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Pregunta Sobre Herencia

nathan_

Bosta
Registrado
2007/07/01
Mensajes
8.084
holas, les cuento, en mi familia mis tios siempre sacan el cuento de las tierras de mi abuelo que nunca reclamo, la verdad es que no les creo mucho, pero bueh aqui va la duda por ultimo para decirles que cagaron y se dejen de webiar jaja
mis bisabuelos tenian sus terrenos, tuvieron 3 hijos (se supone, es sabido que los viejitos son unos loquillos), pero estos emigraron de esos lares y formaron familias en distintas localidades, la cosa es que sus padres murieron y nunca reclamaron estos terrenos quedando para no se quien xuxa.

aqui van las preguntas:
como se puede empezar a obtener info que sea fidedigna ? , si de verdad poseian algunas tierras, traspasos, etc.
en caso de que sea cierto, que se hace, cagan por todo el tiempo que ha pasado ? o algo pueden hacer y que pasos legales tomar despues ?

esop, ojala algun entendido me aclare esta situacion, por que igual rompen las bolas XD
 
yo tb habia escuchado eso de los 10 años, asi que cagaron entonces, fue hace mucho mas, igual me gustaria saber en que cuerpo legal se basa eso
 
Sabes los nombres de tus bisabuelos?
Dudo que tus abuelos hayan inscrito los terrenos, pero sabes al menos como los obtuvieron?
Sabes entre que años posiblemente los adquirieron?
Sabes en que comuna están los terrenos?
Puedes ubicarlos en Google Earth?

Eso al menos para partir... yo estuve hace poco en el archivo nacional y en el conservador haciendo el seguimiento de unos terrenos desde 2012 hasta 1873, así que algo me manejo y al menos se puede saber a nombre de quien están (probablemente quedaron como sucesión de tus bisabuelos, si es que alguien no se avivó y los inscribió ya).
 
es cosa de que le pregunte a mi viejo y obtengo esos datos al menos sus nombres XD
si saben donde estan, de hecho los fueron a ver una vez, los que se suponen son, pero se basan en el "decian que", entonces de ahi a saber exacto los limites no creo.
Entonces si no estan inscrito algo se puede hacer ?
 
Tení que hacer un estudio de títulos sobre los terrenos, para saber quien los tiene, de donde vienen y a qué título los obtuvieron.

Aún así, te digo desde ya que si en todo el cuento van más de 15 años, salvo que tengai entremedio una nulidad de derecho público, estai cagao, ya erai.

pq te digo 15 años, porque eventualmente pudo haber alguna suspensión de la prescripción por algún motivo...
 
es cosa de que le pregunte a mi viejo y obtengo esos datos al menos sus nombres XD
si saben donde estan, de hecho los fueron a ver una vez, los que se suponen son, pero se basan en el "decian que", entonces de ahi a saber exacto los limites no creo.
Entonces si no estan inscrito algo se puede hacer ?

Si quieres por mp te puedo explicar como puedes buscar info en el archivo nacional (ahí están las inscripciones antiguas, y con eso puedes saber si los terrenos alguna vez estuvieron a nombre de alguno de tus 2 bisabuelos). La otra opción es buscar por el número de rol, pero para eso necesito al menos poder ubicar los terrenos en el earth y de ahí ver las aerofotografias de 1955 (si es que están disponibles para esa zona) las que tienen número de rol (de 1977 aprox.) y así tener al menos el nombre de algún dueño y con eso ya se puede saber todos los dueños que ha tenido... es un poco complicado de explicar, yo lo que manejo (algo) es sobre encontrar a los dueños que un terreno ha tenido en el tiempo, pero si tus bisabuelos legalmente nunca fueron dueños... no tengo idea si de alguna manera pueden reclamar algún derecho sobre la propiedad.
 
Si quieres por mp te puedo explicar como puedes buscar info en el archivo nacional (ahí están las inscripciones antiguas, y con eso puedes saber si los terrenos alguna vez estuvieron a nombre de alguno de tus 2 bisabuelos). La otra opción es buscar por el número de rol, pero para eso necesito al menos poder ubicar los terrenos en el earth y de ahí ver las aerofotografias de 1955 (si es que están disponibles para esa zona) las que tienen número de rol (de 1977 aprox.) y así tener al menos el nombre de algún dueño y con eso ya se puede saber todos los dueños que ha tenido... es un poco complicado de explicar, yo lo que manejo (algo) es sobre encontrar a los dueños que un terreno ha tenido en el tiempo, pero si tus bisabuelos legalmente nunca fueron dueños... no tengo idea si de alguna manera pueden reclamar algún derecho sobre la propiedad.
dale, te agradeceria si me enviaras el mp igual :)
pero han transcurrido mas de 15 años, entonces ya no habria nada mas que webear ?
 
holas, les cuento, en mi familia mis tios siempre sacan el cuento de las tierras de mi abuelo que nunca reclamo, la verdad es que no les creo mucho, pero bueh aqui va la duda por ultimo para decirles que cagaron y se dejen de webiar jaja
mis bisabuelos tenian sus terrenos, tuvieron 3 hijos (se supone, es sabido que los viejitos son unos loquillos), pero estos emigraron de esos lares y formaron familias en distintas localidades, la cosa es que sus padres murieron y nunca reclamaron estos terrenos quedando para no se quien xuxa.

aqui van las preguntas:
como se puede empezar a obtener info que sea fidedigna ? , si de verdad poseian algunas tierras, traspasos, etc.
en caso de que sea cierto, que se hace, cagan por todo el tiempo que ha pasado ? o algo pueden hacer y que pasos legales tomar despues ?

esop, ojala algun entendido me aclare esta situacion, por que igual rompen las bolas XD

1. Lo que queda en este caso es analizar la posesión efectiva y los títulos de propiedad de los bienes raíces que quedan de la masa hereditaria.

2. Después de tantos años y haciendo un estudio a los títulos perfectamente se pueden recuperar los terrenos dependiendo de las circunstancias.

3. Los herederos por el solo ministerio de la ley adquieren la posesión real de la herencia si ha sido aceptada , luego , habrá que ver si aparece en el título los nombres de tus abuelos y de tus padres consecutivamente como herederos de tu bisabuelos en virtud de la posesión efectiva .

Es perfectamente posible que si los titulos estuvieron intactos puedas tu agregar a cada uno de ellos los derechos correspondientes a través de la posesiones efectivas y con ello dejar constancia en el CBR los derechos de tus tíos.

4. También puede ocurrir perfectamente que haya ocupación sobre los terrenos mas sin títulos en mano es imposible hacer un estudio riguroso sobre la historia de la propiedad y saber que ocurrió después de fallecido el causante. Por eso es imprescindible que sepas el título de esos terrenos pedir copia de dominio vigente y hacer un estudio sobre ellos desde el fallecimiento de tus abuelos.

5. La prescripción adquisitiva contra ´titulo inscrito es imposible . así lo ha dicho la jurisprudencia de forma tajante.

6. Una vez de tener los títulos respectivos es imprescindible la asesoría de un abogado que pueda orientarte para saber que ha ocurrido



Así que no pierdas las esperanzas :hands: , las weas por años no se pierden sino solamente por pasividad de sus dueños que a veces y por suerte no producen mayores efectos.
 
Consejos penkas
estudio de titulos compadre
la accion de peticion de herencia es imprescriptible

"habogaos de la elirzzte"
 
1. Lo que queda en este caso es analizar la posesión efectiva y los títulos de propiedad de los bienes raíces que quedan de la masa hereditaria.

2. Después de tantos años y haciendo un estudio a los títulos perfectamente se pueden recuperar los terrenos dependiendo de las circunstancias.

3. Los herederos por el solo ministerio de la ley adquieren la posesión real de la herencia si ha sido aceptada , luego , habrá que ver si aparece en el título los nombres de tus abuelos y de tus padres consecutivamente como herederos de tu bisabuelos en virtud de la posesión efectiva .

Es perfectamente posible que si los titulos estuvieron intactos puedas tu agregar a cada uno de ellos los derechos correspondientes a través de la posesiones efectivas y con ello dejar constancia en el CBR los derechos de tus tíos.

4. También puede ocurrir perfectamente que haya ocupación sobre los terrenos mas sin títulos en mano es imposible hacer un estudio riguroso sobre la historia de la propiedad y saber que ocurrió después de fallecido el causante. Por eso es imprescindible que sepas el título de esos terrenos pedir copia de dominio vigente y hacer un estudio sobre ellos desde el fallecimiento de tus abuelos.

5. La prescripción adquisitiva contra ´titulo inscrito es imposible . así lo ha dicho la jurisprudencia de forma tajante.

6. Una vez de tener los títulos respectivos es imprescindible la asesoría de un abogado que pueda orientarte para saber que ha ocurrido



Así que no pierdas las esperanzas :hands: , las weas por años no se pierden sino solamente por pasividad de sus dueños que a veces y por suerte no producen mayores efectos.
gracias socio

en general gracias a todos los que han respondido por la buena onda y su tiempo :)
 
Consejos penkas
estudio de titulos compadre
la accion de peticion de herencia es imprescriptible

"habogaos de la elirzzte"

Ése sí que es un consejo penca.

Es prescriptible, 10 años, artículo 1269 del Código Civil. :cafe3:

No le haga caso. A los demás consejos, sí, son buenísimos. :sisi:
 
Ése sí que es un consejo penca.

Es prescriptible, 10 años, artículo 1269 del Código Civil. :cafe3:

No le haga caso. A los demás consejos, sí, son buenísimos. :sisi:

Exacto es prescriptible , cinco años incluso para el heredero putativo...¿ pero que ocurre si los títulos están intactos o siguen vigentes desde el fallecimiento de sus bisabuelos y solo existe ocupación de a una propiedad con título inscrito ?
 
Consejos penkas
estudio de titulos compadre
la accion de peticion de herencia es imprescriptible

"habogaos de la elirzzte"



la acción no prescribe (y sabemos que sí prescribe), pero aún así la defensa va a alegar prescripción adquisitiva y fuiste bueno no más.
 
la acción no prescribe (y sabemos que sí prescribe), pero aún así la defensa va a alegar prescripción adquisitiva y fuiste bueno no más.


pero la acción, en ese caso, puede guiarse a través de la compensación de los otros herederos. Ya lo hice una vez ;)
 
no nos adelantemos tampoco, lo primero sería ver quién está ocupando el terreno. en una de esas están desocupados y ahora puede ser usted el que se cague a hueones que se demoran 10 años en revisar sus tierras :awesome:
 
Ése sí que es un consejo penca.

Es prescriptible, 10 años, artículo 1269 del Código Civil. :cafe3:

No le haga caso. A los demás consejos, sí, son buenísimos. :sisi:

La prescripción se alega, no opera de pleno derecho; no basta el mero transcurso del tiempo. Ojo ahí.
 
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