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Se puede ser su propio corredor de propiedades por así decirlo?

Pamacan3

Hij@'e Puta
Registrado
2007/06/16
Mensajes
20.076
Me explayo...uno puede arrendar una casa así a lo amigo pero cuando no te pagan puede haber problemas por ende uno puede volverse un corredor para administrar sus propias cosas pidiendo los papeles para estudiar al arrendatario y utilizando las herramientas con que ellos cuentan para demandar a los que no paguen ????
En buenas cuentas, arrendar como se debería ???
Gracias ;)
 
hasta donde entiendo, lógico que se puede,es como quien dice, tener la sarten por el mango, si tu arriendas tu propiedad puedes pedirle hasta certificados de vacunas, todo lo que te de la seguridad de que pagará responsablemente, y si no pagara, aplicas abogado y sha está.
Si tienes la propiedad con un corredor me parece que es la misma ruleta rusa que si lo hicieras personalmente, solo que te ahorras la paja de cobrar, pero nada garantiza que por hacerlo por medio de terceros la cosa sea 100% seguro que paguen el arriendo en los plazos acordados.
 
Las tres respuestas anteriores fueron muy acertadas, por favor cerrar :martilleo:
 
Si quieres ser tu propio "corredor" lo primero que debes considerar es NO arrendar tu casa a "lo amigo" como tu dices.
Digamos que hay gente que recibe las cosas así pero investigaré sobre contratos y cosas así.
 
hasta donde entiendo, lógico que se puede,es como quien dice, tener la sarten por el mango, si tu arriendas tu propiedad puedes pedirle hasta certificados de vacunas, todo lo que te de la seguridad de que pagará responsablemente, y si no pagara, aplicas abogado y sha está.
Si tienes la propiedad con un corredor me parece que es la misma ruleta rusa que si lo hicieras personalmente, solo que te ahorras la paja de cobrar, pero nada garantiza que por hacerlo por medio de terceros la cosa sea 100% seguro que paguen el arriendo en los plazos acordados.
Tenía entendido que con corredor se puede demandarlos pero si es muy caro puede no convenir y que con recibo de arriendo como lo hacen muchas personas no se puede probar nada.[DOUBLEPOST=1411874774,1411874582][/DOUBLEPOST]
a vos te alcanza para corredor de pajas nomas, piñiñiento culiao.
Qué chistoso, gracias a los que respondieron seriamente.
 
Tenía entendido que con corredor se puede demandarlos pero si es muy caro puede no convenir y que con recibo de arriendo como lo hacen muchas personas no se puede probar nada.[DOUBLEPOST=1411874774,1411874582][/DOUBLEPOST]
Qué chistoso, gracias a los que respondieron seriamente.

una vez que verificaste todos los datos de tu posible arrendatario y que por consiguiente te dió la tranquilidad como para hacer el negocio con él, procede a redactar un contrato de arrendamiento,con todas las clausulas que se te ocurran para resguardarte,ej: mes de garantía, subir el arriendo de acuerdo al ipc y toda la challa (hay contratos tipos en internec, busca ahí como modelo y le agregas lo que quieras),luego lo legalizas firmando ambas partes ante notario(no sé si el término correcto es legalizar,protocolarizar o que se sho) y ya el recibo de comprobante de arriendo,son esos talonarios piñufles que hasta en los supermercados,sección librería,hay. :sisi:
 
una vez que verificaste todos los datos de tu posible arrendatario y que por consiguiente te dió la tranquilidad como para hacer el negocio con él, procede a redactar un contrato de arrendamiento,con todas las clausulas que se te ocurran para resguardarte,ej: mes de garantía, subir el arriendo de acuerdo al ipc y toda la challa (hay contratos tipos en internec, busca ahí como modelo y le agregas lo que quieras),luego lo legalizas firmando ambas partes ante notario(no sé si el término correcto es legalizar,protocolarizar o que se sho) y ya el recibo de comprobante de arriendo,son esos talonarios piñufles que hasta en los supermercados,sección librería,hay. :sisi:
Mmm pensé que sería más engorroso con contrato y claro que sé lo que son los recibos pero al parecer hacerlo solamente con eso es como un extra pero no prueba mucho ante efectos legales...
 
Puta, claro que si po.
Es mas, así lo hace el 95% de las personas.

Yo cuando arriendo pido:
- contrato de trabajo
- antecedentes
- 12 ultimas cotizaciones
- dicom.

Si pasa esos filtros, nos vamos a la notaria, para resguardarme en el contrato coloco buenas clausulas a mi favor, como por ejemplo:
- el atraso en un mes me faculta para publicar sus datos en.portales de internet e identificarlo como mal arrendador
- tiene 5 días para pagar el.mes devengado, pasado estos días empiezo a cobrar un interés.multa de xx pesos por día de atraso
- en cualquier.momento puedo solicitar el.inmueble unilateralmente, y desde esa solicitud el arrendatario tendrá un.mes para hacer abandono.
- cumplido un año el arriendo sube xx pesos
- se hace inventario.

Con esos simple pasos quedo resguardo, nadie me ha puesto problemas por esas clausulas.
 
Puta, claro que si po.
Es mas, así lo hace el 95% de las personas.

Yo cuando arriendo pido:
- contrato de trabajo
- antecedentes
- 12 ultimas cotizaciones
- dicom.

Si pasa esos filtros, nos vamos a la notaria, para resguardarme en el contrato coloco buenas clausulas a mi favor, como por ejemplo:
- el atraso en un mes me faculta para publicar sus datos en.portales de internet e identificarlo como mal arrendador
- tiene 5 días para pagar el.mes devengado, pasado estos días empiezo a cobrar un interés.multa de xx pesos por día de atraso
- en cualquier.momento puedo solicitar el.inmueble unilateralmente, y desde esa solicitud el arrendatario tendrá un.mes para hacer abandono.
- cumplido un año el arriendo sube xx pesos
- se hace inventario.

Con esos simple pasos quedo resguardo, nadie me ha puesto problemas por esas clausulas.
Claro, si te pusieran trabas ya sería una mala señal, la próxima vez lo haré así...
¿ Pides el inmueble cuando te han salido malos para pagar o cuando se te da la gana ?
¿ No cacho lo de inventario pero cómo cuánto subirías el arriendo cada año ?
 
mi familia antes de arrendar se asegura que sean de preferencia pacos. dificil que salgan sinverguenzas , tienen sueldo fijo asi que chiva de pega no van a tener. eso. nicagando le arrendamos a weones jovenes o flaites arribistas, solo pacos. milicos muy flaites.
 
aaaahhh, y he visto por experiencias de cercanos, no arrendar a argentinos y menos si tienen hijos pequeños.
 
porque de los 3 casos que recuerdo, practicamente destruyeron la casa/departamento/cabaña, y se fueron sin cancelar, tillible de permisivos con loh cabroh shicos,con resultado de deterioro del inmueble
 
Cuánto cobra el corredor?
Por lo general el 2% ...creo...[DOUBLEPOST=1411963688,1411963430][/DOUBLEPOST]
porque de los 3 casos que recuerdo, practicamente destruyeron la casa/departamento/cabaña, y se fueron sin cancelar, tillible de permisivos con loh cabroh shicos,con resultado de deterioro del inmueble
Claro que así es pero en el caso por el que pregunto no se trata de un inmueble amoblado de vacaciones, esos pagan impuestos además.
 
Por lo general el 2% ...creo...[DOUBLEPOST=1411963688,1411963430][/DOUBLEPOST]
Claro que así es pero en el caso por el que pregunto no se trata de un inmueble amoblado de vacaciones, esos pagan impuestos además.
nooo, de los 3 casos que dije,solo una era cabaña de veraneo, los otros, uno acá cerca de mi casa era una casa normal,que la familia argentina arrendó, y un día cualquiera se fueron dejando el alto de cuentas impagas...y anda a detenerlos,si ya son inubicables.

el arriendo al menos acá,se les reajusta de acuerdo al ipc acumulado del año.
 
Los corredores de propiedades deben ser una las basuras mas nefastas que existen (sobre acá, que no hay regulación). Cualquier vieja o hueón de mierda se autodenomina "corredor de propiedades" y en su puta vida han leído la ley de arriendos urbanos (que es bastante corta y simple) y la mayoría ni siquiera tiene un mínimo de noción jurídica, además que en general son bastante descriteriados. Lo mejor que puedes hacer es aprender tu mismo sobre como funciona la ley, los mecanismo en caso de cualquier problema, los plazos implicados, etc. (no es muy complicado).

Lo que te recomendaría respecto a la búsqueda de arrendatario es que lo hagas tu mismo, y te fijes principalmente en las características de la persona que esta intentando arrendar. Por ejemplo, si pides una renta de alrededor de 800.000 mínimo para arrendar y tienes los siguientes candidatos:

Mujer, 35 años, técnico profesional, contrato indefinido (empresa privada, no publica) con sueldo de $1.200.000
Hombre, 25 años, ingeniero civil de la U, PUC o Usach, recién egresado con sueldo de $750.000 (contrato a plazo fijo por 3 meses)

¿Con cual te quedarías? Normalmente un corredor se quedaría con la primera (mayores ingresos, cotizaciones por mas 12 meses, etc.), pero la verdad es mucho mejor candidato el segundo. El primero caso es aparentemente mejor, sin embargo un análisis mas fino te hacer pensar ¿por que si es técnico gana ese sueldo? pues lo mas probable es que este apitutada (si tiene buen pinta, mas probable aún), por lo que en caso de quedarse sin esa pega, no hay la mas remota posibilidad que mantenga ese nivel de ingresos (lo cual no sería tan raro si el pituto se aburre de ella o lo pilla la señora). En cambio el segundo candidato tiene un ingreso menor y el contrato parece mas inestable, pero las perspectiva son mucho mejores, ya que el sentido común te indica que incluso quedándose sin trabajo, lo mas probable es que no tenga problemas en encontrar otro con ese nivel de sueldo (y que con el tiempo vaya mejorando). Este criterio es el que, en general, no te entrega una persona que no seas tu mismo al evaluar los candidatos. Además un contrato del tipo que sea, es siempre, en alguna medida, un acto de fe entre las partes, por lo que es mejor que sientas la mayor confianza al momento de realizar el trato.
 
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