Ignaro de la come moco, si no tienes pico idea de que estas hablando mejor y manejas como simio troglodita mejor quedate callado, los unicos partes que no se pueden "prepagar" son las infracciones gravisimas, para todo lo demas existen beneficios por pago anticipado.
RANGOS DE FALTA PARA EXCESO DE VELOCIDAD
Gravísima: más de 20 km/h sobre el límite máximo de velocidad
Graves: entre 11 y 20 km/h sobre el límite máximo de velocidad
Menos Graves: hasta 10 km/h sobre el límite máximo de velocidad
VALORES DE LOS PARTES
Los rangos de valores de los partes por infracciones a la Ley de Tránsito son los siguientes:
1. Infracción gravísima: 1,5 a 3 UTM. Si se reincide en una de estas faltas en tres años, la multa se dobla, y si se comete una tercera vez, se triplica.
2. Infracción grave: 1 a 1,5 UTM. Si se reincida en una de estas faltas en dos años, la multa se dobla, y si se comete una tercera vez, se triplica.
3. Infracción menos grave: 0,5 a 1 UTM
4. Infracción leve: 0,2 a 0,5 UTM.
Fuentes:
https://misabogados.com/blog/es/que-tipos-de-infracciones-a-la-ley-de-transito-existen/
http://www.latercera.com/noticia/na...n-un-10-en-2014-por-mayor-fiscalizacion.shtml