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Plazo para entregar casa

pikula

Gil
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2013/05/13
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Bueno amiguitos antroneros tengo una duda que me está haciendo pasar un mal rato.
La cosa es que vendimos mi casa por ahí por julio, PERO no nos han pagado todo el valor pactado (faltan como 13 palos aún) y por eso es que no la hemos entregado. Han comenzado las presiones y quisiera saber si me voy a tener que ir cagando aunque no hayan pagado todo. Alguna vez leí algo de un plazo después de pagar LA TOTALIDAD de la casa, pero no tengo más información.
Si alguien pudiese ayudarme.. por favor.
 
El plazo para la entrega de la propiedad es una situación de hecho que debiera haberse pactado por escrito en el respectivo contrato. En caso que no se haya pactado, se entiende que la entrega debe materializarse en el mismo acto de la firma del contrato de compraventa. En caso que el vendedor no entregue voluntariamente el inmueble dentro del plazo estipulado, habrá que ejercer las acciones legales correspondientes más la indemnizacion de perjuicios.

Saludos
 
Que dice el contrato de compraventa:
Cuando y como se pagaba el precio?
La entrega de la propiedad, en que momento se realizaba?
La compraventa se encuentra inscrita en el registro de propiedad del CBR respectivo....
Con esos datos se puede dar una respuesta mas precisa....
Por lo pronto la única forma de que te saquen de la propiedad es por medio de un juicio, que demora al menos 6 meses.
Antes de hablar de indemnización de perjuicios, hay que ver que pasa con el precio, ya que no se puede olvidar que " la mora purga la mora".... ( en castellano: no pueden exigirte cumplir una obligación ( entregar la propiedad) si ellos no han cumplido la suya (pagar el precio...)
Slds!
 
entrega la wea cochino culiao.
 
Como te dicen, todo depende lo que diga el contrato.
La costumbre habitual es que se estipule al momento de firma de la escritura pública de compraventa o al momento de estar inscrito el inmueble a nombre del nuevo dueño.
Si no haces entrega material del bien por voluntad propia, hay que ver si el no pago de la deuda es responsabilidad del comprador, y si no es así, mediante un juicio ejecutivo (por la escritura pública), que se puede demorar de 2 a 6 meses pueden lanzar al vendedor por la no entrega del bien si es lo que se solicita.
 
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