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" El trabajo es muerte" Caso japones

mirlo_azul

Plasta Culiad@
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Japón vive sumido desde hace unos décadas en un debate social sobre las leyes que rigen su mercado laboral. La legislación del país permite las horas extra sin límite previo acuerdo entre la empresa y sus empleados haciendo que, en una sociedad donde la devoción por el trabajo es casi un culto, sus trabajadores prioricen su vida laboral por encima de la familiar o la personal.

El último caso conocido recientemente de una muerte por exceso de trabajo fue el desvelado por Japan Times. Miwa Sado, una mujer de 31 años, trabajaba en la sede del canal japonés NHK en Tokio. Sin embargo, en 2013 realizó 159 horas extra y solo llegó a tomarse dos días de descanso. Este hecho le produjo la muerte por insuficiencia cardíaca en julio del mismo año.

http://www.msn.com/es-cl/noticias/m...as-extra/ar-AAsWXkS?li=AA4RE7&ocid=spartanntp
 
Aquí es legal, se le llama “art22”

Haces horas extras, tu jefe obliga a llegar a la hora, webea el fds y por las mismas lucas....

Sino, pregúntele a cualquier informático.
X2
:monomeon: Art22
 
Aquí es legal, se le llama “art22”

Haces horas extras, tu jefe obliga a llegar a la hora, webea el fds y por las mismas lucas....

Sino, pregúntele a cualquier informático.
cierto, y si no pescas, te sacan el compromiso y la "camiseta"...... respecto a los japos si bien las horas extras son ilimitadas, también te pagan por hora.... por lo que eso genera que wns se hagan mierda con tal de ganar más plata y como la wuea allá es fu cara y todo se paga, genera la receta para que wns mueran trabajando....
 
Aquí es legal, se le llama “art22”

Haces horas extras, tu jefe obliga a llegar a la hora, webea el fds y por las mismas lucas....

Sino, pregúntele a cualquier informático.
Y lo peor es que los trabajadores ni saben que el artículo 22 no es para ser aplicado en cualquier pega. Cito una página que pillé por ahí:

En el articulo 22 se establece una excepción a la jornada de 45 horas semanales, y en este caso es para los trabajos que se realicen sin fiscalización superior inmediata. La Dirección del Trabajo ha determinado en su jurisprudencia que existe “supervisión superior inmediata” cuando se dan los siguientes elementos:

-Crítica o enjuiciamiento de la labor desarrollada, lo que significa, en primer término, una supervisión o control de los servicios prestados;
-Que esta supervisión o control sea efectuada por persona de mayor rango o jerarquía dentro de la empresa, y
-Que la misma sea ejercida en forma contigua o cercana, requisito éste que debe entenderse en el sentido de proximidad funcional entre quien supervisa o fiscaliza y quien ejecuta la labor.

Si concurren estos 3 elementos, se presume que si hay supervisión inmediata, por lo que deberás atenerte a una máxima de 45 horas semanales y registrar asistencia.
Es decir, muy pocas pegas de oficina califican para regirse por el art22, pero la realidad es muy diferente, ya sea por ignorancia o por negrerismo puro
 
pobres japoneses, tienen empresarios que se aprovechan de su ética y disciplina laboral. A esos empresarios culiaos deberían meterlos presos.
No se porque me tinca que son chilenos jajajaj.
Ojo, acá eso no aplica porque son idiosincrasias totalmente distintas..... Si bien en Chile se explota con un horario extenuante al trabajador, éste responde con estiramiento de weas. No por nada tenemos los niveles de productividad más bajos de la OCDE y la mayor jornada laboral jajajaja.
 
y donde estan las lolis en este post???

pd: la proxima semana trabajare 12 hrs diarias...sera bonito
 
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