En el derecho penal existe un efecto que lo libera de responsabilidad por falta de conocimiento, ese se denomina error.
Estos son los siguientes;
Error de Tipo; este equivale a la ignorancia o equivocación en que incurre el autor de la conducta respecto de alguno de los elementos objetivos del tipo (Norma), en un caso concreto él ignora o tiene una apreciación equívoca acerca de lo que sucede en el plano de la realidad, por ejemplo estos son aplicables los casos de violación, en cuanto una persona mantiene relaciones con un menor, pero aquí para liberarse de responsabilidad hay que determinar si el error era vencible o no.
Error de prohibición; Aquí incurre en error de prohibición quien realiza un acto ilícito, creyendo que hace algo lícito.
En ese fue amparado el negro, no lo voy a profundizar pero básicamente el negro actuá pensado que en nuestro ordenamiento jurídico esta permitida la pornografía infantil, que lo ampará que es extranjero con coeficiente intelectual de un mono y creó que estoy insultando al mono, aquí salta mi duda, como puedes alegar desconocimiento en algo "intimó", yo no cacho el sistema jurídico de wakanda pero si allá esta permitido, también es algo que le juega a favor, si no lo esta, aquí básicamente podría quedar fuera esta figura, ojo no estoy a favor de esta cucaracha, si avalan esto, un negro podría matar y se justificaría que en sus tribus esta permitido.