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Protestas en Plaza Baquedano: Joven que cayó al río Mapocho está fuera de riesgo vital

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suelta el tolueno!!!!!!!!!!!!!!! :daleoh::daleoh::daleoh::daleoh::daleoh::daleoh::daleoh::daleoh::daleoh::daleoh:



Y TODAVÍA NO SUELTA EL TOLUENO EL ENIGMATICO CULIAO????? :nonono:



jkashdkjahskhjdkajhsdkjhakhjsdjha :lol3:
 
Tribunal acoge solicitud de Fiscalía y ordena prisión preventiva para carabinero imputado por presunto delito de homicidio.

El fiscal Jaime Fuica ordenó un plazo de 120 días para la investigación y el imputado cumplirá la medida en el recinto penitenciario Pudahuel Norte.

file_20201004170942.jpg


El 7° Juzgado de Garantía de Santiago ordenó la tarde de este domingo la prisión preventiva para el carabinero imputado, Sebastián Zamora, por delito de homicidio frustrado por los hechos ocurridos el pasado 2 de octubre al costado del puente Pío Nono, donde un joven cayó al río Mapocho. Esto, luego de que se consideraran los argumentos expresados por la fiscalía y los querellantes para establecer esta medida cautelar.

En la instancia participó el abogado querellante del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH); la representante de la Defensoría de la Niñez, y dos querellantes particulares en representación del joven de 16 años, quienes se plegaron a la solicitud de Chong. En tanto, el plazo de investigación fue de 120 días, según acogió el juez Jaime Fuica a la solicitud de la fiscalía. El imputado cumplirá prisión en el recinto penitenciario Pudahuel Norte.

En su argumentación, el juez sostuvo que "el tribunal ha tenido dos secuencias de imágenes que ha permitido esclarecer esta cuestión", considerando que las fotografías no permiten dilucidar con claridad la actuación del carabinero. "Estas imágenes no permiten esta evidenciación con meridiana claridad del actuar del agente policial a juicio de este juez, pero sí permiten establecer que el joven corría en dirección a calle Bellavista y la aproximación del agente se hace de manera diagonal, donde en esta secuencia se logra el contacto físico entre ambos", indicó Fuica.

Sin embargo, dijo que en un segundo video se logra evidenciar que la víctima cae al río Mapocho, evidenciándose la mano del funcionario policial que sobrepasa la reja. De esta manera la prueba visual que se ha evidenciado permite concluir al tribunal que el funcionario policial aborda de forma perpendicular al adolescente".

"La conducta del funcionario, satisface a lo menos la concurrencia de un dolo eventual", planteó. Indicó que el imputado tiene irreprochable conducta anterior como única atenuante, "pero lo que se ha traído a la vista, no deja de ser relevante". Considerando que el policía hace "evidente el uso desmedido de la fuerza", que su acto es contra un menor de edad, "abusando de esta superioridad física".

Además, consideró las grabaciones telefónicas, "y que dan cuenta de un procedimiento de detención que nunca ocurrió, y que se intentó validar mediante actos que por cierto significarían una investigación paralela y que el propio ministerio Público anunció en lo sucesivo"

La falta de auxilio, "también debe recogerse como antecedente para poder tener una visión cabal de los hechos", complementó. Eso sí, indicó que hay que indagar si realmente se efectuaron llamadas de auxilio, pero en lo que hoy se expuso, eso no está a la vista.

Por último, el tribunal acogió la petición del INDH de establecer una medida de protección hacia el menor, de modo que funcionarios de Carabineros no se puedan acercar a él, y que las notificaciones estén a cargo de la PDI.

De esta manera, el juez consideró los antecedentes entregados por la fiscal de Alta Complejidad, Ximena Chong, es decir, los videos y fotografías que muestran el detalle secuencial que terminó con la caída del joven al río Mapocho, y llamadas telefónicas que hizo el propio imputado, donde habría señalado que el joven fue detenido una vez llegado a la Clínica Santa María. Situación que se acreditó como falsa.

Fuente: Emol.com



Cago el paquito :sm:
 
CALLATE WEON SI YA QUEDO DEMOSTRADO QUE EL PENDEJO CULIAO ES DELINCUENTE.
NO LLORES TANTO SI IGUAL TENDRÁS DERECHO A LA CONYUGAL CUANDO LO METAN EN CANA EN UN PAR DE AÑOS

Que tiene que ver que sea delincuente con el abuso del paco wn? Seguro el culiao tenía anotado el prontuario en la espalda y el paco lo tenia anotado de antes, aweonao
 
Tribunal acoge solicitud de Fiscalía y ordena prisión preventiva para carabinero imputado por presunto delito de homicidio.

El fiscal Jaime Fuica ordenó un plazo de 120 días para la investigación y el imputado cumplirá la medida en el recinto penitenciario Pudahuel Norte.

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El 7° Juzgado de Garantía de Santiago ordenó la tarde de este domingo la prisión preventiva para el carabinero imputado, Sebastián Zamora, por delito de homicidio frustrado por los hechos ocurridos el pasado 2 de octubre al costado del puente Pío Nono, donde un joven cayó al río Mapocho. Esto, luego de que se consideraran los argumentos expresados por la fiscalía y los querellantes para establecer esta medida cautelar.

En la instancia participó el abogado querellante del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH); la representante de la Defensoría de la Niñez, y dos querellantes particulares en representación del joven de 16 años, quienes se plegaron a la solicitud de Chong. En tanto, el plazo de investigación fue de 120 días, según acogió el juez Jaime Fuica a la solicitud de la fiscalía. El imputado cumplirá prisión en el recinto penitenciario Pudahuel Norte.

En su argumentación, el juez sostuvo que "el tribunal ha tenido dos secuencias de imágenes que ha permitido esclarecer esta cuestión", considerando que las fotografías no permiten dilucidar con claridad la actuación del carabinero. "Estas imágenes no permiten esta evidenciación con meridiana claridad del actuar del agente policial a juicio de este juez, pero sí permiten establecer que el joven corría en dirección a calle Bellavista y la aproximación del agente se hace de manera diagonal, donde en esta secuencia se logra el contacto físico entre ambos", indicó Fuica.

Sin embargo, dijo que en un segundo video se logra evidenciar que la víctima cae al río Mapocho, evidenciándose la mano del funcionario policial que sobrepasa la reja. De esta manera la prueba visual que se ha evidenciado permite concluir al tribunal que el funcionario policial aborda de forma perpendicular al adolescente".

"La conducta del funcionario, satisface a lo menos la concurrencia de un dolo eventual", planteó. Indicó que el imputado tiene irreprochable conducta anterior como única atenuante, "pero lo que se ha traído a la vista, no deja de ser relevante". Considerando que el policía hace "evidente el uso desmedido de la fuerza", que su acto es contra un menor de edad, "abusando de esta superioridad física".

Además, consideró las grabaciones telefónicas, "y que dan cuenta de un procedimiento de detención que nunca ocurrió, y que se intentó validar mediante actos que por cierto significarían una investigación paralela y que el propio ministerio Público anunció en lo sucesivo"

La falta de auxilio, "también debe recogerse como antecedente para poder tener una visión cabal de los hechos", complementó. Eso sí, indicó que hay que indagar si realmente se efectuaron llamadas de auxilio, pero en lo que hoy se expuso, eso no está a la vista.

Por último, el tribunal acogió la petición del INDH de establecer una medida de protección hacia el menor, de modo que funcionarios de Carabineros no se puedan acercar a él, y que las notificaciones estén a cargo de la PDI.

De esta manera, el juez consideró los antecedentes entregados por la fiscal de Alta Complejidad, Ximena Chong, es decir, los videos y fotografías que muestran el detalle secuencial que terminó con la caída del joven al río Mapocho, y llamadas telefónicas que hizo el propio imputado, donde habría señalado que el joven fue detenido una vez llegado a la Clínica Santa María. Situación que se acreditó como falsa.


Fuente: Emol.com



Cago el paquito :sm:

LO SUFRE EL RETRAZO :lol3:
 
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