Con votos de oposición y la DC: Comisión aprueba regresar al artículo 1 definición de Estado social y democrático de derecho
De esta forma, el
artículo 1 del texto quedaría de la siguiente forma: "la dignidad humana es inviolable y la base del derecho y la justicia. Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Su respeto y garantía es el primer deber de la comunidad política y de su forma jurídica de organización.
En el
inciso 2 se establece que "la familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Es deber del Estado y la sociedad dar
protección a las familias y propender a su fortalecimiento".
Mientras que en el inciso 3 se señala que
"el Estado de Chile es social y democrático de derecho, que reconoce derechos y libertades fundamentales, deberes constitucionales, y
promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal y a través de instituciones estatales y privadas".
Además, se aprobó una enmienda del oficialismo que modifica la redacción del
artículo 3 en su referencia a la paridad:
"La ley asegurará el acceso igualitario de mujeres y hombres a los mandatos electorales y cargos electivos, así como su participación en condiciones de igualdad en los distintos ámbitos de la vida nacional.
El Estado garantizará el ejercicio de la participación política de las mujeres".
Ésta contó con
16 votos del oficialismo y de los comisionados de oposición
Hernán Larraín , Marcela Peredo, Sebastián Soto y Katherine Martorell
El borrador del Consejo había cambiado el concepto al artículo 2 del texto constitucional. Las enmiendas serán votadas hoy hasta total despacho.
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- Constitucionalización del Socialismo empobrecedor.
- protección de "Las familias", y no la familia.
- Paridad (Se constitucionaliza meter mano a la urna).
- promover progresivamente derechos sociales (pero de trabajar ni hablemos).
Jajajajaj.
"Ai ke aproar o zinoh loh komuniztah ze ban a enojah kon lozotroz...leh tinimoh ke ganar kon el 'Ah Faor'..."
