respecto a las propinas, la ley es mega clara: aplica en establecimientos de comida, SOLO CUANDO HAY GARZONES, y es siempre una sugerencia.
vas a un restaurant, cafetería, etc., en donde te atiendan en el mesón, NO PROCEDE PEDIR PROPINA.
lo mismo vale en las bencineras.
la ley dice:
En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina. Esa cifra debe ser de a lo menos el 10% del consumo, que deberá pagar el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario.