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doble post, pero no importa
medias washas !!!! video weon o te mando a hacer transferencias con tu plata !!!
Contertulio, como recomendación para futuras cargas de fotos:
SIEMPRE cambie de nombre a las fotos antes de subirlas
https://www.facebook.com/damira25
https://www.facebook.com/profile.php?id=100005797620065
https://www.facebook.com/xfrancesca1
https://www.facebook.com/alejandra.tosacanorobles
Me da lo mismo amigo. 1 son maracas y dos si alguien ve mi facebook espero que me envie una solicitud de amistad y no ponga en riesgo su patrimonio faltandome el respeto con la mariconada de subir fotois a la web. Por otro lado el facebook con el que tengo esa clase de contactos es un clon
tú no tienes NINGÚN derecho sobre las fotos que suebs a facebook, ojo con eso !!!
Ese no es el punto. En primer lugar la propietarizacion de los derechos es tan amplia que no voy a entrar en ese punto amigo mio por que no te puedo llevar a discutir algo que tu desconoces. Asi que voy a otro punto: La utilizacion de la imagen de una persona con animo difamatorio. Por ej. quien subio la foto de Sebastian 20 no lo hizo con el animo de decir "El el sebastian, es buena onda, conozcanlo" si no que con el animo de que lo hicieran mierda. Siendo bastante severo, si bien podemos determinar que no existe un animo de injuriar, en materia de cuasidelito civil la norma nisiquiera exige dolo (el animo de cagarte) si no que culpa (actuar de manera poco diligente. Es asi que dicha accion, respecto de la cual se debio ser diligente, provoco daño, descredito, y difamacion en la persona de otro, ingresa en el ambito de la responsabilidad extracontractual (que en terminos simples y para que se entienda nace de todo hecho que provoca daño a otro sea de manera injtencional o negligente).
Ahora cuales el punto: El mismo Codigo nos dice que el daño a la honra no es indemnizable moralmente. Hasta ahi un juicio civil que a mi me sale gratis, y tu diras "que tanto si no se puede indemnizar". Bueno, ya te hice gastar tiempo y dinero en defenderte. Luego de todas maneras te gane el juicio. Y como soy weon, y no me gusta que pasen a llevar despues de ganado el juicio te llevo al tribunal constitucionalidad y solicito que se declare la norma que no me permite ser indemnizado inaplicable por ser inconstitucional. Y te voy a ganar. Y no solo eso, te voy a volver hacer gastar plata, esta ves contratando un abogado que alegue ante el tribunal constiitucional, y peor aun te voy a ganar el juicio y me vas a tenber que indemnizar.
Luego de todo el tiempo de tramitacion, vopy hacer que gastes lo que no tienes en defensa, ademas me vas a tener que indemnizar y el tema de las fotos va haber pasado al olvido hace años. Ahi te voy a preguntar que opinas del tema de que las fotos de facebook no son de tu propiedad, o si realmente importa esa wea
Y disculpa si no fui muy claro pero estoy curao hace rato Cualquier duda te lo traduzco mañana
, interesante. no tenía idea !
a todo esto, por qué chucha explicas la weá refiriendote a mí, huaso culiao .
si no soy na' el sobras pa andar publicando posibles fotos tuyas- pese a que no lo encuentro taaaan terrible- y menos de los tuyos y/o algún tercero que tenga relación. regla tácita acá en pdm !
pd: foro y cielo madrugador y sin rastros de caña !!!
a seguir estudiando/trabajando .
, interesante. no tenía idea !
a todo esto, por qué chucha explicas la weá refiriendote a mí, huaso culiao .
si no soy na' el sobras pa andar publicando posibles fotos tuyas- pese a que no lo encuentro taaaan terrible- y menos de los tuyos y/o algún tercero que tenga relación. regla tácita acá en pdm !
pd: foro y cielo madrugador y sin rastros de caña !!!
a seguir estudiando/trabajando .