opinante21
Culiad@
- Registrado
- 2004/11/15
- Mensajes
- 11.073
- Sexo
Fijate que si te apegas irrestrictamente a las resoluciones de antes del año 200 y a los textos de los profesores alessandri y aomarriva vas a encontrar mucho apoyo en la doctrina clasica, pero Yo estimo que no, primero que nada por que hay un sin numero de resoluciones judiciales que asi lo avalan. Segundo por que la propia definicion de la Cv en el codigo. tercer, por que en materia de contrato de promesa se establece, entre otras, que "que sólo falten para que sea perfecto, la tradición de la cosa, o las solemnidades que las leyes prescriban", vale decir que se trata de rquisitos del propio contrato y solemnidades. En el ambito administrativos se asume que incluso una sentencia judicial puede transferir el dominio, como por ej en los requisitos exijidos para la inscripcion de vehiculos en el reg. civil, y cito "Sentencia judicial ejecutoriada, que adjudica o transfiere el dominio", por que en materia contractual se autoriza la utilizacion de la formula "vende, cede y transfiere", etc, etc, etc.
Al final, cuando se sale del texto puro del estudio del derecho y se observa "el derecho en accion" encuentras suficientes argumentos como para revatir lo establecido por la doctrina clasica.
Podriamos escribir un libro al respecto y pasarnos una tarde entera discutiendolo. Te agradezco que hayas tocado el tema.
Pero ojo ah , llegamos a un punto : El derecho debe ser dinámico, estar en acción y en constante cambio como la sociedad misma . El argumento ad antiquitatem o recurso a la tradición no es válido incluso para instituciones como el matrimonio, aquello que sirvió en épocas pasadas no necesariamente servirá para el presente, aquello que se considera como un requisito esencial de un determinado acto no son necesariamente vinculantes para otros tiempos.