constitución Francesa
"ARTICULO 53-1. La República podrá concertar con los Estados europeos que están unidos por compromisos idénticos a los suyos en materia de asilo y de protección de los derechos humanos y libertades fundamentales, acuerdos que determinen sus respectivas competencias para el examen de las solicitudes de asilo que le sean presentadas".

Resúmen: En ambas constituciones, solo se menciona en 2 (DOS) ocasiones la frase: "DERECHOS HUMANOS".

Derechos de AGUAS:
Constitución Política de Chile, ARTICULO 24.
"Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos;".

Constitución Política de Francia:
NO MENCIONA.

Constitución Francesa, Título V, artículo 34.
"Las leyes serán votadas por el parlamento"

Constitución Chilena, Artículo 52
Atribuciones exclusivas de la cámara de diputados
20 atribuciones exclusivas entre senadores y diputados (y eso que dicen los weones que no tienen facultades)

Sobre el órden público
Constitución Francesa:
Mencionada 2 veces la frase "ORDEN PÚBLICO"
Constitución Chilena: Mencionada 12 veces la frase "ORDEN PÚBLICO"

Sobre las FF.AA
Constitución Chilena: 27 veces menciona a las FF.AA, 19 veces la palabra GUERRA, 1 vez la palabra PAZ.
Constitución Francesa: 2 veces menciona a las FF.AA, 1 vez la palabra GUERRA, 1 vez la palabra PAZ.

Sobre carabineros:
Constitución Chilena: 19 veces menciona a carabineros
Constitución Francesa: No se menciona a la policía.

Sobre Senadores, diputados y ministros:
Constitución Francesa: 11 veces se menciona a Senadores, 12 veces a diputados, 22 veces a ministros.
Constitución Chilena: 37 veces se menciona a Senadores, 80 veces a diputados, 52 veces a ministros

Medio ambiente:
Constitución Francesa: 16 veces la palabra AMBIENTE.
Constitución Chilena: 7 veces la palabra AMBIENTE.

Asuntos sociales:
Constitución Francesa: 26 veces la palabra SOCIAL
Constitución Chilena: 25 veces la palabra SOCIAL.

Cotizaciones obligatorias
Constitución Francesa: No se menciona
Constitución Chilena: 3 veces se menciona "Cotizaciones Obligatorias"

Educación:
Constitución Francesa: 1 sola vez se menciona EDUCACIÓN
Constitución Chilena: 19 veces mencionada, especialmente en artículo 10.

Salud pública:
Constitución Francesa: No se menciona.
Constitución Chilena: 12 veces se menciona.

Aborto:
Constitución Francesa: No se menciona.
Constitución Chilena: 1 vez mencionada.

Constitución chilena : 130 páginas
Constitución Francesa: 46 páginas.
 
POR QUÉ CONCHETUMARE SIEMPRE HACEN COMPARACIONES CON PAÍSES DEL PRIMER MUNDO?????????????


K SHUSHA WEOOOON SI SOMOS TERCERMUNDISTAS

Porque los wnes se compran el discurso...... Nosotros somos latinos, somos unos wnes desordenos, no previsores, etc.
Ahora, Francia se esta islamizando rapidamente..... y la pregunta es: cambiaran la constitucion estos hediondos?
 
Lo que me gustaría saber, huevá que no pude averiguar en ningún cabildo ni jornada Constitucional en que participé es qué chucha quieren de Constitucion.
Nadie tiene claro ni siquiera que instituciones queremos cambiar, renovar, reformsr, crear o eliminar o cuáles son las bases de la institucionalidad que queremos fundar.
Sin eso toda discusión al respecto es inificiosa.
Alguien me podría decir que no le gusta de nuestra constitución y que debería tener una nueva?
 
entre mas leyes hay mas shithole es el pais :clapclap: la gente civilizada no necesita que le digan las cosas

:burlones:

tema culiado malo
 
Tanto que hablan los soyeros veneco chavistas pro rusos comunistas frente amplistas sobre la "ASAMBLEA CONSTITUYENTE", "CAMBIO DE CONSTITUCIÓN".

Aquí les traigo del mejor tolueno, con una comparativa de constituciones políticas, entre chile, un país culiao cagón y francia un país culiao poderoso.

Constitución Francesa, primer párrafo:

"El pueblo francés proclama solemnemente su adhesión a los derechos humanos y a los principios de la soberanía nacional tal y como fueron definidos por la Declaración de 1789, confirmada y completada por el Preámbulo de la Constitución de 1946, así como a los derechos y deberes definidos en la Carta del Medio Ambiente de 2003."

Constitución Chilena, primer párrafo:

"Artículo 1°. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos.2 La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos. El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común, para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta Constitución establece. Es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de ésta, promover la integración armónica de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional."

Constitución chilena Artículo 9:
"Artículo 9°. El terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos."

Constitución Francesa
"ARTICULO 53-1. La República podrá concertar con los Estados europeos que están unidos por compromisos idénticos a los suyos en materia de asilo y de protección de los derechos humanos y libertades fundamentales, acuerdos que determinen sus respectivas competencias para el examen de las solicitudes de asilo que le sean presentadas".

Resúmen: En ambas constituciones, solo se menciona en 2 (DOS) ocasiones la frase: "DERECHOS HUMANOS".

Derechos de AGUAS:
Constitución Política de Chile, ARTICULO 24.
"Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos;".

Constitución Política de Francia:
NO MENCIONA.

Constitución Francesa, Título V, artículo 34.
"Las leyes serán votadas por el parlamento"

Constitución Chilena, Artículo 52
Atribuciones exclusivas de la cámara de diputados
20 atribuciones exclusivas entre senadores y diputados (y eso que dicen los weones que no tienen facultades)

Sobre el órden público
Constitución Francesa:
Mencionada 2 veces la frase "ORDEN PÚBLICO"
Constitución Chilena: Mencionada 12 veces la frase "ORDEN PÚBLICO"

Sobre las FF.AA
Constitución Chilena: 27 veces menciona a las FF.AA, 19 veces la palabra GUERRA, 1 vez la palabra PAZ.
Constitución Francesa: 2 veces menciona a las FF.AA, 1 vez la palabra GUERRA, 1 vez la palabra PAZ.

Sobre carabineros:
Constitución Chilena: 19 veces menciona a carabineros
Constitución Francesa: No se menciona a la policía.

Sobre Senadores, diputados y ministros:
Constitución Francesa: 11 veces se menciona a Senadores, 12 veces a diputados, 22 veces a ministros.
Constitución Chilena: 37 veces se menciona a Senadores, 80 veces a diputados, 52 veces a ministros

Medio ambiente:
Constitución Francesa: 16 veces la palabra AMBIENTE.
Constitución Chilena: 7 veces la palabra AMBIENTE.

Asuntos sociales:
Constitución Francesa: 26 veces la palabra SOCIAL
Constitución Chilena: 25 veces la palabra SOCIAL.

Cotizaciones obligatorias
Constitución Francesa: No se menciona
Constitución Chilena: 3 veces se menciona "Cotizaciones Obligatorias"

Educación:
Constitución Francesa: 1 sola vez se menciona EDUCACIÓN
Constitución Chilena: 19 veces mencionada, especialmente en artículo 10.

Salud pública:
Constitución Francesa: No se menciona.
Constitución Chilena: 12 veces se menciona.

Aborto:
Constitución Francesa: No se menciona.
Constitución Chilena: 1 vez mencionada.

Constitución chilena : 130 páginas
Constitución Francesa: 46 páginas.

Nos vemos en el muro!
 
La constitución chilena es como nuestras mujeres , bien hecha y derecha, una obra de arte del gobierno militar; un dolor de cabeza sin duda para los capa negra satánicos, somos un país de brujos con realismo mágico..

Es mas, debería ser patrimonio de la humanidad.
 
oie el animal culiao para grande.

el hecho de que la constitución francesa sea mínima es lo que precisamente abre la posibilidad para introducir la cantidad de cambios que se quiera.

la constitución francesa no esta amarrada al principio de subsidiaridad ni tiene una claúsula donde el presupuesto de las fuerzas armadas se determina por fuera del presupuesto nacional. tampoco límita el número de plesbicitos ni le da una organización determinada al estado sino que todas esas materias se regulan por la ley con mayorías simples.

en cambio en nuestro sistema, para poder realizar cualquier cambio que pase por la constitución o una ley orgánica que derive de ello se requiere mayoría de quorúm calificado, es decir 2/3 de los votos y pasar por 2 cámaras y el tribunal constitucional.

esa explicación vale para cualquier persona normal con CI dentro de la media, si aún no entiendes es pq eres demasiado idiota para este debate.
 
a mi curiosamente me carga toda la mierda que venga de francia, desde su famosa robolucion de judios y burgueses. pero la ultima constitucion es bastante decente. de hecho de gaulle hizo 2 constituciones. la primera termino en un caos y duro poco tiempo. la segunda lleva bastantes anios.

creo que no seria malo separar al primer ministro (mas politico) del presidente (mas jefe de estado). Es un sistema semipresidencial.


un weon del Frente Amplio me comento el domingo que en el fondo la unica wea que de verdad les jode de la constitucion chilena no es ni siquiera que la haya redactado jaime guzman con juristas conservadores sino que en la misma constitucion del estado de Chile dice claramente que "Chile es un pais con una economia de libre mercado", lo que en realidad y para ser honestos me parece una tonteria, ya que no es materia constitucional meter eso. Solamente los paises de la orbita sovietica metian algo similar en sus constituciones hablando del modelo economico.

Ese es el problema de fondo. Yo no tenia idea y como digo me lo dijo un frenteamplista que ademas es abogado constitucionalista. Bastante moderado po lo demas.
 
a mi curiosamente me carga toda la mierda que venga de francia, desde su famosa robolucion de judios y burgueses. pero la ultima constitucion es bastante decente. de hecho de gaulle hizo 2 constituciones. la primera termino en un caos y duro poco tiempo. la segunda lleva bastantes anios.

creo que no seria malo separar al primer ministro (mas politico) del presidente (mas jefe de estado). Es un sistema semipresidencial.


un weon del Frente Amplio me comento el domingo que en el fondo la unica wea que de verdad les jode de la constitucion chilena no es ni siquiera que la haya redactado jaime guzman con juristas conservadores sino que en la misma constitucion del estado de Chile dice claramente que "Chile es un pais con una economia de libre mercado", lo que en realidad y para ser honestos me parece una tonteria, ya que no es materia constitucional meter eso. Solamente los paises de la orbita sovietica metian algo similar en sus constituciones hablando del modelo economico.

Ese es el problema de fondo. Yo no tenia idea y como digo me lo dijo un frenteamplista que ademas es abogado constitucionalista. Bastante moderado po lo demas.
Cuidado las serpientes...
 
Lo que me gustaría saber, huevá que no pude averiguar en ningún cabildo ni jornada Constitucional en que participé es qué chucha quieren de Constitucion.
Nadie tiene claro ni siquiera que instituciones queremos cambiar, renovar, reformsr, crear o eliminar o cuáles son las bases de la institucionalidad que queremos fundar.
Sin eso toda discusión al respecto es inificiosa.
Alguien me podría decir que no le gusta de nuestra constitución y que debería tener una nueva?

THIS
 
Cuidado las serpientes...
pero ese frenteamplista estaba contra la AC. y curiosamente coincidimos en una wea que vengo diciendo hace tiempo de mas democracia directa y plebiscitos vinculantes. tambien coincidimos en que el voto no sea obligatorio.
bueno, casi cualquier persona racional de mas de 40 anios se puede poner de acuerdo en muchas cosas. otra wea es que su postura sea mayoritaria o no, pero el loquito era bien racional.
 
Comparación qla mala, cada país es diferente en sus realidades, el contexto (dictadura), el año, etc.
Estaba revisando la constitución de EE.UU. y tiene 18 páginas. La wea es que hay que ser claros, lacónicos y precisos a la hora de redactar una nueva wea.
 
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