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El autodenominado mejor abogado de Chile Ariel Wolfenson no le gusta que le pongan una estrella en google y presenta un recurso de protección

Ya Wolfito, para que veas que soy buena onda ahí te arreglé un poco el cráneo para que tengas un aspecto más parecido al de un ser humano normal.

MhE0tIM.jpeg



Ahora, la cara de weon y el peinado de brócoli si que no te los puedo quitar. :rolleye:


Podría iniciar mi propia empresa de arreglo de cráneos.:pensandolo:

Parece el tontito de la peli de jim carrey
 
Actualización demanda de Wolfenson contra Banco de Crédito e Inversiones.

Recap:
- 05/09: Abogado de Banco de Crédito e Inversiones solicita al 20° Juzgado de Garantía de Santiago que se opongan excepciones dilatorias al líbelo por razones de imprecisiones y no completitud que impide a su representado una adecuada defensa al no entender de que exactamente se le acusa.
- Además se hace saber al Juzgado de que el demandante no acompañó una serie de documentos al líbelo para respaldar la demanda. Por lo tanto se solicitó al Juzgado objetar dicha información como elementos de prueba.​
- Por último se solicitó al Juzgado que se designe perito para la traducción de los documentos en inglés que el demandante presentó tal cual.​
- 15/09: Juez del 20° Juzgado de Garantía de Santiago da por interpuestas las excepciones dilatorias por ineptitud del líbelo y concede a la parte demandada la objeción de los elementos probatorios del demandante por falta de archivos adjuntos.
- La petición de un perito para traducción se verá en su momento.​
- 22/09: Abogado de Banco de Crédito e Inversiones solicita al 20° Juzgado de Garantía de Santiago "dar curso progresivo a los autos" puesto que el demandante no presentó nuevos escritos a fin de resolver las excepciones dilatorias por ineptitud del líbelo.
- Además se pide al Juzgado el trámite de que la parte demandante sea evacuada en rebeldía.​

UPDATE:
- 01/10: 20° Juzgado de Garantía de Santiago emite resolución donde se declara evacuado en rebeldía a la parte demandante.
- Se da curso progresivo a los autos para fallo.​
:sisi3:
Actualización demanda de Wolfenson contra Banco de Crédito e Inversiones.

- 02/10: El demandante interpone "incidente de nulidad" afirmando que un error en la plataforma electrónica y ajeno a su parte no se llevó a cabo el "ingreso de traslado" en la plataforma.
- El demandante solicita al Juzgado un "nuevo plazo prudencial" para el traslado de los autos.​
- Básicamente el demandante afirma que por culpa de un error de plataforma no se ingresó el documento donde aparentemente subsanaba los puntos en donde se resolvió acoger la petición de la defensa del demandado sobre excepción de ineptitud del líbelo.​
- Wolfenson afirma que no hubo forma de saber que el escrito no aparecía en el sistema.​
- Por último el demandante pide dejar nula la resolución donde se da curso de los autos para fallo.​
:sisi3:
 
Con esto se fue todo a las pailas jajaja .. la iglesia antroniana ajajaja viejo es que no podí poner iglesia antroniana en un documento serio ajjajaha
Esperate que cuando salga ChatGPT 6, hará un escrito que hará mierda el foro.

me siento ofendido porque mi posteo no hayan salido en la demanda Creo que tendré que preparar un escrito llenándolo de puteadas y risas para tener la honra de aparecer en un escrito suyo
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Actualización demanda de Wolfenson contra Banco de Crédito e Inversiones.

- 02/10: El demandante interpone "incidente de nulidad" afirmando que un error en la plataforma electrónica y ajeno a su parte no se llevó a cabo el "ingreso de traslado" en la plataforma.
- El demandante solicita al Juzgado un "nuevo plazo prudencial" para el traslado de los autos.​
- Básicamente el demandante afirma que por culpa de un error de plataforma no se ingresó el documento donde aparentemente subsanaba los puntos en donde se resolvió acoger la petición de la defensa del demandado sobre excepción de ineptitud del líbelo.​
- Wolfenson afirma que no hubo forma de saber que el escrito no aparecía en el sistema.​
- Por último el demandante pide dejar nula la resolución donde se da curso de los autos para fallo.​
:sisi3:

Hasta para esa wea es wn, como última hora debes considerar los escritos con el tiempo suficiente para que falle la plataforma y llegar a entregarlos físicamente por buzón.

Aunque esperaría esos resguardos de un abogado bueno no de esta mierda.
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:maestro:huevear al mahindra por no saber redactar

:maestro:que tu comprensión de lectura se vaya de sabático y omitas esto



Bueno, el foraze sigue siendo el foraze dentro de todo.


Sobre el nuevo RP.

Increíble la capacidad de este sacohueas para autohumillarse y quedar en ridículo frente a todos JAJAJA

Alguien que le avise a Copano para que nos dé más material

De la película sangre, sudor y gloria.

Hay Hacedores y Negadores, texto qlio básico.
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Hoy, aprovechando el fomingo para ver temas de pega, me doy mi vuelta por el foraze a ver mi serie "Wolframio L.A. Law", y es que no se puede creer cómo este weòn pasó el grado, la práctica, los años de pregrado....

La verdad es que es inentendible. Puta yo no soy ningun Marco Cicerón aunque mal no me va y me he especializado en temas bien de nicho, pero es que no sé, acá hay hartos ingenieros y gente de números, a ver, es como que egresaste de ingeniería civil sin saber al dedillo cálculo integral. O egresar de médico cirujano sin tener idea la diferencia entre la aorta y la cava, puta weón no sé.

Este reculiao cabeza de cubículo de cajero de local Fruna "aparte jefe" ya no da risa, da rabia.

Tú sabías que hace tiempo existen universidades privadas y educación a distancia vespertina????

Y es cierto que salen con el mismo título.
 
Última edición:
Actualización querella Jaroslav Sokol vs Wolfenson.

- 03/10: Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago llevó a cabo notificaciones vía correo electrónico para audiencia fijada para el próximo 10 de noviembre de 2025 a las 12 horas.
- La audiencia será para ver la querella contra el demandado por el delito de "Apropiación Indebida Artículo 470, número 1".​
- Los notificados por correo electrónico fueron: Ariel Wolfenson (Denunciado/Querellado, en situación de "libre"), José Reyes Klenner (Fiscal), Marcela Araya Acuña (Defensor), Felipe Sepúlveda Araya (Fiscal), Luis Contreras Arce (Abogado patrocinante) y Rodrigo Castro Villagra (Abogado patrocinante).​
- Es importante destacar lo siguiente: dentro de la lista de litigantes además del denunciado, abogados, fiscales y defensores figuran:​
- Testigo: Fidel Sonatore Castillo (empresario inmobiliario).​
- VÍCTIMA: CONFIDENCIAL.​
:sisi3:
 
Si algo aprendí del colegio es calcular.

6 años, miles de clientes.
Un año tiene 52 semanas, que son dos de vacaciones, o sea 250 días de trabajo. Eso lleva a que una causa nueva diaria serian 1500. Eso no está ni a nivel defensor público.

Alguno de los abogados me aclararé, la Deformalizacion existe o es un concepto Wolfi??
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PRIMERA PARTE


Análisis informe enviado por la abogada a la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

1. Domicilio:
- La abogada señala que el recurrente vulnera el artículo 59 del Código Civil al dar una dirección que no corresponde a su residencia habitual.
- La dirección en Valparaíso corresponde a un departamento que sólo se publicita para fines de arriendos vacacionales o meses corridos según se demuestra en varias publicaciones de portales inmobiliarios.​
- En los expedientes de dos recursos de protección presentados por Wolfenson se demostró por parte de los recurridos que la dirección de Valparaíso correspondía a terceros.​
- La abogada destaca que Wolfenson declaró su dirección en Santiago para efectos de notificaciones y envíos de documentos relacionados con el presente recurso de protección.​
- El domicilio electoral de Wolfenson se encuentra en la Región Metropolitana.​
- La abogada remata con que el propio Wolfenson en su recurso declaró que "su oficina está a pasos de la mía", es decir, es la admisión involuntaria de que su "centro de operaciones y domicilio" se encuentra en la Región Metropolitana.​
- La abogada señala que Wolfenson incurre en un ABUSO PROCESAL al declarar domicilio en Valparaíso porque desnaturaliza la jurisdicción territorial y el objetivo de todo recurso de protección es que sea visto en la jurisdicción correcta.​
- Se señala que Wolfenson ya había presentado un recurso de protección "prácticamente idéntico" en la RM y que fue declarada inadmisible.​
- Todos los hechos mencionados por Wolfenson en su recurso de protección acontecen en la Región Metropolitana.​
- La abogada señala que Wolfenson vulneró el artículo 20 de la Constitución porque se garantiza que las partes de un recurso deban ejercer sus derechos en la Corte respectiva y que ante cualquier vulneración esta deberá ser corregida.​
- La abogada señala que las competencias relativas de las Cortes están en función de factores territoriales, los que a su vez lo están con el concepto de domicilio según lo dispuesto en el artículo 59 del Código Civil.​
- Finalmente la abogada declara que la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso es incompetente para analizar este recurso.​
2. Abusos jurídicos:
- La abogada declara que el recurrente infringe el artículo 3°, inciso 2° de la Ley N°20.886 en lo relativo al principio de la buena fe procesal.
- La abogada señala que Wolfenson intentó eludir su recurso de protección presentado en Santiago que fue declarado inadmisible siendo prácticamente idéntico al actual presentado en Valparaíso a través de la incorporación tanto de la señalada como del Colegio de Abogados lo que carece de toda justificación procesal.​
- La abogada trae a colación otros recursos donde se han declarado inadmisibles porque se trató de la misma cosa juzgada como en el caso actual (Santiago y Valparaíso).​
- La abogada destaca que Wolfenson pretende que se litigue la misma cosa jurídica dos veces a través de maniobras de encubrimiento. Además el derecho determina que la inadmisibilidad impide la doble litigación.​
- Se destaca que Wolfenson interpone recursos de protección sobre cosas ya juzgadas.​
- La abogada presenta documentación donde se demuestra que Wolfenson infringe el principio de la buena fe procesal de forma reiterada.​
- Recursos de protección 22258-2023 (Santiago) - 15215-2023 (Valparaíso) y 15578-2023 (Santiago) - 23398-2023 (Valparaíso), siendo cada par prácticamente los mismos y declarados todos inadmisibles.​
- La abogada declara que Wolfenson tiene una estrategia sistemática de presentar recursos a expensas de que las Cortes se vean sobrecargadas de trabajo y se generen potencialmente decisiones jurídicas contradictorias con el derecho.​
- Se pone de manifiesto de que Wolfenson tiene configurado un modus operandi de "fraude procesal" a través de buscar que sus recursos sean litigados más de una vez y vulnerando los principios jurídicos de "buena fe, economía procesal y seguridad jurídica".​
- La abogada enfatiza que si la Ilustrísima Corte de Apelaciones no acepta su incompetencia sería validar las "maniobras procesales ilícitas" de Wolfenson.​
3. Infracciones al Código de Ética del Colegio de Abogados.
- La abogada destaca que la afiliación a la asociación gremial es voluntaria, pero sus integrantes se deben ajustar a una serie de deberes y principios contenidos en el Código de Ética de una manera rigurosa y fiel.
- Se destaca que el esquema de "fraude procesal" de Wolfenson infringe los artículos 95 y 96 del Código de Ética al no informar a las respectivas cortes de que presentó recursos idénticos y que fueron declarados inadmisibles en el momento de interponer los segundos.
- Se menciona que dicha práctica llevó a que los segundos litigios fueran confusos lo que implica violar el principio de "imparcialidad de la administración de justicia".
- Se menciona que también se violó el deber de seguir las reglas de procedimientos al declarar domicilios ficticios con el afán de eludir una potencial inadmisibilidad.
- La abogada señala que resulta contradictorio que alguien afiliado de forma voluntaria intente desconocer los deberes y principios implicados en dicha afiliación.

creo que solo presentando resumen ya harían cagar su recurso
 
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Actualización querella Jaroslav Sokol vs Wolfenson.

- 03/10: Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago llevó a cabo notificaciones vía correo electrónico para audiencia fijada para el próximo 10 de noviembre de 2025 a las 12 horas.
- La audiencia será para ver la querella contra el demandado por el delito de "Apropiación Indebida Artículo 470, número 1".​
- Los notificados por correo electrónico fueron: Ariel Wolfenson (Denunciado/Querellado, en situación de "libre"), José Reyes Klenner (Fiscal), Marcela Araya Acuña (Defensor), Felipe Sepúlveda Araya (Fiscal), Luis Contreras Arce (Abogado patrocinante) y Rodrigo Castro Villagra (Abogado patrocinante).​
- Es importante destacar lo siguiente: dentro de la lista de litigantes además del denunciado, abogados, fiscales y defensores figuran:​
- Testigo: Fidel Sonatore Castillo (empresario inmobiliario).​
- VÍCTIMA: CONFIDENCIAL.​
:sisi3:


El 9 de noviembre mágicamente le va a dar una gastroenteritis diagnosticada por su papá oftalmólogo en Antofagasta :sisi3:

Y va a decir que no usa certificados truchos y que no era necesario ir porque está deformalizado y ya el dinero lo entregó (aunque lo hizo después del reportaje) para seguramente salir con algún otro RP callampero.

Pablo Álamos, espero que tú y tu equipo vayan a la audiencia ese día para continuar el reportaje
 
Actualización demanda de Wolfenson contra Banco de Crédito e Inversiones.

- 02/10: El demandante interpone "incidente de nulidad" afirmando que un error en la plataforma electrónica y ajeno a su parte no se llevó a cabo el "ingreso de traslado" en la plataforma.
- El demandante solicita al Juzgado un "nuevo plazo prudencial" para el traslado de los autos.​
- Básicamente el demandante afirma que por culpa de un error de plataforma no se ingresó el documento donde aparentemente subsanaba los puntos en donde se resolvió acoger la petición de la defensa del demandado sobre excepción de ineptitud del líbelo.​
- Wolfenson afirma que no hubo forma de saber que el escrito no aparecía en el sistema.​
- Por último el demandante pide dejar nula la resolución donde se da curso de los autos para fallo.​
:sisi3:
el weon ordinario ya sube cualquier escrito no le pone ni un titulo ni logo de W O L F E N S O N O F T H E G R E A T M O T H E R ABOGADOS

No tengo pico idea de como funciona el sistema de la pjud pero aqui dice claramente

retraso.png


Escritos no enviados - escritos por firmar - escritos pendientes y al parecer ESCRITOS ENVIADOS

Es de presumir que un abogado sube el escrito, lo FIRMA y luego pasa a pendiente/enviado, no se la verdad pero lo que si se deduce que DEBE FIRMARLO.

Entonces el muy hijo de puta bueno para nada subio el escrito totalmente drogado desde su macbook pro del año del pico que es casi tan grueso como su craneo, no firmo nada y se fue a grabar videos para IG.

Ojala que el juez lo mande a la ctm por imbecil y lo haga pagar, este weon ya se le esta pasando la mano
 
el weon ordinario ya sube cualquier escrito no le pone ni un titulo ni logo de W O L F E N S O N O F T H E G R E A T M O T H E R ABOGADOS

No tengo pico idea de como funciona el sistema de la pjud pero aqui dice claramente

retraso.png


Escritos no enviados - escritos por firmar - escritos pendientes y al parecer ESCRITOS ENVIADOS

Es de presumir que un abogado sube el escrito, lo FIRMA y luego pasa a pendiente/enviado, no se la verdad pero lo que si se deduce que DEBE FIRMARLO.

Entonces el muy hijo de puta bueno para nada subio el escrito totalmente drogado desde su macbook pro del año del pico que es casi tan grueso como su craneo, no firmo nada y se fue a grabar videos para IG.

Ojala que el juez lo mande a la ctm por imbecil y lo haga pagar, este weon ya se le esta pasando la mano
Lo subió pero le faltó enviarlo. Si será wn! Es falla de el, no del sistema informático.
 
Si algo aprendí del colegio es calcular.

6 años, miles de clientes.
Un año tiene 52 semanas, que son dos de vacaciones, o sea 250 días de trabajo. Eso lleva a que una causa nueva diaria serian 1500. Eso no está ni a nivel defensor público.

Alguno de los abogados me aclararé, la Deformalizacion existe o es un concepto Wolfi??
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creo que solo presentando resumen ya harían cagar su recurso
Si existe el concepto de investigación desformalizada, el mp puede archivar (mandar a la chucha la querella o denuncia), seguir investigando hasta decidir formalizar o no formalizar nunca jajaj
CABEZA DE MAHINDRA CONCHETUMAREEE
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Jajaajjaj indio culiao subió el escrito pero no lo firmó y por ende no lo envió, ahora si justo se cayó la ojv y sube el correspondiente certificado de disponibilidad podría rajarse

Aweonao CONCHETUMAREEE
 
Actualización querella Jaroslav Sokol vs Wolfenson.

- 03/10: Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago llevó a cabo notificaciones vía correo electrónico para audiencia fijada para el próximo 10 de noviembre de 2025 a las 12 horas.
- La audiencia será para ver la querella contra el demandado por el delito de "Apropiación Indebida Artículo 470, número 1".​
- Los notificados por correo electrónico fueron: Ariel Wolfenson (Denunciado/Querellado, en situación de "libre"), José Reyes Klenner (Fiscal), Marcela Araya Acuña (Defensor), Felipe Sepúlveda Araya (Fiscal), Luis Contreras Arce (Abogado patrocinante) y Rodrigo Castro Villagra (Abogado patrocinante).​
- Es importante destacar lo siguiente: dentro de la lista de litigantes además del denunciado, abogados, fiscales y defensores figuran:​
- Testigo: Fidel Sonatore Castillo (empresario inmobiliario).​
- VÍCTIMA: CONFIDENCIAL.​
:sisi3:
Actualización querella Jaroslav Sokol vs Wolfenson.

- 03/10: Fiscal Reyes Klenner solicita al Juzgado que se disponga de la realización de una audiencia de formalización contra Ariel Wolfenson Rivas por su participación y responsabilidad por el delito de "Apropiación Indebida Artículo 470, número 1".
- El Fiscal informa como lugar de comisión del delito "Avenida El Golf 40, comuna Las Condes", fecha de comisión 11 de abril de 2025 y Ariel Wolfenson Rivas en calidad de AUTOR.​
- Además el Fiscal solicita designación de un defensor público en caso de que el requerido no tuviere defensor de su confianza.​
- 03/10: Juez de Garantía accede a la solicitud del Ministerio Público para fijar audiencia de formalización para el día 10 de noviembre de 2025 a las 1200 horas.
- Se dicta orden de notificación al imputado de acuerdo al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil.​
- Se advierte de que si el imputado no comparece injustificadamente, podrá ser "conducido por medio de la fuerza pública a la presencia judicial", además quedará obligado al pago de costas que causare.​
:sisi3:
 
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