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Sobre la supremacía constitucional:
El principio de supremacía constitucional propuesto por el Partido Republicano en el consejo constitucional, no es más que el reconocimiento de los efectos legales que tiene un sistema democrático, que asigna la soberanía, es decir, la facultad de tomar la última decisión en materias de estado, al pueblo de Chile.
Quienes critican este principio lo hacen porque pretenden seguir infiltrando legislación internacional blanda, saltándose el debate democrático y a las instancias en que este se produce.
Y no. Aquí no se trata de dejar fuera los DDHH, que quedan debidamente recogidos en el catálogo de derechos consagrados en el texto constitucional.
Aquí se trata de excluir aquella legislación internacional NO ratificada por Chile, que consagra los llamados derechos humanos de segunda (derechos económicos, sociales y culturales) y tercera generación (derechos de los pueblos o de solidaridad) y que no son más que intervencionismo estatal, disfrazado de legislación humanitaria.
Chile no será independiente o democrático en tanto la izquierda nacional e internacional pueda seguir imponiendo al país normativas ajenas o contrarias al ordenamiento jurídico, que este libremente se da.
Chile no tiene por que ser un país menos soberano que, por ejemplo, China, los EEUU o Alemania, todos paises que adhieren a este principio.
Si las fuerzas antisoberanistas, quieren impulsar su agenda, háganlo a través de elecciones. No tratando de ganar el partido a través de la secretaría de organizaciones internacionales.
Johannes Kaiser Barents-Von Hohenhagen