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Me Pueden Demandar Por Injurias Y Calumnias?

_Vinagree_

Babos@
Registrado
2006/03/30
Mensajes
3.502
En febrero de este año, tuve problemas graves con una ex compañera de trabajo; ella asumio un cargo superior pero me empezo a tratar de muy mala manera, a gritonearme,a tratarme como perro y un dia ella exploto diciendome que no servia para nada y que la sacaba de quiscio, todo por un par de equivocaciones que tuve en el trabajo. Cosa que hacia me enrostraba las normas de la empresa en la cara.
Le comente esta situacion a mi supervisor, al psicologo de la empresa y a mi jefe. La chica esta se retiro presentando una licencia la cual fue rechazada, fue a buscar su sueldo y se lo retuvieron. Luego el psicologo de la empresa me hizo escribir con detalles todo lo que habia ocurrido y como era ella realmente. Pasaron unos cuantos meses y me di cuenta de que la chica al parecer leyo lo que escribi y que ahora me anda buscando para hablar conmigo, lo cual me tiene muy preocupado. Incluso antes de irme a mi casa. Los ultimos dias los he pasado bien mal con muchos nervios. En todo caso en el trabajo no me han informado nada. Ademas tengo planes de renunciar a fin de mes para cambiarme a otro empleo. Ayudenme plis!!
 
Quédate tranquilo, no te pasará nada.

Calumnia no es, porque la calumnia consiste en imputar a una persona un delito actualmente perseguible de oficio, por ejemplo un homicidio. Por lo que dices, en lo que escribiste no le imputaste ningún delito así que con esto se descarta de plano que sea calumnia, y también algunas especies de injuria.

La injuria es cualquier expresión en descrédito, deshonra o menosprecio de otra persona. Si tú te limitaste a describir la situación laboral en la que te encontrabas, tampoco cometiste este delito, porque se requiere que las expresiones que has proferido hayan sido realizadas con la intención de ofender, un ánimo de injuriar.

Ahora, en la práctica, lo máximo que te podría pasar sería que se querellaran en tu contra. En estos delitos no te va a perseguir el Ministerio Público (un fiscal), sino que todo el gasto tiene que llevarlo el querellante (pagar un abogado particular necesariamente). Eso ya es una traba para que la mina se querelle.

Además, estos delitos prescriben en un año desde que la persona tuvo conocimiento de las expresiones que realizaste. Si pasa un año y no hace nada, cagó no más.

Eso, espero que te sirva. Saludos.
 
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