CombateMortal
Sebastian Badilla XXX - Puro humo!
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- 2007/04/19
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Yo se que esto la elite lo sabe, pero seguro alguno aún cree que la está haciendo de oro... pero cuidado... es una puta trampa!!!
Cuando uno se casa tiene varias opciones de régimen matrimonial, ya sea para administrar, dividir bienes etcétera.
En todos uno caga, pero hay uno en donde pareciera quedar salvado de las garras de las zorras oportunistas. Y se llama “Separación total de vienes” el puro nombre es como bien clarito, de echo si lo googleamos dice que en este régimen todos los bienes adquiridos antes o durante el matrimonio serán de exclusividad de cada cónyuge. Hasta ahí vamos bien pero acá biene la letra chica.
Artículo 61 ley de divorcio: “si como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, este le podrá meter el pico hasta la garganta y sacarle todo su patrimonio que tanto trabajo le costo, importándole un pico si con su trabajo la familia se alimento, vivio y educó.
En resumen si la weona acredita que no trabajo el marido tendrá que indemnizarla con todos los sueldos que ella pudo percibir incluyendo las imposiciones desde el momento en que se casó hasta el divorcio.
Así que ojo cabros, si se casaron van a tener que pagarle el sueldo de todos los años en que la weona puso la raja en la cama calentita viendo la comedia mientras ustedes se sacaron la chucha trabajando.
No digan después que no les avisaron
Cuando uno se casa tiene varias opciones de régimen matrimonial, ya sea para administrar, dividir bienes etcétera.
En todos uno caga, pero hay uno en donde pareciera quedar salvado de las garras de las zorras oportunistas. Y se llama “Separación total de vienes” el puro nombre es como bien clarito, de echo si lo googleamos dice que en este régimen todos los bienes adquiridos antes o durante el matrimonio serán de exclusividad de cada cónyuge. Hasta ahí vamos bien pero acá biene la letra chica.
Artículo 61 ley de divorcio: “si como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, este le podrá meter el pico hasta la garganta y sacarle todo su patrimonio que tanto trabajo le costo, importándole un pico si con su trabajo la familia se alimento, vivio y educó.
En resumen si la weona acredita que no trabajo el marido tendrá que indemnizarla con todos los sueldos que ella pudo percibir incluyendo las imposiciones desde el momento en que se casó hasta el divorcio.
Así que ojo cabros, si se casaron van a tener que pagarle el sueldo de todos los años en que la weona puso la raja en la cama calentita viendo la comedia mientras ustedes se sacaron la chucha trabajando.
No digan después que no les avisaron