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Que pasa si lo despiden.. Y no se quiere ir??

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2018/09/15
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El dueño de la empresa se fue de vacaciones y me dejó el cacho de despedir a un viejo, que lleva 5 años.
Cuento corto, le pasé la carta de aviso... Y el hombre se fue de negativa, subió el tono de voz y dijo que no se iba.... Al final se resignó y mañana nos juntamos en la notaria.... A todo esto al hombre le habían advertido varias veces que se pusiera las pilas y tenía la escoba con el ambiente laboral.
Pero... La duda es..
Que pasa si alguien no se quiere ir??
Lo despiden pero igual al otro día llega a trabajar???
Hay que llamar a los pacos??
Recurro a la sapiencia de los doctores en recursos humanos de la élite...
 
Última edición:
Primero que todo, harto maricon tu jefe.
Segundo que todo, harto maricon tu para chuparle el pico a tu jefe, y con respecto al tema, es bien facil, al dia siguiente de la notificacion el viejo segun tu, que le dio 5 años de su vida a la empresa, le dices al guardia que no lo deje entrar, y si insiste, es entrar sin autorizacion, y ahi llamas a los pacos, si quiere sacar sus cosas, que lo acompañe un guardia. Pero me parece una mariconada, OJALA A TI TE HAGAN LA MISMA.
 
Segundo que todo, harto maricon tu para chuparle el pico a tu jefe, y con respecto al tema, es bien facil, al dia siguiente de la notificacion el viejo segun tu, que le dio 5 años de su vida a la empresa, le dices al guardia que no lo deje entrar, y si insiste, es entrar sin autorizacion, y ahi llamas a los pacos, si quiere sacar sus cosas, que lo acompañe un guardia. Pero me parece una mariconada, OJALA A TI TE HAGAN LA MISMA.
¿Por qué maricon?
Si el weon solo recibe instrucciones....
 
Se le debe entregar aviso de termino de contrato, invocando el o los artículos de la ley además de indicar las acciones o hechos que fundamentan la decisión. Además en la carta se debe estipular claramente el valor del finiquito (indemnizaciones, vacaciones legales y proporcionales, desahucio, etc) y la remuneración de los días trabajados y sobre todo una copia del certificado de cotizaciones previsionales hasta el mes anterior del despido. (Ojo con eso).
Está comunicación (carta de despido) debe ser ingresado por ventanilla virtual en la página de la dirección del trabajo a más tardar el tercer día corrido al del aviso. En caso que el trabajador no quiera firmar, se debe mencionar en la copia de aviso que se envia a la dirección del trabajo.

Si el empleador no ha pagado las imposiciones entonces no podrá despedir al trabajador porque lo asiste la ley Bustos. Si es muy grave los hechos por los que se le despide, entonces se puede recurrir al juez competente para que lo autorice a la desvinculación y este se pronunciará también del pago de las cotizaciones adeudadas (en general te dicen que no hasta que pagues).
Si no has pagado las cotizaciones el trabajador puede dejar de ir al trabajo e igual solicitar el pago de las remuneraciones mensuales hasta que te pongas al día (con multa de hasta 50%.)
Si al momento de firmar el finiquito el el trabajador no está de acuerdo con todo, entonces se van a juicio, pero si sólo es por una parte, entonces hay que cancelar aquello en que se está de acuerdo y en juicio o comparendo arreglar el resto.
Si le das aviso de termino, por ejemplo para fin de mes, una semana más o 5 días, el trabajador debe seguir cumpliendo con sus funciones y responsabilidades hasta el término del contrato, de lo contrario se le puede despedir sin derecho a indemnización si incumple las obligaciones de su contrato como llegar tarde, negarse a trabajar, faltar 2 lunes en el mes, 2 días seguidos, etc.

Finalmente el aviso de termino no te da derecho a llegar tarde ni faltar por buscar trabajo (cosa que muchos piensan que es un derecho)

Ese es el resumen, espero haberte ayudado y dile a tu jefe que necesita a alguien que lo asesore :D
 
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