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Ideas para ser concejal?

Aléjate de ahí...realmente no vale la pena. Pagan una mierda y todo el proceso de candidato es desgasntante y si no tienes fondos de un partido político detrás, no lograrás nada.
Ahora si lo tuyo es vocación de servicio y estás dispuesto a hacer un pacto con el diablo, dale.

Yo estuve a punto de ser candidato a concejal hace unos años, pero cuando caché que los wns que me apoyaban eran puros zurdos culiaos, entendí que lo mío no era la politica :lol2:
 
Planeo estudiar por eso quiero tener un trabajo seguro por eso se me ocurrió la idea sobre ser concejal pero la pregunta es como lo soy sin ser amigo del Boris?

La pregunta es real
El forazo metiendose en el barro de la politica
 
depende en comunas populares hay harta comptencia de aperdanos

pero en una muni piola y haces campañas con frases para galeria y eres fotogenico para un par de carteles en la calle y usas las redes sociales como robot yo caso k demas
 
Cacha donde esté la tele transmitiendo en vivo y te acercas a dar tu opinion antroniana. O terminas funado de por vida o puede ser el punto de inicio de tu carrera política
:sisi3:
 
Tiene ganas de robar mi rey? no creo que sea sencillo, debes tener un mínimo de gente que te respalde o un partido y un sin fin de weas.
 
Para ser elegido concejal se requiere:
  1. Haber cursado la enseñanza media o su equivalente.
  2. Ser ciudadano con derecho a sufragio.
  3. Tener residencia en la región a que pertenezca la respectiva comuna o agrupación de comunas, según corresponda, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección.
  4. Tener su situación militar al día.
  5. No estar afecto a alguna de las inhabilidades que establece esta ley.
  6. No tener dependencia de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales, a menos que justifique su consumo por un tratamiento médico.
Las declaraciones de candidaturas independientes a concejales deberán ser patrocinadas por un número no inferior al 0,5% de los electores que hayan sufragado en la elección popular más reciente en la comuna o agrupación de comunas respectiva, según corresponda.

El patrocinio de candidaturas independientes deberá suscribirse ante un notario público de la respectiva comuna, por ciudadanos habilitados para votar de la misma.

Los independientes que postulen integrando pactos o subpactos no requerirán de patrocinio.

No podrán ser candidatos a concejal:
  1. Los ministros de Estado, los subsecretarios, los secretarios regionales ministeriales, los gobernadores regionales, los delegados presidenciales regionales, los delegados presidenciales provinciales, los secretarios regionales ministeriales, los consejeros regionales, los parlamentarios, los miembros del consejo del Banco Central y el Contralor General de la República.
  2. Los miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Contraloría General de la República, así como los del Tribunal Constitucional, del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, del Tribunal de Contratación Pública, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los tribunales electorales regionales, los consejeros del Consejo para la Transparencia, y los miembros activos de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública.
  3. Las personas que a la fecha de inscripción de sus candidaturas tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, con la respectiva municipalidad. Tampoco podrán serlo quienes tengan litigios pendientes con la municipalidad, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Igual prohibición regirá respecto de los directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, o litigios pendientes, con la municipalidad.
  4. Tampoco podrán ser candidatos a concejal las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva.

- Las inhabilidades establecidas en los números 1 y 2 serán aplicables a quienes hubieren tenido las calidades o cargos antes mencionados dentro del año inmediatamente anterior a la elección municipal.
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si no pudiste buscar esta información, mejor no te postules... aweonaos que no saben leer y les da flojera incluso usar google tenemos por montón pechando del estado...
 
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