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Este viernes comienza a regir la Ley Ricarte Soto

pandacongafas

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Tras la publicación el Diario Oficial el decreto pone en operación la primera fase de la regulación, que contempla $ 30 mil millones para este año.


A contar de este viernes 4 de diciembre comienza a regir la denominada Ley Ricarte Soto. Con esto, las personas que padecen alguna de las 11 enfermedades priorizadas en la Ley 20.850 podrán tener cobertura financiera y garantía de oportunidad a los tratamientos de alto costo.

Tras la publicación el Diario Oficial el decreto pone en operación la primera fase de la regulación, que contempla $ 30 mil millones para este año y $ 60 mil millones para el próximo y $ 100 mil millones en 2017, cuando estará en total régimen.

Para acceder al sistema, se estableció como catastrófico un umbral de gasto en diagnósticos, tratamientos, terapias o fármacos de $ 250 mil al mes, es decir, $ 2.418.399 al año.

Se estima que la ley beneficiará a cuatro mil personas en su primer año, y cubrirá las siguientes enfermedades:

- Mucopolisacaridosis Tipo I
- Mucopolisacaridosis Tipo II
- Mucopolisacaridosis Tipo IV
- Tirosinemia Tipo I
- Artritis Reumatoide Refractaria
- Esclerosis Múltiple Refractaria
- Enfermedad de Gaucher
- Enfermedad de Fabry
- Hipertensión Arterial Pulmonar Grupo I
- Virus Respiratorio Sincicial en recién nacidos prematuros
- Cáncer de Mamas que sobreexprese el gen HER2


Los prestadores, acreditados por la Superintendencia de Salud y aprobados por una Comisión Técnica del Minsal, deberán confirmar el diagnóstico del paciente para activar el sistema. Hasta noviembre pasado, se evaluaban 14 recintos para ser parte de la red, 12 de ellos públicos y otros dos, privados.

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La ley se encuentra diseñada justamente para incorporar los tratamientos de alto costo de enfermedades poco frecuentes, los que por definición no cumplen los criterios del AUGE.

Así, durante el proceso de evaluación, no se contemplan criterios como la carga de enfermedad, la alta prevalencia o el costo-efectividad, que limitarían la inclusión de estos tratamientos.

Por el contrario, se incorporan criterios que dan cuenta del tipo de estudios que sustentan estos tratamientos, como los mecanismos de financiamiento a través de sistema de riesgo compartido.

Por tanto, las enfermedades raras sí se encuentran contempladas en el proyecto de ley

http://www.adnradio.cl/noticias/nac...a-ley-ricarte-soto/20151204/nota/3012767.aspx
 
en chile hace falta lo que hizo napoleon en su memoento: derogar un monton de leyes contrapuestas
y crear un cuerpo legal coherente
 
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