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Director De La Ani: Tenemos "absoluta Claridad" De Quiénes Colocan Las Bombas

https://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=k6y2IqeEImM

Son unos loquillos.

Me acordé de la ONEMI y las parodias del Club de la comedia :lol2:

Wns ineficientes everywhere.
 
El tema es bastante simple: Para alterar el orden publico una persona destruyo o no el paradero, portaba una molotov, agredió o no a una persona, ingreso o no a patadas a un liceo, se tomo la calle con barricadas, escupió o no al ministro, etc.

Explica esto entonces si es tan simple. A mi y a muchos acá aun nos queda la duda si tomarse la calle con barricadas o simplemente sentándote en ella son dos diferentes formas de alterar el orden público, o solo la primera lo es.
 
Puta me daba paja extrema, pero ya que me han invocado voy a tratar de explicar pq me opongo a la estupidez esta de "Ley Hinzpeter"

Es super simple. Partamos de la base que los humanos vivimos en un estado de libertad natural. Cuando comenzamos a "convivir" nos vamos imponiendo ciertas reglas, y cuando rompemos gravemente una de esas reglas, hemos acordado sanciones. Como la libertad es todo para nosotros, nuestra moneda de cambio es esa: La Libertad. Si mato a alguien, tengo que pagar con 6 años de libertad. Si robo, con 10 años de libertad. (Si, en Chile la propiedad tiene mayor valor que la vida misma)
No se paga con la vida, pues la vida sin libertad no tiene sentido.

Ahora, la potestad todopoderosa y todopulenta de castigar por la fuerza se la hemos cedido al Estado, pero bajo la condición de que el Estado solo castigará las CONDUCTAS MÁS GRAVES. Sólo aquellas serán sancionadas con "libertad". Sin embargo, año a año se ha ido imponiendo esta verdadera "moda" de la Seguridad Ciudadana (gracias a ella, Corvo tiene pega).
Ella postula que la sociedad es cada vez mas riesgosa y que es necesario RENUNCIAR progresivamente a nuestra libertad a cambio de MAS SEGURIDAD (miren los gringos con su Patriot Act) ¿Y para que? CONTROL SOCIAL!! Todo se traduce en eso. El Derecho Penal, gracias al modelo securitario, es utilizado como herramienta de control de las clases mas bajas, de los desposeídos, ¿Porqué creen que castigamos con 10 años al que roba, pero no pasa nada con el que desfalca al Estado por miles de millones? Porque así las clases más poderosas, las élites político-económicas pueden controlar mejor al ganado (Esto no lo digo yo, abran cualquier manual de derecho penal y lo van a leer en las primeras 4 hojas)

Ahora, este proyecto de Hinzpeter tiene por objeto aprovechar una circunstancia social para quitar más libertad a cambio de una pretendida "seguridad". Y lo hace endureciendo penas de delitos que castigan conductas NO GRAVES, alcanzando incluso a delitos que si castigan conductas graves, como el abuso sexual de menores, la violación, e incluso, el homicidio simple. Osea, tirar piedras y botar letreros es EQUIVALENTE a abusar sexualmente de un menor.

Otra cosa, es que las conductas que se castigan SIEMPRE deben estar descritas super detalladamente, para que nosotros, los ciudadanos sepamos QUE MIERDA NO TENEMOS QUE HACER. El concepto de orden público es un "concepto válvula" se amplía o contráe según las circunstancias del momento, por lo que NUNCA podrá estár determinado completamente, y eso abre una peligrosa puerta de discrecionalidad a quienes aplican la ley.

En el fondo, esta ley es la pura excusa para empoderar al Estado frente a las libertades ciudadanas, aprovechando actos de vandalismo puro para identificar a todos esos vándalos con manifestantes legítimos.

Este problema del orden público no pasa por más o menos leyes, pasa directamente por el entrenamiento y eficacia de Carabineros, que es una policía político-militar y no una policía civil de seguridad. Primero, Carabineros debe depender del Poder Judicial, un poder neutro no politizado ni militarizado y luego, su instrucción debe aumentar significativamente (y sus sueldos también)

Si les gustó el tema, léanse este que escribí hace un tiempecito, está más clarito: http://www.sentidoscomunes.cl/diario/2012/01/hinzpeter-y-su-enemigo-el-ciudadano/

Ah y si digo estas weas es pq he pasado como 10 años estudiándolas y aplicándolas en mi pega.

Saludos!

PD: Los que cambian su libertad por su seguridad no merecen libertad ni seguridad. Thomas Jefferson
 
aca no cambian la libertad por seguridad...seguiremos teniendo marchas desde panaderos hasta los gays y canutos por toda la alameda, todas programadas, planificadas y sin ningun problema ni destruccion de bienes publicos. Lo que se busca es que al igual que en otros paises alguien se haga responsable de la organizacion y de los daños y no sea como hasta ahora un "ya weones, caminen pa alla con carteles y si queda la caga peguenle a los pacos y apreten cuea pa la facultad".
 
aca no cambian la libertad por seguridad...seguiremos teniendo marchas desde panaderos hasta los gays y canutos por toda la alameda, todas programadas, planificadas y sin ningun problema ni destruccion de bienes publicos. Lo que se busca es que al igual que en otros paises alguien se haga responsable de la organizacion y de los daños y no sea como hasta ahora un "ya weones, caminen pa alla con carteles y si queda la caga peguenle a los pacos y apreten cuea pa la facultad".


De los 250 mil que marchan, 50 pelagatos dejan la crema. Carabineros debe ser una fuerza lo suficientemente eficiente como para aislar y detener a esos 50, pero por ningún motivo ni bajo ningún respecto, pueden afectar el derecho a manifestarse libremente.

Ese derecho es la base de todo Estado de Derecho que se pretenda democrático, si no lo podemos asegurar.. mejor nos vamos a la mierda.
 
De los 250 mil que marchan, 50 pelagatos dejan la crema. Carabineros debe ser una fuerza lo suficientemente eficiente como para aislar y detener a esos 50, pero por ningún motivo ni bajo ningún respecto, pueden afectar el derecho a manifestarse libremente.

Ese derecho es la base de todo Estado de Derecho que se pretenda democrático, si no lo podemos asegurar.. mejor nos vamos a la mierda.

Fijate que ingresas bajo tu propio argumento en una contradiccion evidente respecto a tu defensa, y te voy a explicar por que:

Te opones a la ley para el resguardo del orden publico, y que especifica delitos cometidos como he explicado hasta el cansancio CON VIOLENCIA O FUERZA.

Sin embargo, quieres que se mantenga un status quo en que se permite la detencion por DESORDENES SIMPLES, amparados en la interpretacion de la norma del actual art. 269 del CP, que en la practica permite la detencion y formalizacion de cualquiera que CAUSE INJURIA U OTRO MAL A UN PARTICULAR O CON CUALQUIER OTRO FIN REPROBADO. Como veras, una norma "sumamente especifica" que permite a la autoridad detenerte, pasarte a control de detencion y si el fiscal determina necesario formalizarte POR ESTAR GRITANDO EN LA CALLE, si ese griterio causa un caos vial, o no permite el liber ejercicio de una actividad.

Bajo ese pretexto, CAUSAR INJURIA U OTRO MAL A UN PARTICULAR O CON CUALQUIER OTRO FIN REPROBADO, el año pasado en Chile se detuvieron a 5 mil personas, 3500 de las cuales fueron detenidas por desordenes simples, osea, estar saltando en la calle impiiendo la libre circulacion del transito o las personas. Esas 3.500, como tu bien sabes entraron a la comisaria y se fueron a su casa. Las 1.500 restantes, detenidas por desordenes graves, 99 fueron citadas y 600 pasaron a control de detencion. De ese monto total 80 fueron objeto de querella, 20 fueron formalizadas y de las 20 5 fueron condenadas y 15 suspendieron el procedimiento.

Por que te coloco estos numeros, por que en un post estableciste que el D° penal esta para sancionar los casos mas graves, entonces te pregunto: ¿Bajo la actual legislacion se sancionan efectivamente los casos mas graves o se puede sancionar a cualquiera que ingrese en la hipotesis CAUSAR INJURIA U OTRO MAL A UN PARTICULAR O CON CUALQUIER OTRO FIN REPROBADO?.

Que busca el proyecto: Sancionar precisamente a quienes cometen delitos graves, y con penas de presidio menor, dejando fuera de la esfera del derecho penal a quienes sin mediar VIOLENCIA O FUERZA causen los denominados desordenes.

Finalmente, pasando a un tema de simple conocimiento juridico, si Ud. no entiende que en los delitos contra la propiedad se sanciona con fuerza la peligrosidad del delincuente (el que para robar o con motivo del delito lesiona, intimada, mata, viola, secuestra), y lo digo relacionado en tu comparacion con el delito de homicidio, es por que andas un poco perdido. Y te lo digo con la mejor de las intenciones. Ese otro tema que da para lasrga discucion, pero desde ya quien mata para robaro para ocultar su delito es ciertamente mas peligroso que quien mato por una motivacion simplemente homicida, y creo que lo deberias saber. Nuestro ordenamiento juridico protege con eficacia la vida, y no la propiedad por sobre esta. Si al delito de Robo calificado se le aplican penas mas altas es precisamente por que el delincuente CON EL OBJETO DE COMETER EL DELITO O DURANTE SU COMISION O DESPUES DE COMETIDO ES CAPAZ DE PROVOCAR DAÑO A LAS PERSONAS, SEA A LA VIDA DE ESTA O A SU INTEGRIDAD FISICA O SICOLOGICA. Eso es basico estimado. Y es tan asi, que si no se comete el delito causando daño a una persona, el delito tiene una penalidad de presidio menor.

No tengo mas tiempo para escribir, aunque me encantaria. Saludos.

P.D. Y se me olvidaba, con la actual redaccion del 269, carabineros tiene la obligacion de ocupar su atencion en todos queines segun la norma cometen delitos, sea tanto contra aquel que salto la barrera papal o se desvio de la ruta establecida para la manifestacion o en contra del que esta quemando un bus. Con la propiesta del proyecto de ley Carabineros debera necesariamente hacer lo que tu dices, preocuparse de esos 50 pelagatos,
 
De los 250 mil que marchan, 50 pelagatos dejan la crema. Carabineros debe ser una fuerza lo suficientemente eficiente como para aislar y detener a esos 50, pero por ningún motivo ni bajo ningún respecto, pueden afectar el derecho a manifestarse libremente.

Ese derecho es la base de todo Estado de Derecho que se pretenda democrático, si no lo podemos asegurar.. mejor nos vamos a la mierda.

No trates de evangelizar indigenas. Estos weones, en especial el abogaducho facho, se quedan con la tina sobre el papel, no son capaces de darse cuenta del margen que existe entre esto y la realidad :hands:

Esta claro lo que busca la ley del sionista. El que no lo ve es idiota o facho -valga la redundancia.
 
Bla Bla Bla, Juan Pablo Mañalich, Doctor en Derecho Penal y que es o será probablemente el mejor penalista que ha habido en la historia de Chile, opina que la Ley Hinzpeter significa criminalizar la protesta social y que es una hipocresía, cuando menos.

Ni beto ni ningún abogado que conozca está al nivel de ese wn como para cuestionarlo, solo Van Wezel en Chile, o Soto Piñeiro, o Bustos si estuviese vivo le harían coyera:



JP Mañalich, abogado e hijo del ministro de Salud: “La Ley Hinzpeter pretende criminalizar la participación en marchas”

10 de julio de 2012 - 05:43 | Por: Boris Yaikin C |
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Juan Pablo Mañalich /
http://uai.altavoz.net/
El profesor de la U. de Chile ha criticado duramente el proyecto de ley que fortalece el resguardo del orden público en el Congreso, el que “deja entrever una pretensión de mermar las bases para el ejercicio de determinadas formas de expresión política”. Es “al menos hipócrita” que el proyecto “afirme que pretende fortalecer el ejercicio del derecho a reunión”, dice el primogénito socialista del Secretario de Estado.
Quéopinas
Me importa 2 Simpático 0 Interesante 5 Raro 1 Irrelevante 0 Me indigna 2


El 09 de noviembre del año pasado, Juan Pablo Mañalich, profesor del Departamento de Ciencias Penales de la Universidad de Chile, fue invitado a dar su opinión sobre la llamada Ley Hinzpeter a la comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados. Y lejos de dar un juicio favorable, el hijo mayor del ministro de Salud, Jaime Mañalich, advirtió entonces que el proyecto vulneraría los derechos fundamentales de las personas en un estado democrático.
Hoy, y desde Alemania, donde realiza estudios postdoctorales en Bonn, vuelve a criticar el
proyecto de ley que fortalece el resguardo del orden público, que se votará el próximo 18 de julio en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados . Y asegura que el texto legal “pretende criminalizar la participación en marchas y protestas masivas”.
El doctor en Derecho que escribía cartas a El Mercurio a favor del matrimonio homosexual y que se inscribió en el Partido Socialista el 12 de marzo de 2010, pocas horas después de que Sebastián Piñera resultara electo Presidente de Chile, afirma que el objetivo del cuestionado proyecto de ley no es perseguir los hechos delictuales que se producen en las manifestaciones sociales, “sino más bien el de generar un instrumento de represión táctica de determinadas formas de expresión política”.
Además, señala que la administración actual está “dando pasos sustantivos para convertirse en un Estado policial”.
En conversación con
El Dínamo, el abogado asegura que el proyecto de ley, que fue criticado por la ONU, presenta cuatro puntos cuestionables, como la “tipificación de un nuevo delito de desórdenes públicos”. Dice que es “grave que el énfasis de la criminalización esté puesto en acciones consistentes en la participación en ‘desórdenes o cualquier otro acto de fuerza o violencia’”, una definición “altamente problemática” de acotar.
Otro punto que critica son las penas por desórdenes públicos que contempla la normativa, que a su juicio “no buscan criminalizar los hechos de violencia, sino la participación en manifestaciones o marchas masivas”. “Si los desórdenes o actos de fuerza consisten en ‘saquear’ un establecimiento comercial, lo que esta regla señala es que los involucrados tendrían que ser castigados como autores de desórdenes públicos y, además de ello, como autores de robo con fuerza en las cosas”, explica.
¿Cuáles son los otros dos puntos débiles de la Ley Hinzpeter?
La propuesta de extender la criminalización con la misma magnitud de pena para quienes hayan incitado, promovido o fomentado los desórdenes o los actos de fuerza o violencia. Esto parece augurar que las personas que convoquen a alguna marcha suficientemente masiva queden expuestos a ser perseguidos penalmente.
Y la propuesta de establecer una agravante específica de responsabilidad consistente en llevar el rostro cubierto. Esto significa que se agravaría la responsabilidad penal de una persona por el solo hecho de no favorecer su propia persecución penal, que representa una amenaza contra una de las bases del Estado de derecho.
El proyecto penaliza la figura del saqueo y de posesión de armas ¿Esas figuras no están ya penadas?
-Con algunos matices, sí. A pesar de lo folklórica que resulta la utilización del término “saqueo”, es suficientemente claro que los autores del proyecto están apuntando la fenomenología de lo que la legislación chilena denomina “robo con fuerza en las cosas”. Por otra parte, el proyecto habla de “emplear armas de fuego, cortantes o punzantes”, o bien de artefactos de otra índole, lo cual parece suponerse con la tipificación de delitos de porte de armas, y otros, que la legislación vigente ya contempla. Pero la lista no termina aquí.
¿Qué otras acciones ya penadas contiene la Ley Hinzpeter?
-El proyecto también incluye acciones que causen daños para la propiedad ajena, las cuales se encuentran ya tipificadas; y lo mismo sucede con hechos constitutivos de atentados contra la autoridad o sus agentes. Pero lo relevante aquí no es constatar la existencia de estas superposiciones entre las normas. Lo verdaderamente relevante es la regla según la cual los autores tendrían que ser castigados bajo una y otra tipificación. Y si los autores del proyecto quieren evitar la objeción obvia de que esa acumulación de penas conllevaría una contravención del principio de que nadie puede ser castigado dos veces por un mismo hecho, tendrían que estar dispuestos a decirnos que, en realidad, lo que el proyecto pretende es criminalizar la participación en marchas y protestas masivas.
El proyecto hace mención a los “encapuchados”. ¿Por qué estar encapuchado es agravante? ¿El detenido no deja de ser encapuchado al momento de su detención?
-El establecimiento de esta agravante supone erosionar decisivamente un principio de garantía que es característico del Estado de derecho: del ciudadano no cabe esperar que facilite su propia persecución penal. Pero por otra parte, la agravante en cuestión parece derrotarse a sí misma: si el fundamento de la agravación es que llevar el rostro cubierto vuelve imposible o considerablemente más difícil la aprehensión del presunto autor de un determinado delito, ese mismo fundamento tiende a venirse abajo si uno advierte que la aplicación de la agravante presupondrá que la persona en cuestión pudo ser detenida y juzgada.
¿Cuáles podrían ser opciones para responsabilizar correctamente a quienes realizan actos delictuales en las marchas?
-Si ese fuese el objetivo perseguido, creo que lo primero sería preguntarse si efectivamente es necesaria una innovación legislativa para lograrlo. Podrá haber algunos aspectos marginales que pudieran requerir alguna modificación, pero en lo fundamental la legislación vigente tipifica los correspondientes hechos punibles. Eso lleva a pensar que el objetivo efectivamente perseguido a través del proyecto no es ése, sino más bien el de generar un instrumento de represión táctica de determinadas formas de expresión política.

Los dirigentes estudiantiles dicen que el proyecto busca criminalizar el movimiento al querer castigar a los convocantes de las marchas…
-Si ese es el parecer de los dirigentes estudiantiles, creo que tienen razón. Ello es claro en atención a la regla que hace extensiva las penas a quienes puedan aparecer convocando a las marchas o protestas en que puedan tener lugar los “desórdenes o actos de fuerza o violencia”. No estoy en condiciones de calificar intenciones de personas individuales, pero ciertamente no creo que aquí se trate, desde el punto de vista del gobierno, de un problema de “seguridad ciudadana”. El proyecto de ley ciertamente deja entrever una pretensión de mermar las bases para el ejercicio de determinadas formas de expresión política.
“Los tiempos de don Graf son también los tiempos de la Concertación”
¿Crees que el gobierno retoma la Ley Hinzpeter después de la fallida aplicación de la Ley Antiterrorista a los dirigentes sociales de Aysén?
-No creo poder responder directamente esta pregunta. Quizá aquí como en otros contextos, el actual gobierno parece exhibir una herida narcisista en relación con su agenda legislativa. Es claro, a mi juicio, que al cabo del año pasado el proyecto carecería de toda posibilidad de ser aprobado en el proceso legislativo, y quizá el gobierno crea que las circunstancias han variado. En cualquier caso, las objeciones contra el proyecto se mantienen intactas, me parece.
¿Crees que es un proyecto que tiene un fin más político que técnico? ¿Representa el miedo del gobierno a la manifestación social?
-Yo trataría de no casarme con la distinción entre fines políticos y fines técnicos. Todo proyecto de ley persigue finalidades políticas, y que en los términos de nuestro debate público actual esto último parezca llevar aparejado un juicio peyorativo sólo muestra lo pinochetizada que se encuentra nuestra vida política. Por esto, no creo que la cuestión sea si el proyecto persigue o no fines políticos, sino cuáles son esos fines políticos. Me sería muy difícil creer, por el tenor del proyecto, que el gobierno entienda que aquí está proponiendo una simple herramienta de control de la delincuencia.
¿Cómo calificarías un gobierno donde existiese una ley de estas características?
Creo que es más exacto caracterizar a un Estado cuya legislación contempla una normativa como la que propone el gobierno como un Estado que se encuentra dando pasos sustantivos para convertirse en un Estado policial. Que hace un par de semanas se haya celebrado la creación de “el Dicom de los pedófilos”, es otra señal poderosa en ese sentido. Y ciertamente, el actual gobierno parece mirar con muy buenos ojos este trayecto hacia un modelo de Estado policial.
¿Una ley así solamente podría surgir en un gobierno de derecha?
-Ciertamente no… Los tiempos de don Graf son también los tiempos de los gobiernos de la Concertación. Sí creo que el inflacionismo punitivo es manifestación de debilidad política. Esta afirmación está bastante bien documentada en la historiografía del control penal. Y el actual gobierno muestra un grado especialmente agudo de debilidad política, me parece, que puede favorecer un intento de compensación simbólica como el que quizá se exprese en este proyecto de ley. Ahora bien, quizá no sea casualidad que el actual sea un gobierno de derecha y que el mismo exhiba tal grado de debilidad, dadas cuáles parecen ser las circunstancias políticas del país. Pero esto ya es harina de otro costal.


http://www.eldinamo.cl/2012/07/10/jp-manalich-abogado-e-hijo-del-ministro-de-salud-la-ley-hinzpeter-pretende-criminalizar-la-participacion-en-marchas/
 
The Apocalipt1c dijo una vez que yo trabajaba para la ANI :ejale: ...
Preguntenle



Es intrigante ver a Yusseff con barba al estilo taliban.... :zippymmm:










Y sí, ACRATAS esta bajo sombra....tanto por los desmanes de la otra marcha, como por otros delitos mas delicados.

Y vo' trabajabai' waton seboso ??? o solo te pasas rollos de "Rambo de PC" "oficial de inteligencia"
 
Fijate que ingresas bajo tu propio argumento en una contradiccion evidente respecto a tu defensa, y te voy a explicar por que:

Te opones a la ley para el resguardo del orden publico, y que especifica delitos cometidos como he explicado hasta el cansancio CON VIOLENCIA O FUERZA.

Sin embargo, quieres que se mantenga un status quo en que se permite la detencion por DESORDENES SIMPLES, amparados en la interpretacion de la norma del actual art. 269 del CP, que en la practica permite la detencion y formalizacion de cualquiera que CAUSE INJURIA U OTRO MAL A UN PARTICULAR O CON CUALQUIER OTRO FIN REPROBADO. Como veras, una norma "sumamente especifica" que permite a la autoridad detenerte, pasarte a control de detencion y si el fiscal determina necesario formalizarte POR ESTAR GRITANDO EN LA CALLE, si ese griterio causa un caos vial, o no permite el liber ejercicio de una actividad.

Bajo ese pretexto, CAUSAR INJURIA U OTRO MAL A UN PARTICULAR O CON CUALQUIER OTRO FIN REPROBADO, el año pasado en Chile se detuvieron a 5 mil personas, 3500 de las cuales fueron detenidas por desordenes simples, osea, estar saltando en la calle impiiendo la libre circulacion del transito o las personas. Esas 3.500, como tu bien sabes entraron a la comisaria y se fueron a su casa. Las 1.500 restantes, detenidas por desordenes graves, 99 fueron citadas y 600 pasaron a control de detencion. De ese monto total 80 fueron objeto de querella, 20 fueron formalizadas y de las 20 5 fueron condenadas y 15 suspendieron el procedimiento.

Por que te coloco estos numeros, por que en un post estableciste que el D° penal esta para sancionar los casos mas graves, entonces te pregunto: ¿Bajo la actual legislacion se sancionan efectivamente los casos mas graves o se puede sancionar a cualquiera que ingrese en la hipotesis CAUSAR INJURIA U OTRO MAL A UN PARTICULAR O CON CUALQUIER OTRO FIN REPROBADO?.

Que busca el proyecto: Sancionar precisamente a quienes cometen delitos graves, y con penas de presidio menor, dejando fuera de la esfera del derecho penal a quienes sin mediar VIOLENCIA O FUERZA causen los denominados desordenes.

Finalmente, pasando a un tema de simple conocimiento juridico, si Ud. no entiende que en los delitos contra la propiedad se sanciona con fuerza la peligrosidad del delincuente (el que para robar o con motivo del delito lesiona, intimada, mata, viola, secuestra), y lo digo relacionado en tu comparacion con el delito de homicidio, es por que andas un poco perdido. Y te lo digo con la mejor de las intenciones. Ese otro tema que da para lasrga discucion, pero desde ya quien mata para robaro para ocultar su delito es ciertamente mas peligroso que quien mato por una motivacion simplemente homicida, y creo que lo deberias saber. Nuestro ordenamiento juridico protege con eficacia la vida, y no la propiedad por sobre esta. Si al delito de Robo calificado se le aplican penas mas altas es precisamente por que el delincuente CON EL OBJETO DE COMETER EL DELITO O DURANTE SU COMISION O DESPUES DE COMETIDO ES CAPAZ DE PROVOCAR DAÑO A LAS PERSONAS, SEA A LA VIDA DE ESTA O A SU INTEGRIDAD FISICA O SICOLOGICA. Eso es basico estimado. Y es tan asi, que si no se comete el delito causando daño a una persona, el delito tiene una penalidad de presidio menor.

No tengo mas tiempo para escribir, aunque me encantaria. Saludos.

P.D. Y se me olvidaba, con la actual redaccion del 269, carabineros tiene la obligacion de ocupar su atencion en todos queines segun la norma cometen delitos, sea tanto contra aquel que salto la barrera papal o se desvio de la ruta establecida para la manifestacion o en contra del que esta quemando un bus. Con la propiesta del proyecto de ley Carabineros debera necesariamente hacer lo que tu dices, preocuparse de esos 50 pelagatos,


Wn, hace 1 mes condenaron aa un cristiano a 7 años por homicidio. La misma semana, el mismo tribunal, misma integración, condenó a otro a 7 años por robar una cajetilla de cigarrillos de un servicentro. Proporcionalidad, de eso estoy hablando, mismo desvalor en la pena para conductas claramente distintas, una de peligro, pero donde la vida se mantiene, la otra, claramente elimina la vida.. no hay donde perderse, el robo, por mucha violencia o fuerza jamás puede tener una pena superior a la del homicidio.

Por otro lado, tus estadísticas y datos solo demuestran que de casi 4 mil detenidos, 20 fueron condenados, y, por mi experiencia, era porque probablemente ya tenían antecedentes anteriores, por lo que no era posible ni suspensión ni simplificado.

La norma a la que aludes entrega ya una alta discrecionalidad al Juez, por eso no se aplica en la práctica, se prefiere la falta de desórdenes públicos tanto por fiscales como por jueces.
No veo donde está la contradicción.
 
pobre y triste, viejo obeso y enfermo...no te cansas de dar pena??' no te cansa tu mundo de fantasia, de espionaje y redes militares?? de creer que eres un Big Fish...cuando solo eres un Big Mac?? ya son años en que ciclicamente has quedado en ridiculos monumentales, has llorado, te has retractado, te has escondido con verguenza y solo para que a los 3 meses vuelvas con las mismas estupideces???

para la wuea Bosco Culiao, o sea igual hay algunos nuevos users que no te conocen y te compran...pero ya es ultra sabido y comprobado que solo eres UN POBRE GORDO PERVERTIDO QUE GANA BUENA PLATA DEL ESTADO (como para pagar proxys privados) Y NO HACE SU PEGA SINO PARTICIPAR EN FOROS MINTIENDO Y ALARDEANDO DE LO QUE NO ERES ( que 2 sacos de wueas te compren no significa ( ni por si acaso) que sea cierto ) PERO PUTA QUE TE GUSTARIA.

ASI QUE ESO NO MAS...PASATE UN ROLLO GUATON RECULIAO CHANTA Y PITEADO

PD : No te has juntado con tu "SENSEI" GLOSPI ultimamente???
PD2: No podis ser tan mula y poner esa wuea chanta de la IP y su ubicacion Geografica :lol2: U L T R A P A T E T I C O
 
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