Brucewine
Hagen
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Encontre esta historia al respecto , no me la sabia , usted ... se sabe otra version ???
Así fueron los hechos del 29 de marzo de 1985, en Villa Francia, en la comuna de Estación Central, de acuerdo al proceso judicial:Conforme los antecedentes del proceso ( fojas 1364; 1402; 1420; 1448 y otras), en marzo de 1985, días antes del 29 de marzo de ese año, en una casa de Villa Portales donde vivía clandestinamente Eduardo Vergara Toledo con su pareja Jenny Carvajal, se reunieron los hermanos Rafael y Eduardo Vergara Toledo, más Jenny; Vladimir Bustos; Sonia Cabellos y Rodrigo Morales, quienes planificaron un asalto armado a una Panadería ubicada en calle Cinco de Abril con Las rejas, operación que llamaron “propaganda armada”, con el objeto de reunir dinero, lo que ellos llamaron expropiación (los originales figuran en el proceso).
El día 29 de marzo estas seis personas se juntaron en el domicilio de Rodrigo Morales, para ejecutar el asalto previamente planificado a la panadería. En este domicilio se repartieron las armas, las que conforme los antecedentes en el proceso eran producto de robos.En el expediente se señala que Rafael Vergara Toledo siempre portaba un arma calibre 32. Conforme al peritaje efectuado por la Policía de Investigaciones todas las armas de estos extremistas estaban aptas para su uso.
En el domicilio, después de repartirse el armamento a usar en el asalto, se organizaron en parejas y establecen la misión individual para ejecutar el acto planificado. Es claro que estas personas y en especial los hermanos Vergara Toledo actuaban con premeditación y concertados para cometer un delito.Iniciada la acción dolosa, ella se ve frustrada por la presencia de un furgón policial en el cual iba el entonces subteniente Ambler y los carabineros Toledo, Marín y Muñoz.Ante la presencia policial - se frustraba el delito - y se dieron a la fuga.
En la huida, Eduardo Vergara y Jenny Cartagena fueron alcanzados por Rafael Vergara quien les señala la proximidad del vehículo policial.Conforme a lo declarado por Jenny Cartagena, Eduardo Vergara Toledo efectuó tres disparos contra Carabineros. No se señala que carabineros haya dado respuesta.Ambler, como jefe de la Tenencia, dispuso que los carabineros Marín y Muñoz fueran a pie tras los delincuentes que huían; el subteniente solo partió en otra dirección y Toledo, como conductor del vehículo policial, efectuó un recorrido más amplio por el sector, previamente solicitan refuerzos.
El carabinero Muñoz portaba una UZI automática y Marín su revolver fiscal de servicio. En la esquina de un pasaje, Muñoz y Marín se encuentran de frente con los hermanos Vergara Toledo.Eduardo Vergara disparó el arma que portaba contra el carabinero Muñoz hiriéndolo en el pecho, ambos hermanos viraron para continuar con la huida.Al momento de ser herido, el carabinero Muñoz accionó su arma en ráfaga ( 20 tiros ) y el carabinero Marín reaccionó haciendo uso de su revólver, a consecuencias de lo cual resultaron muertos ambos hermanos.
Lo narrado, respecto a la muerte de los hermanos Vergara Toledo, corresponde a los antecedentes que existen en el proceso.Es decir, los hermanos Vergara Toledo planificaron una acción dolosa, el asalto a una panadería; se repartieron armas las que eran producto de robos y, finalmente, uno de ellos hirió a un Carabinero.
El sumario administrativo verificó que el procedimiento policial fue ajustado a derecho. Posteriormente, se inició un juicio en el segundo Juzgado Militar que entregó sentencia el 24 de julio de 2001, la que fue confirmada por la Corte Marcial, integrada por 5 miembros, dos de los cuales son ministros de la Corte de Apelaciones (civiles).La votación de la Corte Marcial fue de 5 a 0, la sentencia del 14 de junio de 2002. Ella declaró extinguida la responsabilidad penal del subteniente y los carabineros, determinándose el sobreseimiento total y definitivo.La familia Vergara Toledo presentó un recurso de casación a la Corte Suprema el que fue declarado inadmisible. Con esta resolución el caso quedó como “cosa juzgada”.
Sin embargo, el 30 de septiembre de 2003, el ministro Sergio Muñoz, reabre el proceso, patrocinado por el Gobierno de la Concertación.Hubo un acuerdo del pleno de la Corte Suprema, que no se pronunció sobre el procedimiento a seguir, solo señaló: “No se pronuncia sobre las competencias involucradas”.El Ministro Muñoz, pese a lo señalado en el artículo 408 N° 7 del Código de Procedimiento Penal sobre cosa juzgada y conforme además a lo dispuesto en el artículo 97 del Código Orgánico de Tribunales, que señala que no ha lugar a la revisión de sentencias a firme, reabrió el proceso.
En este nuevo proceso se buscó culpar a los carabineros de tener una actitud de persecución contra la familia y los hermanos Vergara Toledo.En el proceso está establecido que el Subteniente Ambler se hizo cargo de la Tenencia en Enero de 1985 y el procedimiento con los hermanos Vergara Toledo ocurrió en marzo de ese año, o sea, tres meses después de recibirse de la Tenencia.En el proceso declaró el antiguo oficial a cargo de la Tenencia en 1984, quién manifestó que durante su período hubo ataques al cuartel, ataques incendiarios al furgón, emboscada a patrullas de Carabineros y partícipes en ellas estaban los Hnos. Vergara Toledo.
Ud se sabe otra ???
Así fueron los hechos del 29 de marzo de 1985, en Villa Francia, en la comuna de Estación Central, de acuerdo al proceso judicial:Conforme los antecedentes del proceso ( fojas 1364; 1402; 1420; 1448 y otras), en marzo de 1985, días antes del 29 de marzo de ese año, en una casa de Villa Portales donde vivía clandestinamente Eduardo Vergara Toledo con su pareja Jenny Carvajal, se reunieron los hermanos Rafael y Eduardo Vergara Toledo, más Jenny; Vladimir Bustos; Sonia Cabellos y Rodrigo Morales, quienes planificaron un asalto armado a una Panadería ubicada en calle Cinco de Abril con Las rejas, operación que llamaron “propaganda armada”, con el objeto de reunir dinero, lo que ellos llamaron expropiación (los originales figuran en el proceso).
El día 29 de marzo estas seis personas se juntaron en el domicilio de Rodrigo Morales, para ejecutar el asalto previamente planificado a la panadería. En este domicilio se repartieron las armas, las que conforme los antecedentes en el proceso eran producto de robos.En el expediente se señala que Rafael Vergara Toledo siempre portaba un arma calibre 32. Conforme al peritaje efectuado por la Policía de Investigaciones todas las armas de estos extremistas estaban aptas para su uso.
En el domicilio, después de repartirse el armamento a usar en el asalto, se organizaron en parejas y establecen la misión individual para ejecutar el acto planificado. Es claro que estas personas y en especial los hermanos Vergara Toledo actuaban con premeditación y concertados para cometer un delito.Iniciada la acción dolosa, ella se ve frustrada por la presencia de un furgón policial en el cual iba el entonces subteniente Ambler y los carabineros Toledo, Marín y Muñoz.Ante la presencia policial - se frustraba el delito - y se dieron a la fuga.
En la huida, Eduardo Vergara y Jenny Cartagena fueron alcanzados por Rafael Vergara quien les señala la proximidad del vehículo policial.Conforme a lo declarado por Jenny Cartagena, Eduardo Vergara Toledo efectuó tres disparos contra Carabineros. No se señala que carabineros haya dado respuesta.Ambler, como jefe de la Tenencia, dispuso que los carabineros Marín y Muñoz fueran a pie tras los delincuentes que huían; el subteniente solo partió en otra dirección y Toledo, como conductor del vehículo policial, efectuó un recorrido más amplio por el sector, previamente solicitan refuerzos.
El carabinero Muñoz portaba una UZI automática y Marín su revolver fiscal de servicio. En la esquina de un pasaje, Muñoz y Marín se encuentran de frente con los hermanos Vergara Toledo.Eduardo Vergara disparó el arma que portaba contra el carabinero Muñoz hiriéndolo en el pecho, ambos hermanos viraron para continuar con la huida.Al momento de ser herido, el carabinero Muñoz accionó su arma en ráfaga ( 20 tiros ) y el carabinero Marín reaccionó haciendo uso de su revólver, a consecuencias de lo cual resultaron muertos ambos hermanos.
Lo narrado, respecto a la muerte de los hermanos Vergara Toledo, corresponde a los antecedentes que existen en el proceso.Es decir, los hermanos Vergara Toledo planificaron una acción dolosa, el asalto a una panadería; se repartieron armas las que eran producto de robos y, finalmente, uno de ellos hirió a un Carabinero.
El sumario administrativo verificó que el procedimiento policial fue ajustado a derecho. Posteriormente, se inició un juicio en el segundo Juzgado Militar que entregó sentencia el 24 de julio de 2001, la que fue confirmada por la Corte Marcial, integrada por 5 miembros, dos de los cuales son ministros de la Corte de Apelaciones (civiles).La votación de la Corte Marcial fue de 5 a 0, la sentencia del 14 de junio de 2002. Ella declaró extinguida la responsabilidad penal del subteniente y los carabineros, determinándose el sobreseimiento total y definitivo.La familia Vergara Toledo presentó un recurso de casación a la Corte Suprema el que fue declarado inadmisible. Con esta resolución el caso quedó como “cosa juzgada”.
Sin embargo, el 30 de septiembre de 2003, el ministro Sergio Muñoz, reabre el proceso, patrocinado por el Gobierno de la Concertación.Hubo un acuerdo del pleno de la Corte Suprema, que no se pronunció sobre el procedimiento a seguir, solo señaló: “No se pronuncia sobre las competencias involucradas”.El Ministro Muñoz, pese a lo señalado en el artículo 408 N° 7 del Código de Procedimiento Penal sobre cosa juzgada y conforme además a lo dispuesto en el artículo 97 del Código Orgánico de Tribunales, que señala que no ha lugar a la revisión de sentencias a firme, reabrió el proceso.
En este nuevo proceso se buscó culpar a los carabineros de tener una actitud de persecución contra la familia y los hermanos Vergara Toledo.En el proceso está establecido que el Subteniente Ambler se hizo cargo de la Tenencia en Enero de 1985 y el procedimiento con los hermanos Vergara Toledo ocurrió en marzo de ese año, o sea, tres meses después de recibirse de la Tenencia.En el proceso declaró el antiguo oficial a cargo de la Tenencia en 1984, quién manifestó que durante su período hubo ataques al cuartel, ataques incendiarios al furgón, emboscada a patrullas de Carabineros y partícipes en ellas estaban los Hnos. Vergara Toledo.
Ud se sabe otra ???