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Pendejit@
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Suprema acoge recursos de protección del INDH: Internos en cárceles podrán votar en noviembre
La sentencia permite que cerca de doscientas personas privadas de libertad en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Los Lagos y Magallanes puedan ejercer su derecho a sufragio en los próximos comicios.
La Corte Suprema de Justicia acogió cinco recursos de protección presentados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) para que cerca de doscientos internos e internas de penales de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Los Lagos y Magallanes, puedan ejercer su derecho a sufragio en los próximos comicios presidenciales del 19 de noviembre. Las acciones legales, que en cuatro de los casos habían sido rechazadas en primera instancia, y en el caso de Magallanes es ahora confirmada por la Suprema, fueron presentadas por el INDH en contra del Servicio Electoral (Servel) y de Gendarmería de Chile.
La sentencia del máximo tribunal destaca, por ejemplo, que el Servicio Electoral está facultado para la instalación de locales de votación en un recinto penitenciario, recordando que fuera de los derechos perdidos o limitados por su detención, prisión preventiva o condena, la condición jurídica de los internos es idéntica a la de los ciudadanos libres, llamando a respetar lo señalado en la Constitución en ese sentido.
La Corte Suprema concluyó que el Servel y Gendarmería "están obligados tanto por la normativa interna como por los tratados internacionales suscritos por Chile, a velar por el oportuno y adecuado ejercicio del derecho a participar en el sistema democrático, en su expresión referida al sufragio de las personas en favor de quienes se recurre, mismas que mantienen incólume su derecho a sufragio como los demás ciudadanos y que, sin embargo, no pueden ejercerlo vulnerándose la garantía de igualdad de trato". En sus respectivas apelaciones, el Servel presentó una imposibilidad técnica y jurídica de acceder a las solicitudes, dado que la circunscripción electoral no equivale a un recinto penitenciario.
En tanto, Gendarmería, argumentaba que existe una imposibilidad legal para constituir mesa receptora de sufragio y señalar como lugar de votación las unidades penales, dado que lo anterior es responsabilidad del Servel. Este proceso forma parte de una iniciativa en terreno del INDH que comenzó en 2016 y que recogió las voluntades de 264 internos e internas de diversas cárceles del país que manifestaron querer ejercer su derecho a votar.
Fuente:http://www.emol.com/noticias/Nacion...os-en-carceles-podran-votar-en-noviembre.html
La sentencia permite que cerca de doscientas personas privadas de libertad en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Los Lagos y Magallanes puedan ejercer su derecho a sufragio en los próximos comicios.
La Corte Suprema de Justicia acogió cinco recursos de protección presentados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) para que cerca de doscientos internos e internas de penales de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Los Lagos y Magallanes, puedan ejercer su derecho a sufragio en los próximos comicios presidenciales del 19 de noviembre. Las acciones legales, que en cuatro de los casos habían sido rechazadas en primera instancia, y en el caso de Magallanes es ahora confirmada por la Suprema, fueron presentadas por el INDH en contra del Servicio Electoral (Servel) y de Gendarmería de Chile.
La sentencia del máximo tribunal destaca, por ejemplo, que el Servicio Electoral está facultado para la instalación de locales de votación en un recinto penitenciario, recordando que fuera de los derechos perdidos o limitados por su detención, prisión preventiva o condena, la condición jurídica de los internos es idéntica a la de los ciudadanos libres, llamando a respetar lo señalado en la Constitución en ese sentido.
La Corte Suprema concluyó que el Servel y Gendarmería "están obligados tanto por la normativa interna como por los tratados internacionales suscritos por Chile, a velar por el oportuno y adecuado ejercicio del derecho a participar en el sistema democrático, en su expresión referida al sufragio de las personas en favor de quienes se recurre, mismas que mantienen incólume su derecho a sufragio como los demás ciudadanos y que, sin embargo, no pueden ejercerlo vulnerándose la garantía de igualdad de trato". En sus respectivas apelaciones, el Servel presentó una imposibilidad técnica y jurídica de acceder a las solicitudes, dado que la circunscripción electoral no equivale a un recinto penitenciario.
En tanto, Gendarmería, argumentaba que existe una imposibilidad legal para constituir mesa receptora de sufragio y señalar como lugar de votación las unidades penales, dado que lo anterior es responsabilidad del Servel. Este proceso forma parte de una iniciativa en terreno del INDH que comenzó en 2016 y que recogió las voluntades de 264 internos e internas de diversas cárceles del país que manifestaron querer ejercer su derecho a votar.
Fuente:http://www.emol.com/noticias/Nacion...os-en-carceles-podran-votar-en-noviembre.html