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¿Se defenderían de una encerrona o portonazo? ¿les ha tocado?

El auto me importa una callampa. Ya me la hicieron una vez y entrego el auto y me olvido de la wea.

Uno nunca sabe como van a reaccionar los weones. Así que mejor entregar piolita

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hay que saber manejar nomas, sobre todo de noche, siempre bien atras del wn para hacer la maniobra

y si te metiste en algun lugar peligroso nunca llegar al semaforo en 0 sino ir bajando la velocidad hasta que llegue a verde y seguir
 
es mas hace unas horas venia de mi caminata, cruce un semaforo donde se ganan los tipicoc vagonetas que limpian parabrisas. me exigieron que les diera algo.. no los pesque y me amenazaron que simepre estaban ahi y que me asaltarian cualquier dia.. me devolvi y les dije por que no ahora.. se cagaron..
 
Como ex wn entrenado para uso de armas puedo decir.....DEPENDE.

Son muchos? todos armados?.....ENTREGAR (No arriesgar huida, balazos pueden pegarte o pegarle a pasajeros
Son pocos? 2 armados?...MATALOS (Inmobilizar al mas cercano, tratar de hacer lo mismo con el 2do)

Vas con armamento al cinto o en asiento? VACIAR CARGADOR

Pero, la regla de oro "NO ARRIESGAR VIDAS INOCENTES O FAMILIA" es la que manda.
Si me tocara encerrona ahora, no dudaria en ponerles sus buenos balazos a los qliaos....y si no fuera tan rcsm la justicia en Chile, los remato directo a la cabeza.
 
aunque soy partidario de que la gente pueda defenderse y siempre matar a quien vulnere tu integridad para quedarse con tus bienes, pero el hecho que tengas armas escondidas en el auto y que las uses "ilegalmente" solo te traerá perjuicios , teniendo en cuenta que la proteccion que te da el derecho a la autodefensa es bastante poco beneficiosa y castrante y limitante en su accionar.
Tienes que matarlos a todos, después limpiar el arma un poco y pasársela por las manos a un fiambre para que queden sus huellas y la tuyas. " Forcejeamos y se la quité sr.juez , intentó matarme y me defendí con SU arma"
 
Tienes que matarlos a todos, después limpiar el arma un poco y pasársela por las manos a un fiambre para que queden sus huellas y la tuyas. " Forcejeamos y se la quité sr.juez , intentó matarme y me defendí con SU arma"


nop, ahi estay mal, una vez que le quitaste el arma y el weon quedó desarmado, se acaba tu derecho a la legitima defensa, ahi impera la proporcionalidad de fuerzas, el hecho que el weon este desarmado y tu estes armado, se acaba tu "miedo" a ser herido. y si le disparas el juez te va a meter en cana a ti por que ya en ese momento tu vida no estaba en peligro.

recuerdas haber oido cuando hablaban de proporcionalidad de fuerzas en el actuar de carabineros, bueno para los civiles es similar en el asunto de la legitima defensa, asi como que no puedes llegar y matar a un weon que entre en tu terreno solo por que si, tiene que haber algun minimo indicio de que te sientas en peligro o que haya un minimo de amenaza a tu integridad. y aun asi quda a criterio del juez la famosa proporcionalidad de fuerzas.
 
paso el auto no mas y espero a que se quede parado en unas cuadras por el cortacorriente. no soy tan tuja como para andar armado en el auto.
 
Tengo el auto blindado, en todo caso si me pasa y voy solo siempre tengo una pistola en la guantera o bajo el asiento
Si no tengo la oportunidad de pasarles por encima los pescó a balazos a los culiaos
Si ando con mis cabros chicos o esposa igual depende, pienso que apretaría raja no más, no los voy a arriesgar
 
No existe la proporcionalidad de la fuerza, es necesidad racional del medio empleado para impedir la agresión ilegítima o repelerla
La wea es muy discuta pero he visto casos que mencionaba el cipa donde logran acreditar la legítima defensa y en otros es incompleta, lo que sirve como atenuante y quedan con lvi(dependiendo)
nop, ahi estay mal, una vez que le quitaste el arma y el weon quedó desarmado, se acaba tu derecho a la legitima defensa, ahi impera la proporcionalidad de fuerzas, el hecho que el weon este desarmado y tu estes armado, se acaba tu "miedo" a ser herido. y si le disparas el juez te va a meter en cana a ti por que ya en ese momento tu vida no estaba en peligro.

recuerdas haber oido cuando hablaban de proporcionalidad de fuerzas en el actuar de carabineros, bueno para los civiles es similar en el asunto de la legitima defensa, asi como que no puedes llegar y matar a un weon que entre en tu terreno solo por que si, tiene que haber algun minimo indicio de que te sientas en peligro o que haya un minimo de amenaza a tu integridad. y aun asi quda a criterio del juez la famosa proporcionalidad de fuerza
 
No existe la proporcionalidad de la fuerza, es necesidad racional del medio empleado para impedir la agresión ilegítima o repelerla
La wea es muy discuta pero he visto casos que mencionaba el cipa donde logran acreditar la legítima defensa y en otros es incompleta, lo que sirve como atenuante y quedan con lvi(dependiendo)
bueno para ser mas especificos aplicaremos el resumen de "ley facil" de la biblioteca del congreso

¿Qué es la legítima defensa?

Es una causal de exención de la responsabilidad penal. Es decir, se considera cuando una persona comete un delito, pero lo hace en una circunstancia en la cual no corresponde aplicarle una condena.

¿En qué normativa se considera la legítima defensa?

El artículo 10 número 4 del Código Penal establece lo que se llama la legítima defensa propia. Señala que están exentos de responsabilidad criminal “el que obra en defensa de su persona o derechos, siempre que concurran ciertas circunstancias”.

¿Cuáles son esas circunstancias?

  1. Agresión ilegítima.
  2. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
  3. Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
Para que el que comete un acto que sería sancionado como delito no reciba una pena debe probarse que ocurrían esas tres circunstancias. Si falta una de ellas, la persona podría ser condenada, salvo que tenga a su favor otro de los factores que señala la ley (ser menor de 14 años, padecer de locura o demencia o que cometió el acto privado de razón).

La doctrina jurídica considera que actuar en legítima defensa evita que la conducta sea “antijurídica”. Es decir se comete un hecho penado por la ley, pero el autor tiene una causal de justificación de su actuación que implica que no debe ser condenado. Eso ocurre, por ejemplo, cuando le disparan a una persona y ésta repele el ataque golpeando al agresor o dándole muerte en el instante.

En todo caso, se debe tomar en consideración que es la justicia la encargada de determinar si en cada caso específico se da la legítima defensa.

¿En qué otros casos se da la legítima defensa?

También actúa en legítima defensa quien lo hace en defensa de la persona o derechos de su cónyuge, de su conviviente civil, de sus parientes consanguíneos en toda la línea recta (hijos, padres, abuelos, nietos, bisabuelos, bisnietos, etc.) y en la colateral hasta el cuarto grado (hermanos, tíos y primos hermanos ) de sus afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado (padres, abuelos, bisabuelos, hijos, nietos y bisnietos y hermanos del cónyuge o de la persona con la que se haya estado casada), siempre que concurran la primera y segunda circunstancias, es decir, la agresión ilegítima y la necesidad racional del medio empleado para impedir o repeler el ataque. Se requiere también que el que defiende a su familiar no haya participado provocando al agresor.

¿Puede una persona que defiende a otro, que no sea su pariente, ser exculpada?

Si, el que actúa defendiendo a otra persona puede no ser sancionado si se dan las mismas circunstancias que se producen en la defensa de un familiar. Sin embargo, se exige también que el defensor no sea impulsado por venganza, resentimiento u otro motivo ilegítimo.

¿Puedo atacar a alguien que entra a robar a mi casa?

Se presume que alguien actúa en legítima defensa cuando repele a otra persona que ingresa ilegalmente a su casa “con escalamiento”. Se entiende por escalamiento cuando entra al domicilio por vía no destinada al efecto, por forado o con rompimiento de pared o techos, o fractura de puertas o ventanas. En este caso, la persona no sería condenada cualquiera sea el daño que le cause al que entra a su hogar de esa manera.

Se considera legítima defensa si se repele a alguien que ingresa “con escalamiento”, tal cual ya fue definido, a en una casa, departamento u oficina habitados, o en sus dependencias o, si es de noche, en un local comercial o industrial.

Pero en todos los casos, el hecho debe ser investigado y determinarse claramente que se dieron los presupuestos de la legítima defensa.

¿Si una persona impide consumar un delito, es legítima defensa?

Sí, pero sólo si actuó para impedir o tratar de impedir la consumación de delitos específicos como el secuestro, la sustracción de menores, la violación, el abuso sexual con objetos o animales, el parricidio, el homicidio, el femicidio y el robo con violencia o intimidación.

pollito: https://www.bcn.cl/portal/leyfacil/recurso/legitima-defensa
 
Vo crei que van a probar suerte si me ven en la F gamba ciencuenta? :gafas:
Con una pura acelerada a fondo, llego a 8000 rpm x minuto y les mando las 5 toneladas en contra de los hijos de perra. Imaginate el torquesito que trae la nae :pulento: , quedarian como papilla los delincuentes kuliaos:sisi3::sisi3::sisi3:
 
si es que tuviera un arma inscrita y a mano no dudaria en usarla si es que un weon se mete a mi casa a robarme el auto o hacer cualquier wea dentro de mi domicilio, todo depende del contexto en el que este... pero si ando ponte tu solo manejando y se me acercan 4 weones con pistolas, cuchillas,.. ahi ni cagando, dejo que se lleven todas las weas.
 
Quien va a querer robar un V6 del año de la corneta? Más encima todo desteñido por el sol :hands:

Nadie, jamás, me tomaría como primera opción para robar, los flaites ni siquiera reconocen el logo del auto, no está dentro de sus gustos de "eleganzya", no doy el korteh en las calleh :sadcry:.

Y si me toca algún drogado que solo desea llevarse el auto porque sí entrego todo y listo. La vida de mi familia es más importante que un montón de fierro.
 
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