Análisis de caso.
Contencioso Administrativo - 120 - 2025 (Ica Talca),
- 12/09/2025: Wolfenson interpone RECLAMACIÓN JUDICIAL DE ILEGALIDAD en favor de su representado para solicitar la anulación de la Resolución Exenta del servicio público que confirmó su destitución de su cargo luego de además rechazar la reposición del mismo.
- La parte recurrente señala que su destitución fue fruto de un sumario administrativo basado en actos arbitrarios e ilegales que vulneraron sus garantías constitucionales. El sumario contuvo cinco cargos tales como impedir contacto entre funcionarios y clientes del servicio, no observancia del cumplimiento del reglamento interno, delegación de funciones impropias a subalternas, incurrir en maltrato laboral a funcionarios e incurrir en maltrato laboral contra los clientes del servicio.
- La parte recurrente alega que el sumario se sustentó en una formulación de cargos selectiva y sesgada puesto que al final del proceso se desestimaron tres de los cinco cargos. En los dos restantes la carga de prueba fue seleccionada de forma que no quedara más resolución que sugerir la destitución.
- La parte recurrente expone que la Resolución Exenta de destitución no mencionó los cargos por los que se decidió aceptar la recomendación de destitución, que la suspensión provisoria de funciones durante el desarrollo del sumario se extendió más allá de lo contenido en el Estatuto Administrativo y que sus pruebas de defensa no fueron consideradas junto con permanente hostigamiento del servicio.
- Wolfenson enumera que los derechos constitucionales vulnerados son: Artículos 6, 7, 19 número 1, 19 número 2, 19 número 3, artículo 19 número 24 y 38 inciso 2.
- Wolfenson menciona que la parte recurrente presentó previamente un recurso de protección con estos mismos hechos y cuya sentencia fue de acogida en esta misma Corte.
- 15/09/2025: Se da cuenta de la admisibilidad del recurso en la sala tramitadora.
- 22/09/2025: Ministros de la Corte solicitan a Wolfenson que tiene plazo de 5 días para
precisar el recurso (de protección) indicado en el texto de la reclamación, así como los fundamentos jurídicos que sustentaron dicho recurso mencionado.
- 30/09/2025: Wolfenson ingresa escrito con lo solicitado por la Corte.
- El abogado solamente enumera los artículos de la CPR que ya había expuesto en el texto de la reclamación.
- Se forma subsidiaria se solicita que si lo expuesto en el escrito no satisface lo solicitado por la Corte se conceda plazo para rectificación del texto.
- 01/10/2025: Ministros de la Corte resuelven que la petición de plazo para rectificación se decidirá en conjunto con la sentencia de resolver la admisibilidad del recurso de reclamación. Se acusa recibo de las normas legales expuestas por el abogado.
- 21/10/2025: Ministros de la Corte resuelven declarar
INADMISIBLE el recurso de reclamación por FALTA DE LOS FUNDAMENTOS LEGALES.
- 24/10/2025: Wolfenson interpone recurso de reposición con petición subsidiaria de elevar antecedentes a la Corte Suprema.
- Wolfenson expone que el fallo que declaró inadmisible el recurso incurre en vulneración del artículo 19 - número 3 de la CPR por cuanto los ministros NO INDICARON la razón de inadmisibilidad. Lo anterior impide el debido proceso de su representado.
- Wolfenson argumenta que el fallo vulnera el artículo 151 del Código Orgánico de Tribunales porque los ministros no entregaron las razones para no analizar los fundamentos de la ilegalidad de la Resolución Exenta y no pueden resolver solamente porque faltan argumentos jurídicos.
- Wolfenson agrega que los jueces vulneraron los artículos 6 y 7 de la CPR que establece que el rechazo de analizar el recurso impide aplicar el control judicial de actos administrativos.
- Wolfenson expone que el fallo vulnera el artículo 5 - número 2 de la CPR, porque la inadmisibilidad SIN FUNDAMENTO no permite a su representado obtener una resolución fundada del fondo de su pretensión.
- Wolfenson finaliza diciendo que el fallo tuvo una apreciación errónea porque
SI se mencionaron los fundamentos legales tales como los artículos de la CPR vulnerados, artículos específicos de la Ley 19.880 y artículos específicos de la Ley 18.575.
- 03/11/2025: Ministros de la Corte resuelven RECHAZAR el recurso de reposición porque nada de lo expuesto logró desvirtuar lo resuelto. Se concede elevar los antecedentes a la CS.
- 05/11/2025: Se remite la causa a la Corte Suprema.
