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Tribunal fustiga a Canal 13 por “aparentar realidades con el fin de perseguir a delincuentes”

MarquesVrolok

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De manera unánime, el Tercer Tribunal Oral de Santiago cuestionó que se gastaran "recursos que son escasos, dejando a las verdaderas víctimas vulnerables por la falta de seguridad y la lentitud con que las policías llegan a socorrerlas. En este procedimiento se puso en movimiento todo el aparataje estatal, para perseguir un delito creado por una supuesta víctima que tampoco era tal, con un fin netamente periodístico”.

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El 22 de octubre de 2013, tres jóvenes de la población Juan Pablo II de Lo Barnechea se hallaron en una escena singular: caminaban por Avenida Escribá de Balaguer cuando se encontraron con un automóvil estacionado, con la puerta abierta y con las llaves puestas. Como dando cumplimiento al viejo adagio que dice “la oportunidad hace al ladrón”, los jóvenes –uno de ellos menor de edad–, sin antecedentes penales, se subieron al vehículo, sin saber que el extraño episodio fundaba justamente su singularidad en que no se trataba de una situación real, sino que era parte de un montaje del programa “En su Propia Trampa” de Canal 13. La duda debatida en el juicio realizado ante el Tercer Tribunal Oral de Santiago es que si Mario Cáceres González (18) y D. A. A. M. (16) –ya que el tercer implicado y conductor del vehículo, al ser interceptados por Carabineros, logró huir– protagonizaron un hecho delictual o pasaron a ser actores involuntarios de un programa de televisión. Según informó la Defensoría Penal Pública, el veredicto absolutorio unánime acogió la tesis de los defensores Luis Gálvez y Gonzalo Charmín en cuanto a que lo ocurrido fue un montaje en que nunca hubo una víctima y tampoco delito. La resolución dictada por los magistrados María Teresa Barrientos (Presidente), Francisco Lanas y Francisco Berríos establece que, de acuerdo a los antecedentes acreditados en juicio, los hechos se produjeron en el marco de una grabación dirigida por César Pérez Maldonado, editor del programa conducido por el periodista Emilio Sutherland. El texto sostiene que la producción dejó estacionado un auto “Suzuki Swift plateado año 2009, abierto y con las llaves en su interior, situación que fue aprovechada por los acusados Mario Cáceres y D. A. A. M., quienes abordaron el vehículo y se dieron a la fuga”. Sin embargo, se advierte que “los hechos descritos no permiten configurar el delito de hurto simple, porque falta uno de los elementos del tipo penal, debido a que la apropiación no fue realizada en contra de la voluntad de su dueño”. La resolución señala que, de acuerdo a la declaración de la propia víctima César Pérez, “dicho acto tenía por objeto probar el sistema de seguridad del vehículo por una investigación para un programa periodístico (…), descartando de esta manera la imputación efectuada por el Ministerio Público”.

Utilización” improcedente” de la Justicia

En la sentencia definitiva se reproducen los argumentos del defensor Luis Gálvez, en cuanto a que en el episodio generado por Canal 13 no existe delito, ya que “es imposible configurar un delito de hurto, no solamente por las circunstancias del caso que era imposible materializar cualquier acción criminal o con apariencia criminal instigada intencionalmente para que ocurriera este suceso (…) porque eso significaba un rédito para el programa de televisión”.

En su parte resolutiva el fallo absuelve a los dos imputados, pues no hay víctima, ya que la sustracción de auto no fue contra la voluntad de la supuesta víctima –el editor del programa “En su Propia Trampa”– sino que con la voluntad de ella “impidiendo configurar el delito de hurto simple”. Sobre este punto y la actuación del equipo de producción, precisa “que ellos mismos querían que le sustrajeran el vehículo, para así poder grabar y registrar qué hacían los sujetos para sustraerlo y comprobar si los sistemas de seguridad del vehículo impedían la apropiación, por lo tanto, la sustracción no solo no fue contra la voluntad de la víctima, sino que fue consentida y además fue facilitada, por cuanto el vehículo estaba con las puertas abiertas con las llaves en su interior”.

La sentencia va más allá y cuestiona la actuación de la supuesta víctima, señalando que “se debe dejar establecido que el proceso penal, no es un proceso disponible para las partes, que los habilite a crear y aparentar realidades con el fin de perseguir a los delincuentes, gastando recursos que son escasos, dejando a las verdaderas víctimas vulnerables por la falta de seguridad y la lentitud con que las policías llegan a socorrerlas. En este procedimiento se puso en movimiento todo el aparataje estatal, para perseguir un delito creado por una supuesta víctima que tampoco era tal, con un fin netamente periodístico”.

Tras la audiencia de lectura de sentencia a la que asistieron por la defensa los defensores públicos Patricia Cisternas y Luis Gálvez, este último expresó su satisfacción por el fallo, porque crea un precedente ante la explosión de programas televisivos que sistemáticamente violan los derechos de los detenidos. “En un acto de abierta discriminación, los profesionales de Canal 13 se dirigen a un sector muy vulnerable, como es la población Juan Pablo II, y con la burda operación de dejar un auto con las puertas abiertas y las llaves puestas, expusieron a jóvenes sin antecedentes penales, pero con la inmadurez propia de la adolescencia y en situación de riesgo social a cometer un delito para grabar una escena que beneficiaría su rating televisivo”, declaró. Agregó que estas absoluciones desnudan el abuso cometido por el programa “En su Propia Trampa”, especialmente con su defendido, ya que por tener 18 años –muy joven, pero mayor de edad–, lo expusieron sin restricciones como un delincuente habitual”.

El defensor dijo coincidir con el fallo en su reconvención a la supuesta víctima por la utilización de los tribunales para fines ajenos a la justicia. “Tal como dijo el tribunal, este caso ha significado un gasto de recursos del Estado innecesario”. Concluyó que si este asunto no se resolvió antes, llegando a un juicio oral, fue porque la supuesta víctima manipuló la información, ya que inicialmente dijo que estaban grabando en el sector cuando se encontraron con el robo. Concluyó que “recién cuando la causa ya estaba muy avanzada reconoció que él, como editor del programa, había organizado la escena del auto abandonado para que alguien se lo llevara y poder grabarlo”.

En esta causa el fiscal Samuel Constenla había pedido una pena de tres años y un día para el imputado adulto y un año de libertad asistida para el menor de edad. http://tinyurl.com/qfoumdx

:yaoming:
 
Es decir que tentar es malo, le voy a agarrar el culo a una mina rica y luego me declaro víctima. En todo caso el programa nunca me gustó, perseguir como paladines a delincuentes de poca monta y nunca tocar a los grandes, por mas que digan que para eso estaba otro programa, nunca veré que le hagan un caza bobos a un apellido de viña o banco.
 
Jajaja jueces culiaos

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Ah bueno, era el show bananero de En su propia trampa, nulo impacto y nula pérdida.
 
Es iwal que esa mierda de Alto que anda detrás de los weones que se roban una mantequilla en el supermercado, y atora los tribunales con causas que solo hacen perder tiempo a los wns del poder judicial.
 
Bueno el razonamiento de los jueces, de hecho me parece super lógico.
 
Bueno el razonamiento de los jueces, de hecho me parece super lógico.

x 2

esperar que un poder del estado se preste de buena gana para un montaje perodístico que no hace más que utilizar una realidad social lamentable para lograr prender televisores es una soberana idiotez
 
los jueces no estan para impartir justicia, estan para hacer cumplir la ley.
 
Es decir que tentar es malo, le voy a agarrar el culo a una mina rica y luego me declaro víctima. En todo caso el programa nunca me gustó, perseguir como paladines a delincuentes de poca monta y nunca tocar a los grandes, por mas que digan que para eso estaba otro programa, nunca veré que le hagan un caza bobos a un apellido de viña o banco.



ese programa no es programa esa wea es un bosquejo risorio de programa eso pasa cuando trabajan analfabetos estudiantes en la producción y un director sin buen gusto dirige
 
tiene logica juridica la resolucion, pero me parece tonto desacreditar un esfuerzo privado por aportar un grano de arena a la informacion de la gente y aportar a la prevencion del delito.
esta resolucion me parece mas un acto desesperado por recuperar un rol protagonico, o por no quedar como inoperantes de los nuevos actores de la reforma procesal penal.
porque seamos sinceros, antes de que apareciera ese programa de tv, el tribunal estaba preocupado de los derechos de las personas que salian sindicados como delincuentes ahi?, no pues. entonces se puede apreciar un poco de celo de los funcionarios judiciales al quedar en evidencia su impericia en el sentido de que no solo deben impartir justicia, sino tb trabajar en la informacion a la sociedad, en la prevencion del delito y tambien en la rehabilitacion de los delincuentes.
por elementos como ese es que veo dificil que chile alcance algun dia el desarrollo, se concentra muchas energias en el cumplimiento preciso de la norma o las solemnidades, y poco o nada en actuar en bloque como equipo cuando alguien esta aportando a mejorar una deficiencia. el chaqueteo en un nivel mas solemne en palabras simples
 
los jueces no estan para impartir justicia, estan para hacer cumplir la ley.

Que el director del programa halla mentido en lo que es la base de su acusación no ayuda a que se pueda hacer cumplir la ley.
 
Son muchos los abusadores ..... Pero muchos mas los abusados


Mosciatti se revuelca ... Con tu hermana.
 
Si veo un auto con las llaves puestas, ( podria ser por descuido, alevosia o con querer queriendo) lo que hago es mirar en los alrededores si puedo encontrar el dueño. y si no, llamo a los pacos.

En ningun caso me da el derecho de llevarmelo ¿porque?, por la sencilla razon de que no es de mi propiedad y no estoy autorizado a ocuparlo por su dueño, al tomarlo me lo estoy robando, es un robo, independiente que los tipos del 13 lo hayan dejado ahi, es un robo.

Tribunal culiao, una vez mas dando la cacha, menos mal que ahora tenemos a la :idolo: jefa que en sus primeros 100 dias las está haciendo todas...


mentira :troll:
 
ajajajajajja, fallo estupido.....

"se absuelve al imputado del delito de violacion, pues la supuesta victima iba con ropa provocativa a un local donde sabia que habria bebidas alcoholicas y hombres con intenciones de tener relaciones sexuales, y aun sabiendolo al entrar estaba dando su consentimiento"
 
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