• ¿Quieres apoyar a nuestro foro haciendo una donación?, entra aquí.

TV Digital a 10 metros de altura

Señor director:

Dado que la ley de Televisión Digital Terrestre define que para que los canales de televisión puedan hacer valer su derecho de retransmisión consentida, deben cumplir con el 85% de cobertura, la Subtel ha llamado a consulta pública sobre una nueva normativa técnica que permita definir cuándo hay cobertura para las nuevas señales digitales. Esta normativa propone que para determinar si hay cobertura la certificación se realizará con una antena de 10 metros de altura.

Esto contradice la nueva ley de antenas, ya que en vez de disminuir la cantidad de antenas visibles generará zonas altamente llenas de las mismas, para que las casas puedan ver las señales gratuitas.

Las mediciones en Inglaterra se realizaron con autos con antenas y con antenas dentro de las casas. ¿Será mucho pedir que los técnicos de este país hagan el trabajo de pensar en los ciudadanos y en la ciudad, y no en cuál es la mejor estrategia para responder a las presiones que recibirán de los canales de televisión abierta?

Cristián Zuleta V.

http://www.latercera.com/noticia/op...896-589456-9-antenas-para-la-tv-digital.shtml



¿Qué opinan de esto? ¿Se harán, una vez más, las cosas mal? ¿Alguien sabe de que se trata?

uhLmWvD.jpg


http://tvd.subtel.gob.cl/index.php?option=com_content&view=article&id=66&Itemid=96


Artículo 4° La zona de servicio de una estación transmisora de televisión digital será la zona geográfica en torno a ella delimitada por el contorno cuya intensidad de campo eléctrico sea de 48dBmV/m para la banda UHF[1]. Para efectos de cálculo y planificación el valor de la intensidad del campo eléctrico al modelar teóricamente el sistema se considerará el 70% de las ubicaciones y el 50% del tiempo, con una antena de recepción externa a 10 metros altura



En tu fuente de la subtel en ninguno de los documentos presentes existe el famoso articulo 4° al que haces mencion y citas para que el comun de los mortales que no se da la paja de revisar caiga como buena doña bertita y se ponga a reclamar por una ridiculizacion burda del proyecto de tvd.

CHUPALO!, esta wea no es facebook, andate para alla simio culiao y anda a pedir atencion ganando likes.
 
Televisión Outdoor

Con la nueva ley, quienes quieran ver televisión abierta sin pagar a un operador de televisión digital, deberá poner una antena a 10 metros de altura fuera de sus hogares para que capte la señal. A juicio de la Conadecus, la Subtel debe crear un mecanismo eficiente para medir la cobertura real de la TV abierta sin letra chica.
“Outdoor” es el anglicismo utilizado para decir puertas afueras y describe a las actividades que se realizan obviamente en exteriores. Hasta ahora, ver televisión es fundamentalmente una actividad “indoor”, que casi la totalidad de las personas hacen al interior de sus casas. Sin embargo, la ley actual Ley de Televisión Abierta aprobada ya por ambas cámaras legislativas y en este momento en consulta por su reglamento de aplicación, sólo garantiza la señal emitida fuera de los inmuebles.
De este modo, quienes quieran ver televisión abierta sin pagar a un operador de televisión digital, deberá poner una antena a 10 metros de altura fuera de sus hogares para que capte la señal. Esto, con en caso de poder hacerlo, ya que se topa con otros inconvenientes, como la aprobación de la comunidad de vecinos y la factibilidad técnica de poder hacerlo en edificios antiguos sin conductos para los cables que conecten la antena al aparato receptor.
Esto puesto que bajo el actual marco legal, se comprende que la medición de potencia se hará a 10 metros de altura, en el 70% de las ubicaciones, el 50% del tiempo y que para ser considerada dentro de la zona de servicio, se debe observar una potencia e 48 dB.
La ley actual Ley de Televisión Abierta aprobada ya por ambas cámaras legislativas y en este momento en consulta por su reglamento de aplicación, sólo garantiza la señal emitida fuera de los inmuebles.
Es decir, no está garantizado que en los hogares se recepcione televisión abierta sin incurrir en inversiones adicionales como instalar una antena a 10 metros de con el cableado que esto implica, o directamente pagarle a un cable-operador o un servicio de televisión satelital por recepcionar la señal abierta que se suponía garantizada.
Además, la ley establece que los canales abiertos deben llegar a un 85% de cobertura territorial para tener derecho a cobrar a los cableoperadores derechos de transmisión, a lo que se suma el que dada la alta concentración de la población en núcleos urbanos, muchas localidades rurales queden en este 15% que no se verán forzados a cubrir.
El aspecto de la televisión que preocupa a Conadecus tiene directa relación con la experiencia del usuario, y en televisión se entiende como el derecho que tienen los consumidores a recibir las señales de televisión en el espacio radioeléctrico, el cual está establecido como bien nacional de uso público.
El Estado de Chile, a través de la Subtel, debe definir los parámetros técnicos y medir la recepción de las señales, incluyendo parámetros para la tasa de bit y parámetros para la modulación, en inglés se conoce como “Bit Error Rate y Modulation Error Rate”. Sólo de esta manera sabremos si los concesionarios entregan las condiciones técnicas necesarias para hacer el uso efectivo de las frecuencias asignadas, según lo establece la ley.
A nuestro juicio, la Subtel, el organismo con las atribuciones para normar, regular, fiscalizar y sancionar el incumplimiento de la ley y sus reglamentos relativos a las telecomunicaciones y especifico las emisiones de señales de televisión, debe crear un mecanismo eficiente para medir la cobertura real de la TV abierta sin letra chica y sobre esos datos garantizar el cumplimiento del derecho de la libre recepción de estos contenidos sin pagar a otro operador de señales.

http://blog.lanacion.cl/2014/08/08/television-outdoor/
 
Volver
Arriba