La ley dice algo así
Para que se den las condiciones de legítima defensa se requiere, en la mayoría de las legislaciones:
1.-Que la respuesta a la agresión sea proporcionada.
2.-Que se haga para defender la propia integridad o la de personas en peligro, especialmente si son familiares o al cuidado del que la alega.
3.-Que se haga en el momento de cometerse la primera agresión y no después como venganza.
La legítima defensa puede ser propia o ajena y debe cumplir unos requisitos:
1- Agresión ilegítima:
a) Todo acomiento injusto que pone en peligro intereses jurídicamente protegidos. No son sólo acometimientos físicos, sino también atentados contra derechos. Cabe legítima defensa tanto de personas jurídicas como de persona física.
b) Tiene que haber un riesgo real y actual. No basta con que el que se defiende crea que existe un peligro, es preciso que la agresión ilegítima sea probada, no solo figurada. Además el peligro ha de ser actual, la defensa ha de producirse en el momento donde se produce el peligro, si la defensa no es actual no será defensa sino venganza.
Entonces para resumir: como lo veo yo, si alguien se cae en la wea de metes en el tremendo cacho, por que aunque hayan ido a matarte y el wn se caiga con una escopeta adentro, no tienes cómo comprobar que efectivamente te iban a robar o hacer daño, a menos que te hayan estado persiguiendo para matarte y se caiga adentro, por que claro ahí podría ser legítima defensa.
Y si es legal o no tener la wea en la parcela, no tengo idea jajaja.