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Caso Nabila Rifo: Antroniano Ortega condenado a 26 años de cárcel .

No pueden apelar al fallo? declararlo nulo o alguna wea? cagó no más el antroniano?
 
no importa que encierren a Ortega en una cárcel, es hombre asi que de todas formas merece las penas del infierno :clap:
 
Última edición:
Teniendo en cuenta que aquí copian toda la mierda de España, lo que se nos viene:

La Ley de Violencia de Género no discrimina a los hombres, según el Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) considera que las agresiones en el ámbito de la pareja suponen un daño mayor cuando es el varón el agresor, debido al contexto de desigualdad y, por tanto, deben tener una condena superior. Así lo establece en una sentencia del pleno dictada el pasado 22 de julio, de forma que avala el polémico texto de la Ley contra la Violencia de Género, criticado por numerosos juristas que consideran que es discriminatoria y que vulnera el principio de igualdad y la presunción de inocencia de los varones.

En dicha sentencia, el TC rechaza la cuestión de inconstitucionalidad, planteada por la titular del Juzgado número 2 de Albacete, del artículo 148.4 del Código Penal, porque estima incompatible con el principio de igualdad y discriminatorio para el varón al imponerse una condena superior si él es el autor de las lesiones producidas en el ámbito de la pareja. Este artículo establece que las "lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado y al riesgo producido... si la víctima fuere o hubiese sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia". En cambio, la pena sería más leve, de seis meses a tres años, si fuera la mujer la autora de la agresión sobre el varón. Además, plantea el Juzgado de Albacete que este artículo vulnera el derecho a la presunción de inocencia y el principio de culpabilidad, "al presumir, sin posibilidad de prueba en contrario, que toda acción lesiva del varón hacia la mujer posee una finalidad discriminatoria, razón que justificaría la mayor gravedad de la conducta".

Agresiones machistas

Por su parte, el Constitucional insiste en su sentencia en que esas agresiones "son más graves y más reprochables socialmente" porque se producen en un contexto de desigualdad en el ámbito de las relaciones de pareja. Es decir, agresiones machistas.Recuerda que el artículo del Código Penal "tiene como finalidad principal prevenir las agresiones que en el ámbito de la pareja se producen como manifestación del dominio del hombre sobre la mujer en tal contexto" y combatir "el origen de un abominable tipo de violencia que se genera en un contexto de desigualdad".

El artículo tiene como finalidad prevenir las agresiones que se producen en la pareja como manifestación del dominio del hombre sobre la mujer
"Es palmaria la legitimidad constitucional de la finalidad de la ley, y en concreto del precepto penal ahora cuestionado, y la suficiencia al respecto de las razones aportadas por el legislador", establece el TC.

El TC considera que "una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural -la desigualdad en el ámbito de la pareja- generadora de gravísimos daños a sus víctimas y dota así consciente y objetivamente a su comportamiento de un efecto añadido a los propios del uso de la violencia en otro contexto".

Por ello, supone una mayor lesividad para la víctima, "porque la consolidación de la discriminación agresiva del varón hacia la mujer en el ámbito de la pareja añade un efecto intimidatorio a la conducta, que restringe las posibilidades de actuación libre de la víctima". Al acuerdo del pleno del TC se incorporan los votos particulares discrepantes de los magistrados Javier Delgado Barrio, Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y Ramón Rodríguez Arribas.

La cago España :nonono: no seria raro que intentaran aprobar una ley parecida aprovechándose del caso.
 
la cortina de humo farandulesca, política y judicial que utiliza el gobierno de la gorda para envolar la perdiz y tirar humo ante los horrendos proyectos de ley y justo cuando se discute el tema de la reforma al sistema de financimiento a las universidades y al sistema universitario, proyecto de ley elemental y único que no se podrá corregir una vez que este aprobado dentro de décadas porque este proyecto trata de dejar todo amarrado y cagarse por partida doble a la clase media ¿les parece extraño que estén dando como tambor de militico al caso y que todos los medios hichen hasta las weas con el caso? que no fue que si fue que parece que era no que no era el weon que la golpeo que esto y lo otro.
 
Pobre Mauricio Ortega, tuvo la mala cueva que al guardia que quería el gobierno culpar a toda costa por el asesinato de la profesora lo salvara una cámara de vigilancia, o que el juicio de jaime anguita todavia no termine sinó estaría libre.
 
Última edición:
Que jesucristo lo tenga en su reino amén.
 
Teniendo en cuenta que aquí copian toda la mierda de España, lo que se nos viene:

La Ley de Violencia de Género no discrimina a los hombres, según el Constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) considera que las agresiones en el ámbito de la pareja suponen un daño mayor cuando es el varón el agresor, debido al contexto de desigualdad y, por tanto, deben tener una condena superior. Así lo establece en una sentencia del pleno dictada el pasado 22 de julio, de forma que avala el polémico texto de la Ley contra la Violencia de Género, criticado por numerosos juristas que consideran que es discriminatoria y que vulnera el principio de igualdad y la presunción de inocencia de los varones.

En dicha sentencia, el TC rechaza la cuestión de inconstitucionalidad, planteada por la titular del Juzgado número 2 de Albacete, del artículo 148.4 del Código Penal, porque estima incompatible con el principio de igualdad y discriminatorio para el varón al imponerse una condena superior si él es el autor de las lesiones producidas en el ámbito de la pareja. Este artículo establece que las "lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado y al riesgo producido... si la víctima fuere o hubiese sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por análoga relación de afectividad, aun sin convivencia". En cambio, la pena sería más leve, de seis meses a tres años, si fuera la mujer la autora de la agresión sobre el varón. Además, plantea el Juzgado de Albacete que este artículo vulnera el derecho a la presunción de inocencia y el principio de culpabilidad, "al presumir, sin posibilidad de prueba en contrario, que toda acción lesiva del varón hacia la mujer posee una finalidad discriminatoria, razón que justificaría la mayor gravedad de la conducta".

Agresiones machistas

Por su parte, el Constitucional insiste en su sentencia en que esas agresiones "son más graves y más reprochables socialmente" porque se producen en un contexto de desigualdad en el ámbito de las relaciones de pareja. Es decir, agresiones machistas.Recuerda que el artículo del Código Penal "tiene como finalidad principal prevenir las agresiones que en el ámbito de la pareja se producen como manifestación del dominio del hombre sobre la mujer en tal contexto" y combatir "el origen de un abominable tipo de violencia que se genera en un contexto de desigualdad".

El artículo tiene como finalidad prevenir las agresiones que se producen en la pareja como manifestación del dominio del hombre sobre la mujer
"Es palmaria la legitimidad constitucional de la finalidad de la ley, y en concreto del precepto penal ahora cuestionado, y la suficiencia al respecto de las razones aportadas por el legislador", establece el TC.

El TC considera que "una agresión supone un daño mayor en la víctima cuando el agresor actúa conforme a una pauta cultural -la desigualdad en el ámbito de la pareja- generadora de gravísimos daños a sus víctimas y dota así consciente y objetivamente a su comportamiento de un efecto añadido a los propios del uso de la violencia en otro contexto".

Por ello, supone una mayor lesividad para la víctima, "porque la consolidación de la discriminación agresiva del varón hacia la mujer en el ámbito de la pareja añade un efecto intimidatorio a la conducta, que restringe las posibilidades de actuación libre de la víctima". Al acuerdo del pleno del TC se incorporan los votos particulares discrepantes de los magistrados Javier Delgado Barrio, Jorge Rodríguez-Zapata Pérez y Ramón Rodríguez Arribas.

La cago España :nonono: no seria raro que intentaran aprobar una ley parecida aprovechándose del caso.


españa es un ejemplo de la mierda que puede provocar el feminismo

hoy existen un 90% de denuncias falsas de agresiones, lo peor de todo, es que sólo basta que la mujer haga la denuncia para que el hombre sea detenido de forma inmediata


por esto es importante para el gobierno el caso de Ortega y enfatizar la agresión contra una mujer
 
Lo que veo venir es la el fortalecimiento de la victimización hacia la mujer...
El triunfo de las feminazis...


Nabila maraca culia ahora se hace la victima, si hubiese privilegiado el cuidar a sus hijos en vez de andar prestando el culo, nada le hubiese pasado, caso parecido al maricon culiao de :monomeon: Zamudio que después de morir era un angelito :lol2:

:monomeon: Nabila maraca reconchetumadre
:monomeon: Bachelet y feminazis hijas de perra intentando sacar provecho
Lo de Zamudio que pasó en realidad? :ear:
 
Lo que veo venir es la el fortalecimiento de la victimización hacia la mujer...
El triunfo de las feminazis...



Lo de Zamudio que pasó en realidad? :ear:

Acusaron de nazis a unos weones, que estaban bastante lejos de serlo, uno de los weones era bailarín, y todo para tener la excusa para formular una ley anti-discriminación en conjunto con el Movilh, que incluyera el anti-semitismo y así establecer una ley mordaza, en noticias de años anteriores:

El senador del PPD Eugenio Tuma dijo este miércoles en Cooperativa que ha sido la falta de "generosidad" de la comunidad judía la que ha impedido que Chile cuente con una Ley Antidiscriminación.

Tuma, de ascendencia palestina, desmintió en El Primer Café los dichos del panelista Gabriel Zaliasnik, ex presidente de la Comunidad Judía de Chile, que lo mencionó como uno de los parlamentarios de la Concertación que han, en los últimos años, votado contra iniciativas antidiscriminación; aludiendo específicamente a un "proyecto que sancionaba la incitación al odio por razones discriminatorias".


"Quiero expresar mi absoluto desacuerdo y desmentir lo que ha planteado Gabriel Zaliasnik respecto a mi participación en la Ley Antidiscriminación. Yo soy representante de la zona de mayor concentración indígena, y he luchado muchísimo para que no se discrimine ni a los mapuches ni a nadie en Chile y en ninguna parte de mundo", dijo Tuma, que desafió al abogado a que "demuestre" su versión.

El parlamentario apuntó que "cosa distinta es que yo me haya opuesto a indicaciones del señor Zaliasnik y de otros para establecer sólo una antidiscriminación respecto del antisemitismo".
"Yo soy semita, pero creo que si nosotros establecemos una discriminación sólo en contra de los judíos, entonces también hay que incluir a los mapuches, a los griegos, a los españoles y a los palestinos", planteó, atribuyendo los dichos de Zaliasnik a "la campaña de desprestigio que han hecho de los parlamentarios que defendemos la causa palestina".

"Una cosa es defender la causa palestina y otra que digan que estamos contra una Ley Antidiscriminación que siempre, siempre he votado favorablemente", aseveró el congresista, que contraatacó señalando que "son precisamente los Gabriel Zaliasnik los que han impedido que en Chile exista una Ley Antidiscriminación, porque han querido introducir una ley especial para los judíos".

"Cuando se quiere introducir una legislación especial hay muchos detractores, mucha discusión, y después la ley no se va a aprobar para castigar la discriminación contra cualquiera. Si hubiera generosidad para beneficiar a todos y no solamente a los judíos ya tendríamos ley hace rato", concluyó.

El memorial de Zamudio fue financiado por:
Para su implementación, el Memorial por la Diversidad contó con donaciones de 115 individuales, del evento artístico "Somos más por Daniel", que coordinó el abogado Jaime Silva, de subvenciones presidenciales y de aportes de la Comunidad Judía de Chile, así como de empresas que ayudaron con la entrega de materiales de construcción.

han pedido la modificación de la ley en reiteradas ocasiones:

La comunidad judía en Chile se reunió en la sede de la Cancillería para recordar a las víctimas del Holocausto y aprovecharon la oportunidad para pedir la perfección de la ley antidiscriminación conocida como "Ley Zamudio".

El presidente de la agrupación, Shai Agosin, valoró la entrada en vigencia del mencionado cuerpo legal y dijo que es perfectible, aludiendo a algunas expresiones antisemitas que han provocado la reacción de la comunidad.


"Hoy día podemos ver en nuestro país personas que impunemente siguen incitando al odio, no solamente contra la comunidad judía, sino también contra otras minorías y eso no puede suceder", sentenció Agosin.

El representante concluyó que "creemos que la ley de antidiscriminación es una ley muy buena, muy importante, pero que es perfectible", por lo que pidió sumar a la ley, cualquier incitación a la violencia.
 
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