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Votación plebiscito Nueva Constitución 17 Diciembre

Votacion plebiscito NC 17 Diciembre

  • A favor

    Votos: 320 54,1%
  • En contra

    Votos: 156 26,4%
  • Nulo

    Votos: 20 3,4%
  • En blanco

    Votos: 4 0,7%
  • Pico pal que lee

    Votos: 92 15,5%

  • Votantes totales
    592
Hay motivos muy razonables lejanos a los termocefalos de la derecha anacrónica y meme para votar En Contra, en serio los hay.

De igual manera, también hay motivos convincentes para votar A favor de esta Nueva Constitución, solo una ameba no pensante zurda o del Tim Idiota rechaza a todo evento.

Por tanto, al menos con mi voto, no seré complice de darle un triunfo al octubrismo y toda la izquierda radical y acomodaticia para destapar un champagne la noche del 17 diciembre en perjuicio de las ideas de nuestro sector.

Si crees que Rechazando Chile se salvará el 17D celebrando junto a los comunistas, simplemente fuiste un tonto útil del octubrismo en todas sus letras.

:menanihands:
Es verdad, te puede gustar o no la constitución que se redactó, peeero, hay que acordarse que a estas mierdas no hay que darles pero niun solo milímetro, en este caso un triunfo del en contra sería una pequeña victoria para los zurdos dentro de toda su agonía, sería un pequeño respiro para el cerdo y su pandilla, por lo tanto a pesar de todo yo voy a favor, a estas mierdas hay que patearlos en el suelo y no dejarlos que se paren
 
Esa encuesta es muy chanta :risa: cuando en cadem,criteria,pulso ciudadano suba ahy le creo, aunque los comunistas diciendo que van a rechazar para hacer una a la pinta de ellos también es propaganda para aprobar

El texto oficial ya debería estar publicado después de los panamericanos solo deberían informar sobre esta huea
 
Esa encuesta es súper trucha, es básicamente propaganda.

De verdad alguien cree que la elite, que se ha alineado para aprobar esta propuesta tiene un interés en el bienestar general de los chilenos? Están usando todo su poder político, económico y mediático para que gane el a favor.

Chile será el paraíso del 1% , que básicamente se va a constitucionalizar.
B&W es la encuesta que más se acercó al resultado del 4S, junto con Studio Público.
 
Obvio que le pueden achuntar, lo trucho es su metodologia, que es no probabilística y que responden solo quienes están inscritos en su panel.
La metodología probabilística nunca ha sido una bala de plata predictiva como para exigir que sea la única, otras encuestas que la usan también yerran y por mayor margen. Aparte, que no sea probabilística no implica que sea pseudocientífica o poco seria, los tipos usan muestreo, aleatoriedad y varias otras herramientas que permiten lograr representatividad.
 
Última edición:
Chupanme la verga la constitución 2023 pinochet ,merino y compañía seguirá reinando por 50 años mas me importa un pico que lagos hubiera metido la puntita igual es la constitución de pinochet los que voten de favor deben ser fusilados por alta traición a la patria ,cobardes y apátridas un soldado muere con el general en batalla
 
Chupanme la verga la constitución 2023 pinochet ,merino y compañía seguirá reinando por 50 años mas me importa un pico que lagos hubiera metido la puntita igual es la constitución de pinochet los que voten de favor deben ser fusilados por alta traición a la patria ,cobardes y apátridas un soldado muere con el general en batalla
La constitución de Pinochet, Merino y compañía murió cuando eliminaron el quórum de 2/3. Estás defendiendo una constitución que ya no existe.
 
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Propuesta de nueva Constitución del Consejo mandata la creación de al menos 10 nuevos órganos estatales​

Nicolás Quiñones y Juan Manuel Ojeda
HACE 19 HORAS
Tiempo de lectura: 7 minutos
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Los organismos están relacionados con innovaciones en la institucionalidad vinculada a la seguridad pública, como el Servicio Nacional de Acceso a la Justicia, la Defensoría de las Víctimas, la Fiscalía Supraterritorial y la Policía Fronteriza. Además, se avanza con una fuerte reforma al modelo de gobernanza del Poder Judicial, que contempla la consagración de tres órganos autónomos que serán coordinados por la Corte Suprema

La propuesta de nueva Constitución que redactó el Consejo y que será ratificada por última vez en un pleno el próximo lunes, avanza hacia la creación de nuevos órganos autónomos que se sumarán a la estructura que actualmente tiene el Estado.
Varios de estos organismos son nuevas instituciones y algunos otros implicarán la transformación de entidades que ahora pasarán a tener autonomía constitucional. Al interior del Consejo, algunas voces han reprochado la cantidad de nuevas instituciones que se están creando.
Frente a ese tipo de cuestionamientos, el comisionado Hernán Larraín (UDI) responde que “al ir redactando los textos fue surgiendo la conveniencia de una Constitución más precisa y exhaustiva, incluso en la creación de organismos, para asegurar un buen funcionamiento institucional en la forma prevista por el constituyente, evitando incertidumbres o demoras legislativas en la regulación de esas entidades”.
Desde el oficialismo, la consejera María Pardo (CS) es crítica con la postura que mostró la oposición en el diseño de la propuesta constitucional. “Es bastante contradictoria la postura de las derechas, ya que por una parte han abogado por la austeridad fiscal y, por otra parte, terminaron creando una serie de órganos que van a implicar un desembolso bien importante de fondos fiscales”, dice Pardo.
La representante del oficialismo, agrega que “en varios de estos órganos no hay diseño específico ni de la fisionomía orgánica, sino que hay una mención genérica al nombre del órgano y a un ámbito bien amplio de competencias”.
Varios de estos nuevos órganos autónomos vienen con un mandato para que sean creados por una ley institucional, es decir, las normas que deben aprobarse con mayoría absoluta. El objetivo de esto es habilitar al legislador para que le dé forma a las nuevas entidades y regule todos sus detalles. Estos son algunos de los nuevos organismos que, en caso de que se apruebe el texto, deberán hacerse realidad y cuyo cumplimiento quedará bajo la responsabilidad de los parlamentarios.

1. Agencia Nacional contra la Corrupción​

Esta agencia tendrá como función coordinar a las instituciones del Estado involucradas en materia de probidad, integridad pública, transparencia y rendición de cuentas. Además, promoverá acciones para prevenir actos que vayan en contra de dichos ámbitos. El organismo deberá ser creado por el Congreso a través de una ley institucional.

2. Tribunal de ejecución de penas​

En el marco de las garantías penales mínimas, la propuesta del Consejo mandata al Congreso a tramitar una ley institucional para crear los tribunales de ejecución de penas. Estos tribunales estarán encargados de implementar o llevar a cabo lo que dicten los tribunales de justicia en materia de penas y medidas de seguridad, así como también la protección de los derechos y beneficios de los internos en las cárceles. Esta labor actualmente la desempeñan los jueces de garantía y el objetivo es profesionalizar esta función para especializarla.

3. Consejo de Control Ético​

Como una especie de Comisión de Ética de la Cámara o el Senado, este consejo estará facultado para aplicar sanciones a los parlamentarios cuando no cumplan con sus deberes. La propuesta de nueva Constitución establece que una ley institucional definirá la conformación de este consejo, que reemplazará a ambas comisiones, y “no podrá ser integrado por autoridades ni funcionarios del Congreso ni personeros de exclusiva confianza del Presidente de la República”.

4. Servicio Civil​

La propuesta plantea que “existirá un organismo de carácter nacional, técnico y descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tendrá por objeto la coordinación, supervisión y perfeccionamiento de las funciones del personal en los servicios de la administración civil del Estado y estará a cargo de la dirección de un sistema de alta dirección pública”. Su creación quedó en manos de una ley institucional, la cual regulará su organización, funciones y atribuciones.
En el Consejo comentan que no es una instancia totalmente nueva, ya que sería la continuadora del actual Servicio Civil, un organismo dependiente del Ministerio de Hacienda.

5. Consejo de Evaluación de Leyes y Políticas Públicas​

Como su nombre lo indica, esta institución tendrá que hacer un estudio de las leyes y políticas políticas para que se implementen y ejecuten en los objetivos que fueron diseñados. Esta evaluación vendrá acompañada por un plan que deberá ser elaborado en un periodo de tiempo que determine una ley, el cual será entregado al Presidente, al Congreso y a las instituciones de la Administración del Estado.
La dirección y administración superior del consejo “estará a cargo de una Comisión Directiva”. Este espacio tendrá cinco integrantes designados por el Presidente previo acuerdo del Senado adoptado por 3/5 de sus miembros en ejercicio.

6. Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas​

Fue una de las primeras batallas que se libraron en la Comisión Experta y el Consejo Constitucional. Los comisionados lo incorporaron en una norma que venía dentro del capítulo de Ministerio Público, pero los consejeros ampliaron toda su regulación y lo transformaron en un acápite especial.
Esta nueva institución está contemplada en el capítulo XI de la propuesta. En el texto se especifica que cuya vinculación con el Presidente estará mediada por el Ministerio de Justicia, que es la instancia que actualmente lleva las relaciones con el Poder Judicial.
El objetivo de este nuevo servicio es garantizar el derecho de acceso a la justicia. En ese marco, las funciones que tendrá serán orientar, asesorar y representar jurídicamente a las personas que lo requieran; entregar apoyo integral, tanto psicológico como social, a las personas víctimas de delito; y promover el uso de medios alternativos para resolver los conflictos. El servicio tendrá un director nacional que estará acompañado de un consejo superior.
Al interior del servicio existirá “una Defensoría de las Víctimas que tendrá por objeto procurar que las personas naturales víctimas de delitos sean debidamente asistidas”.

7. Fiscalía Supraterritorial​

Contemplada en el capítulo de Ministerio Público, la propuesta contempla que deberá existir una Fiscalía Supraterritorial, con competencia a nivel nacional, que se encargará de “los delitos de crimen organizado y de alta complejidad”.
La organización de esta nueva fiscalía, así como la especificación de los delitos que perseguirá, serán determinados por el fiscal nacional “de acuerdo con la ley institucional habiendo oído previamente al Consejo de Coordinación Interinstitucional”.
El organismo será dirigido por un fiscal supraterritorial que durará ocho años en sus cargos. Esta fiscalía podrá actuar de manera coordinada con las fiscalías regionales, cuyas pugnas en sus competencias las resolverá el fiscal nacional.

8. Tribunal de cuentas​

La propuesta de nueva Constitución plantea que “habrá un Tribunal de Cuentas que juzgará los reparos a las cuentas realizadas por la Contraloría”. Toda la regulación sobre su organización, atribuciones y procedimiento será fijada en una ley institucional. Actualmente el examen y juicio de cuentas son funciones que le corresponden a la Contraloría.

9. Policía fronteriza​

Contemplada en una disposición transitoria, la policía fronteriza estará encargada de controlar, patrullar y resguardar las fronteras terrestres del país. Esta policía tendrá coordinación con los organismos públicos que se aboquen al control fronterizo, de manera independiente con las labores que tenga la Fuerza Aérea y la Autoridad Marítima.
En caso de aprobarse este texto de Constitución el 17 de diciembre, habrá un plazo de cinco años, es decir, hasta finales de 2028, para que el Presidente ingrese un proyecto de ley que contemple la creación de esta policía.

10. Tres órganos autónomos para la gobernanza judicial​

El texto redactado por los consejeros propone un nuevo modelo de gobernanza judicial. Esto significa la separación de las funciones jurisdiccionales de las no jurisdiccionales, de manera de que los jueces dejen de dedicarse a tareas administrativas y solo se dediquen a fallar las causas que les toca conocer.
Este nuevo modelo propone la creación de tres órganos autónomos. En primer lugar estará el órgano que designará y nominará a todos los jueces. Otro órgano se hará cargo de administrar y gestionar los recursos humanos, físicos, financieros y tecnológicos del Poder Judicial, transformándose en el sucesor de la actual Corporación Administrativa del Poder Judicial. Por último, el tercer órgano será el encargado de la formación de los jueces, tal como lo hace actualmente la Academia Judicial.

 
La metodología probabilística nunca ha sido una bala de plata predictiva como para exigir que sea la única, otras encuestas que la usan también yerran y por mayor margen. Aparte, que no sea probabilística no implica que sea pseudocientífica o poco seria, los tipos usan muestreo, aleatoriedad y varias otras herramientas que permiten lograr representatividad.

Solo responde la gente inscrita en BW. No es una bala de plata pero es el estándar que se usa en encuestas serias a nivel nacional.
 
Entre las muchas razones para rechazar la primera propuesta estaba la plurinacionalidad y el tema indígena. El que se supone era un intransable. Y respecto del cual los consejeros republicanos se niegan a dar explicaciones por su aprobación.


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Aunque se quiera plantear que hay diferencias. Estas para mi son menores.

Ambos reconocen pueblos indígenas, la propuesta rechazada en el marco de coexistencia del estado (como protoestados o entidades paraestatales) y la propuesta nueva como parte de la nación chilena. En la propuesta nueva, la nación chilena se dividiría tácitamente entre chilenos (propiamente tal) y pueblos indigenas, dado que unos y otros forman un todo.

A diferencia del mamarracho rechazado la kastitución no enuncia a los pueblos indígenas (lo que actualmente hacen tanto la ley indígena y leyes especiales).

El problema aparece en cuanto al reconocimiento de derechos colectivos a pueblos o naciones indígenas: la gran diferencia entre el mamarracho y la kastitución es que mientras el mamarracho enuncia la libre determinación y regulaba un apartado de derechos colectivos en el articulo 5.3 y el articulo 34 de la propuesta rechazada, la kastitución en su articulo 5.1 reconoce y garantiza derechos colectivos garantizados en tratados internacionales e incorpora por vía de reenvío o remisión normativa un catalogo de derechos colectivos externos al texto constitucional que será plebiscitado (los que serán anexos al mismo).

Y la pregunta es, qué derechos colectivos serían incorporados. La respuesta: los del pacto de derechos sociales y culturales, los del convenio 169 OIT sobre pueblos indígenas, y los de la declaración americana de pueblos indígenas (suscrita pero no ratificada), y estos son : libre determinación, autogobierno, organización política propia, autonomía, reconocimiento del derecho consuetudinario, y jurisdicción, los que constituyen todos bases de la plurinacionalidad. A ello debe agregarse el derecho colectivo a las tierras indígenas y no indígenas.

Es decir, los mismos que eran el fundamento de la plurinacionalidad. (el que quiera busque el articulo 34 del mamarracho y lo corroborará)

"Oye pero es que no dice plurinacionalidad", y yo diré no lo dice, pero consagra las instituciones en las cuales la plurinacionalidad se sustenta tal como ocurre hoy con el estado subsidiario que en ningún lado aparece, pero está disgregado en disposiciones que lo constituyen como tal.

Con esos derechos en mano quedan Llaitul, Loncon, y la machi Linconao de aprobarse el nuevo texto. Es decir con los mismos que les fueron rechazados en 2022. Los que serán instituciones germinales de un estado plurinacional.

Para el que diga " ay pero la constitución en tanto norma suprema" o "ay pero la nación única e indivisible", es necesario plantear que el articulo 3.2 de la kastitución innova en cuanto a la aplicación e interpretación de derechos contenidos en tratados internacionales sobre ddhh, incorporando la regla de compatibilidad interpretativa, establece una regla interpretativa para disposiciones contenidas en tratados internacionales sobre ddhh, incorporando indirectamente el denominado control de convencionalidad, control que permitiría interpretar y aplicar la normativa contenida en el tratado bajo el principio pro homine (aquella que impone aquella interpretación de las normas jurídicas que sea más favorable al hombre o al grupo colectivo y sus derechos).

Según la kastitución la nación chilena se disgrega tácitamente entre chilenos y pueblos indígenas (proporcionalmente inferiores en número, participación política, territorio, organización política, etc). Para el caso en que el articulo 5 del borrador entre en abierta contradicción con el articulo 4 del mismo o con el ejercicio de sus derechos, considerando que el principio interpretativo pro homine obliga a dar una solución ampliada y favorable al grupo vulnerado, como puede ser en el caso de autonomía o tierras: se puede llegar a inclinar la balanza en favor de grupos indígenas, como en otros países ha ocurrido (como Canadá, Argentina, Brasil). nada impedirá que acá ocurra otro tanto igual.

Yo por ese motivo y otros, mantengo mi rechazo del 4 de septiembre, y voto en contra.
 
Última edición:
50-50 cuando todas las demás tiene una ventaja el en contra poganse serios po :risa:

Además estos wns de republicucks metieron el cambio climático en la constitución no wei po :ohno:
 
"Tranquilos, solo queda republicanos" "Confien patriotas, voten republicano y en diciembre votamos En Contra"

Muchos cayeron en el timo de la secta y su guía José Antonio :lol2:



Bajo esa mirada prácticamente la izquierda ya ganó , ahora la pregunta es cuanto tiempo se van a demorar en implementar sus ideas NeoBolcheviques y refundacionales?
 
Entre las muchas razones para rechazar la primera propuesta estaba la plurinacionalidad y el tema indígena. El que se supone era un intransable. Y respecto del cual los consejeros republicanos se niegan a dar explicaciones por su aprobación.


HnHvDyf.png


Aunque se quiera plantear que hay diferencias. Estas para mi son menores.

Ambos reconocen pueblos indígenas, la propuesta rechazada en el marco de coexistencia del estado (como protoestados o entidades paraestatales) y la propuesta nueva como parte de la nación chilena. En la propuesta nueva, la nación chilena se dividiría tácitamente entre chilenos (propiamente tal) y pueblos indigenas, dado que unos y otros forman un todo.

A diferencia del mamarracho rechazado la kastitución no enuncia a los pueblos indígenas (lo que actualmente hacen tanto la ley indígena y leyes especiales).

El problema aparece en cuanto al reconocimiento de derechos colectivos a pueblos o naciones indígenas: la gran diferencia entre el mamarracho y la kastitución es que mientras el mamarracho enuncia la libre determinación y regulaba un apartado de derechos colectivos en el articulo 5.3 y el articulo 34 de la propuesta rechazada, la kastitución en su articulo 5.1 reconoce y garantiza derechos colectivos garantizados en tratados internacionales e incorpora por vía de reenvío o remisión normativa un catalogo de derechos colectivos externos al texto constitucional que será plebiscitado (los que serán anexos al mismo).

Y la pregunta es, qué derechos colectivos serían incorporados. La respuesta: los del pacto de derechos sociales y culturales, los del convenio 169 OIT sobre pueblos indígenas, y los de la declaración americana de pueblos indígenas (suscrita pero no ratificada), y estos son : libre determinación, autogobierno, organización política propia, autonomía, reconocimiento del derecho consuetudinario, y jurisdicción, los que constituyen todos bases de la plurinacionalidad. A ello debe agregarse el derecho colectivo a las tierras indígenas y no indígenas.

Es decir, los mismos que eran el fundamento de la plurinacionalidad. (el que quiera busque el articulo 34 del mamarracho y lo corroborará)

"Oye pero es que no dice plurinacionalidad", y yo diré no lo dice, pero consagra las instituciones en las cuales la plurinacionalidad se sustenta tal como ocurre hoy con el estado subsidiario que en ningún lado aparece, pero está disgregado en disposiciones que lo constituyen como tal.

Con esos derechos en mano quedan Llaitul, Loncon, y la machi Linconao de aprobarse el nuevo texto. Es decir con los mismos que les fueron rechazados en 2022. Los que serán instituciones germinales de un estado plurinacional.

Para el que diga " ay pero la constitución en tanto norma suprema" o "ay pero la nación única e indivisible", es necesario plantear que el articulo 3.2 de la kastitución innova en cuanto a la aplicación e interpretación de derechos contenidos en tratados internacionales sobre ddhh, incorporando la regla de compatibilidad interpretativa, establece una regla interpretativa para disposiciones contenidas en tratados internacionales sobre ddhh, incorporando indirectamente el denominado control de convencionalidad, control que permitiría interpretar y aplicar la normativa contenida en el tratado bajo el principio pro homine (aquella que impone aquella interpretación de las normas jurídicas que sea más favorable al hombre o al grupo colectivo y sus derechos).

Según la kastitución la nación chilena se disgrega tácitamente entre chilenos y pueblos indígenas (proporcionalmente inferiores en número, participación política, territorio, organización política, etc). Para el caso en que el articulo 5 del borrador entre en abierta contradicción con el articulo 4 del mismo o con el ejercicio de sus derechos, considerando que el principio interpretativo pro homine obliga a dar una solución ampliada y favorable al grupo vulnerado, como puede ser en el caso de autonomía o tierras: se puede llegar a inclinar la balanza en favor de grupos indígenas, como en otros países ha ocurrido (como Canadá, Argentina, Brasil). nada impedirá que acá ocurra otro tanto igual.

Yo por ese motivo y otros, mantengo mi rechazo del 4 de septiembre, y voto en contra.


Interculturalidad 🤮🤮 sino explican bien o confirman esta huea está mierda se va rechazada
 
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