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Corte Suprema eleva a $80 millones indemnización para esposa e hijo de detenido desaparecido por falta de fundamentación del monto

Walter Nelson

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El máximo tribunal invalidó la sentencia que había fijado una reparación total de $30 millones, al estimar que no explicó adecuadamente cómo ponderó la gravedad de las vulneraciones sufridas. En el fallo de reemplazo consideró especialmente la detención y tortura de la mujer mientras estaba embarazada, su posterior exilio, la desaparición forzada de su cónyuge y el desarraigo sufrido por el hijo, elevando las indemnizaciones a $60 millones y $20 millones, respectivamente.

La Corte Suprema acogió un recurso de casación en la forma, invalidó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y elevó de $30 millones a $80 millones la indemnización que el Fisco deberá pagar a la esposa e hijo de un detenido desaparecido, al concluir que el tribunal de alzada no fundamentó adecuadamente los montos concedidos por daño moral.


La causa se inició ante el 22° Juzgado Civil de Santiago mediante una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual del Estado. En primera instancia, la acción fue rechazada luego de acogerse la excepción de prescripción planteada por el Fisco, pero la Corte de Santiago revocó esa decisión y concedió indemnizaciones de $20 millones a la cónyuge de la víctima y $10 millones a su hijo, más reajustes e intereses.


La Corte de Apelaciones tuvo por acreditado que el hombre fue detenido y desaparecido por agentes del Estado y que su esposa, embarazada de nueve meses, fue detenida y torturada en Villa Grimaldi. Tras el nacimiento de su hijo, ambos fueron enviados al exilio en Suecia.


El tribunal estableció que la desaparición forzada provocó un daño permanente a la esposa e hijo de la víctima, expresado en temor, angustia, inseguridad y sufrimiento por desconocer su paradero. Estos hechos fueron acreditados mediante antecedentes no impugnados, entre ellos los informes de la Comisión Valech, que reconoció al detenido desaparecido como víctima.


El Fisco alegó prescripción, reparación integral y pago, debido a los beneficios estatales recibidos por los demandantes. La Corte rechazó estas defensas al considerar que los hechos correspondían a un crimen de lesa humanidad y que las prestaciones otorgadas por leyes de reparación no son incompatibles con una indemnización judicial. Asimismo, sostuvo que la acción civil derivada de estos hechos no podía extinguirse por el transcurso del tiempo.


El tribunal tuvo por acreditado el daño moral permanente sufrido por la esposa e hijo del detenido desaparecido. Consideró especialmente la detención y tortura de la mujer mientras estaba embarazada, su posterior exilio y la desaparición de su marido, así como el perjuicio del hijo por crecer sin su padre y desconocer su destino.


Por ello, la Corte de Santiago revocó la sentencia de primera instancia y condenó al Fisco a pagar $20 millones a la esposa y $10 millones al hijo por daño moral, más reajustes e intereses.


Una ministra discrepó de los fundamentos sobre el daño indemnizable, aunque coincidió en rechazar la prescripción. A su juicio, la acción era prescriptible, pero el Fisco había renunciado a invocarla mediante la Ley N°20.874 y por lo manifestado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


Los demandantes recurrieron ante la Corte Suprema de casación en la forma alegando que la sentencia no fundamentó suficientemente los montos indemnizatorios, que consideraban desproporcionados frente a la gravedad de los hechos, y solicitaron $200 millones para cada uno.


La Corte Suprema recordó que toda sentencia debe explicar los hechos acreditados, la valoración de la prueba y las razones jurídicas que sustentan la decisión, exigencia que forma parte del debido proceso. Precisó que este deber también rige al fijar una indemnización y constató que el tribunal de alzada mencionó los antecedentes relevantes, pero no explicó suficientemente cómo ponderó determinadas circunstancias especialmente graves al establecer los montos.


La Corte Suprema concluyó que la sentencia de segunda instancia no explicó adecuadamente cómo ponderó circunstancias especialmente graves, como la detención y tortura de la mujer mientras estaba embarazada y la desaparición forzada de su cónyuge. Por ello, acogió el recurso de casación en la forma, invalidó el fallo y dictó sentencia de reemplazo.


Al determinar las nuevas indemnizaciones, consideró la especial vulnerabilidad de la mujer durante su embarazo, las condiciones de su detención, el posterior exilio en Suecia y la desaparición de su marido. Respecto del hijo, ponderó la ausencia permanente de su padre y el desarraigo provocado por residir forzadamente en el extranjero.


En consecuencia, la Corte tuvo por acreditado el daño moral, rechazó las excepciones del Fisco y elevó las indemnizaciones a $60 millones para la esposa y $20 millones para el hijo, más reajustes e intereses.


 
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