Ese art está peligroso. Porq claro, yo podria tener una gallina y le rompo el cuello, llega mi vecina e interpone un recurso de protección (q cambió de nombre por la nc) por la gallina y los tribunales si se apegan a lo extrictamente señalado en la consti, le van a dar la razon a la vecina solo por ese artículo.(con una correspondiente indemnización porq maté al animal, osea la vulneracion mas grave a los derechos del animal)
El artículo no hace diferencia entre tipos de animales como si lo hace la ley. Pero la consti manda sobre una simple ley.
Distinto hubierasido q pusieran en el art de la constitución “y una ley regulara su ejercicio” algo así
Chile Estado Vegano